Secretaría General Técnica.- Resolución de 9 de julio de 2024, por la que se ordena la publicación de la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. para la gestión de la convocatoria de subvenciones del Programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022.

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. para la gestión de la convocatoria de subvenciones del Programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022, suscrito con fecha 29 de junio de 2024.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de julio de 2024.- La Secretaria General Técnica, María Dolores Alonso Álamo.

ANEXO

ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXTINTA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CONOCIMIENTO Y EMPLEO Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CANARIAS, S.A. PARA LA GESTIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DEL PROGRAMA BONOS DE INNOVACIÓN (INNOBONOS) PARA EL AÑO 2022.

En Santa de Cruz de Tenerife, a 29 de junio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Migdalia María Machín Tavío, en calidad de Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias (en adelante CUCIC), según nombramiento efectuado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente (BOC n.º 138, de 15.7.2023), actuando en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, quien se encuentra facultada para la firma del presente Convenio de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Y de otra parte, el Sr. D. Gonzalo Piernavieja Izquierdo, con DNI n.º ***4949**, en representación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (en adelante ITC), con CIF n.º A35313170, domicilio a estos efectos en calle Cebrián, n.º 3, código postal 35003, de Las Palmas de Gