Secretaría General Técnica.- Resolución de 12 de julio de 2024, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se modifica la encomienda de gestión de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para realizar el servicio consistente en "Apoyo para la elaboración de informes en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos y seguimiento ambiental", mediante tramitación anticipada.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, por el que se regulan las encomiendas de gestión, se indica que "La formalización de las encomiendas de gestión se ajustará a las siguientes reglas: a) Cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos administrativos o Entidades de Derecho Público pertenecientes a la misma Administración deberá formalizarse en los términos que establezca su normativa propia y, en su defecto, por acuerdo expreso de los órganos o Entidades de Derecho Público intervinientes. En todo caso, el instrumento de formalización de la encomienda de gestión y su resolución deberá ser publicada, para su eficacia, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín oficial de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano encomendante. Cada Administración podrá regular los requisitos necesarios para la validez de tales acuerdos que incluirán, al menos, expresa mención de la actividad o actividades a las que afecten, el plazo de vigencia y la naturaleza y alcance de la gestión encomendada" por lo que, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar las encomiendas de gestión en el Boletín Oficial de Canarias.

En cumplimiento de lo anterior,

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Acuerdo por el que se modifica la encomienda de gestión de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), de fecha 17 de marzo de 2023, para realizar el servicio consistente en "Apoyo para la elaboración de informes en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos y seguimiento ambiental", mediante tramitación anticipada.

Santa Cruz de Tenerife, a 12 de julio de 2024.- La Secretaria General Técnica, Celia María Martín Casañas.

ANEXO

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE LA ENTONCES CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA, LUCHA CONTRA EL CAMBIO CLIMÁTICO Y PLANIFICACIÓN TERRITORIAL A LA EMPRESA PÚBLICA GESTIÓN Y PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A. (GESPLAN), DE FECHA 17 DE MARZO DE 2023, PARA REALIZAR EL SERVICIO CONSISTENTE EN "APOYO PARA LA ELABORACIÓN DE INFORMES EN EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS Y SEGUIMIENTO AMBIENTAL", MEDIANTE TRAMITACIÓN ANTICIPADA.

REUNIDOS

De una parte, D. Mariano Hernández Zapata, Consejero de Transición Ecológica y Energía del Gobierno de Canarias, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023); ostentando capacidad y competencia para la suscripción del presente acuerdo de modificación de encomienda de gestión, de conformidad con lo dispuesto artículo 5.11 del Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, que se mantiene vigente en virtud de lo previsto en la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias; y actuando asimismo en nombre del órgano al que representa, de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y de otra, D. Miguel Ángel Pérez Hernández, en representación de la empresa pública denominada Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN), con CIF A38279972, en virtud del nombramiento realizado en la sesión de su Consejo de Administración, celebrada el 3 de noviembre de 2023, el cual ha sido elevado a público e inscrito en el Registro Mercantil correspondiente.

EXPONEN

Primero.- Que con fecha 17 de marzo de 2023 fue suscrito Acuerdo entre la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial y la empresa pública GESPLAN por el que se encomendó a esta última la gestión consistente en la prestación del servicio de "Apoyo para la elaboración de informes en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos y seguimiento ambiental" (BOC n.º 85, de 3.5.2023).

Segundo.- Que en el citado Acuerdo no quedó reflejada la modalidad de pago trimestral, según consta en su resuelvo quinto dedicado al importe de la encomienda.

Asimismo, procede modificar el Anexo I relativo a las actuaciones objeto de la encomienda acordada, con el fin de clarificar el marco jurídico de la evaluación de impacto ambiental de proyectos.

Tercero.- La presente encomienda se rige por lo previsto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como por el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

En virtud de lo anterior, y vista la propuesta de 6 de junio de 2024, suscrita por la Viceconsejera de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Energía, el Director General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático, y el Jefe del Servicio de Impacto Ambiental, las partes firmantes

ACUERDAN

Primero.- Modificar el Acuerdo suscrito entre la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial y la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medio ambiental, S.A. (GESPLAN) por el que se encomienda la gestión consistente en la prestación del servicio de "Apoyo para la elaboración de informes en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos y seguimiento ambiental" en los siguientes términos:

- El resuelvo quinto queda redactado como sigue:

"Quinto.- El importe de la encomienda será librado directamente a GESPLAN, S.A., previa presentación de facturas electrónicas (código DIR3 A05033175) de los trabajos realizados acordes con las actuaciones encomendadas.

Para el abono de las facturas será necesaria la correspondiente propuesta de pago de la persona responsable de la Jefatura del Servicio de Impacto Ambiental y del Director General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente. Así mismo, se deberá emitir un informe de conformidad por el/los director/es técnicos de los trabajos, en el que se verifique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública.

En cuanto a la forma de pago, se realizará mediante transferencia bancaria, y las cantidades correspondientes se abonarán a GESPLAN, respetando, en todo caso las exigencias establecidas en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, de aplicación al sector público autonómico.

Los pagos se efectuarán con periodicidad trimestral, tras la entrega de las correspondientes memorias justificativas, parciales -trimestrales- y final -anual-, excepción hecha del primer pago del año 2024, que vendrá referido al primer semestre de dicho año, que también vendrá acompañada por la correspondiente memoria justificativa ajustada a los primeros seis meses.

Los siguientes pagos se realizarán a la entrega de los trabajos (Memorias), cuyo formato se establece en el Anexo III. Las memorias incluirán una relación valorada donde se contendrán el avance de los trabajos, con expresión de las unidades realizadas desde su comienzo, y su correspondiente valoración, de acuerdo con las tarifas aplicables, para su comprobación por el director técnico de los trabajos.

Una vez establecido lo anterior, se determinan las siguientes fórmulas de abono:

• Abonos con frecuencia trimestrales, excepción hecha del primer pago del año 2024, que se referirá a un periodo semestral, conforme se expresa en la tabla adjunta.

Ver anexo en la página 23849 del documento Descargar

Para la justificación del anticipo de las actuaciones encomendadas, y las entregas de la documentación a las que se refiere el Acuerdo sexto, será necesaria la correspondiente propuesta de pago del Jefe de Servicio de Impacto Ambiental y la aprobación del pago por parte de la Viceconsejería de Lucha contra el Cambio Climático y Transición Ecológica. Así mismo, se deberá emitir un informe de conformidad por parte de cada uno de los directores técnicos de los trabajos, en el que se verifique que el servicio ha sido ejecutado con arreglo a las condiciones y requisitos establecidos en el contenido de la encomienda y a satisfacción de la Administración Pública".

- El Anexo I queda redactado como sigue:

"ANEXO I

OBJETIVOS Y ACTIVIDADES. CONTENIDO MÍNIMO

Funciones recogidas en el artículo 17 del Decreto 54/2021, de 27 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

Las funciones que pudieran derivarse de modificaciones normativas reglamentarias de las funciones de la actual Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

GESPLAN se hará cargo del apoyo técnico necesario para facilitar la tramitación de los expedientes de proyectos que deban someterse a los procedimientos administrativos previstos de evaluación de impacto ambiental.

Las actividades consisten en facilitar la información técnica (escrita, planimétrica y/o gráfica) necesaria, así como todo el apoyo necesario hasta la obtención de las correspondientes resoluciones y documentos que correspondan en cada uno de los procedimientos previstos en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: evaluación ambiental ordinaria (artículo 33 y siguientes) y evaluación ambiental simplificada (artículo 45 y siguientes).

A. APOYO TÉCNICO PARA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ORDINARIO DE PROYECTOS.

Esta actividad se divide a su vez en dos:

1. Apoyo técnico para el inicio de actuaciones previas del procedimiento ordinario de proyectos y documento de alcance del Estudio de Impacto Ambiental:

• Análisis formal y técnico de la documentación presentada con carácter potestativo por el promotor para solicitar el Alcance y Contenido del estudio de impacto ambiental.

• Apoyo necesario a la Administración hasta la redacción del documento de Alcance y Contenido del Estudio de Impacto Ambiental.

• De forma general, el apoyo técnico vendrá acompañado de su correspondiente croquis y de una nota informativa de la situación actual del mismo. El contenido mínimo de dicha nota informativa tendrá que ver con: datos generales, objeto y descripción; análisis de legislación; valores ambientales del entorno e información relevante respecto del contenido mínimo de la documentación según la Ley de evaluación ambiental.

2. Apoyo técnico al análisis formal de la documentación ambiental:

• Análisis formal de la documentación presentada con la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria. Documentación presentada, análisis del trámite de información pública y consulta a las Administraciones Públicas y personas interesadas, contenido formal del estudio de impacto ambiental.

• Apoyo necesario a la Administración hasta la redacción de los requerimientos en caso de detectar falta de contenido formal.

• Análisis técnico de documentos de subsanación.

3. Apoyo técnico al análisis de contenido del Estudio de Impacto Ambiental:

• Análisis técnico del Estudio de Impacto Ambiental y de la documentación ambiental adicional. Análisis de contenido mínimo, aclaraciones y correcciones.

• Apoyo necesario a la Administración hasta la redacción de los requerimientos de aclaraciones en caso de detectar falta de contenido o de información del Estudio de Impacto Ambiental y de la documentación ambiental adicional.

• De forma general, el apoyo técnico vendrá acompañado de su correspondiente croquis y de una nota informativa de la situación actual del mismo. El contenido mínimo de dicha nota informativa tendrá que ver con: datos generales, objeto y descripción; análisis de legislación; valores ambientales del entorno e información relevante respecto del contenido mínimo de la documentación según la Ley de evaluación ambiental.

• Análisis técnico de la documentación complementaria y/o adicional y apoyo necesario a la Administración hasta la resolución del expediente por parte del órgano ambiental (Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental).

B. APOYO TÉCNICO PARA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL SIMPLIFICADO DE PROYECTOS.

1. Apoyo técnico al análisis formal de la documentación ambiental:

• Análisis formal de la documentación presentada con la solicitud de inicio del procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada. Documentación presentada y contenido formal del Documento Ambiental.

• Apoyo necesario a la Administración hasta la redacción de los requerimientos en caso de detectar falta de contenido formal.

2. Apoyo técnico al análisis de contenido del Documento Ambiental:

• Análisis técnico del Documento Ambiental y de la documentación ambiental adicional. Análisis de contenido y propuesta de consulta a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas.

• De forma general, el apoyo técnico vendrá acompañado de su correspondiente croquis y de una nota informativa de la situación actual del mismo. El contenido mínimo de dicha nota informativa tendrá que ver con: datos generales del proyecto, complementación de valoraciones que se hayan podido recibir a partir de las consultas realizadas, etc.

• Apoyo necesario a la Administración hasta la resolución del expediente por parte del órgano ambiental (Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental).

C. OTROS APOYOS TÉCNICOS.

Otras actuaciones realizadas por Gesplan, como puede ser apoyo técnico en seguimientos ambientales de obras, modificados de proyecto, cumplimiento de condicionantes, etc.

Apoyo necesario a la Administración hasta la resolución del expediente por parte de la Dirección General de Transición Ecológica y Lucha contra el Cambio Climático o el órgano ambiental (Comisión Autonómica de Evaluación Ambiental).

En esta fase se integran las notas técnicas informativas elaboradas por Gesplan que no formen parte de las fases descritas anteriormente, que estén relacionadas con la evaluación ambiental de proyectos como, por ejemplo, notas técnicas informativas, información cartográfica, informes de visitas de campo, presentaciones para exposiciones y congresos o cualquier informe adicional solicitado, no contemplados en los apartados anteriores.

D. INFORME JUSTIFICATIVO DE LOS TRABAJOS.

Para la justificación de los trabajos, se entregará mensualmente un informe con el siguiente contenido mínimo:

- Equipo de trabajo con la dedicación en cada trimestre en cuanto a la relación y estado de los documentos técnicos, informes u oficios necesarios para la resolución definitiva de los expedientes recibidos por la Dirección Técnica.

- Anexo Base de Datos en Excel con la descripción del estado de todos los expedientes recibidos desde el inicio."

- En todo lo demás, el Acuerdo firmado con fecha 17 de marzo de 2023 se mantiene en sus términos.

Segundo.- Las cuestiones litigiosas que surjan en la interpretación o aplicación del presente Acuerdo se sustanciarán ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-administrativo y conforme a sus normas de competencia y procedimiento.

Tercero.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Así mismo, en base a lo dispuesto en el artículo 29.3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, la presente encomienda, una vez firmada, deberá publicitarse por parte de la entidad encomendante.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, se firma el presente Acuerdo a la fecha de la firma electrónica, el 30 de junio de 2024.- El Consejero de Transición Ecológica y Energía, Mariano Hernández Zapata.- El Consejero Delegado de Gesplan, Miguel Ángel Pérez Hernández.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
351632 {"title":"Secretaría General Técnica.- Resolución de 12 de julio de 2024, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se modifica la encomienda de gestión de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial a la empresa pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental, S.A. (GESPLAN) para realizar el servicio consistente en \"Apoyo para la elaboración de informes en el procedimiento de evaluación ambiental de proyectos y seguimiento ambiental\", mediante tramitación anticipada.","published_date":"2024-07-26","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletín Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"351632"} canarias BOC,BOC nº 2024-146,Consejería de Transición Ecológica y Energía,Oposiciones y concursos,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-07-26/351632-secretaria-general-tecnica-resolucion-12-julio-2024-se-dispone-publicacion-acuerdo-se-modifica-encomienda-gestion-entonces-consejeria-transicion-ecologica-lucha-cambio-climatico-planificacion-territorial-empresa-publica-gestion-planeamiento-territorial-medioambiental-s-a-gesplan-realizar-servicio-consistente-apoyo-elaboracion-informes-procedimiento-evaluacion-ambiental-proyectos-seguimiento-ambiental-tramitacion-anticipada https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.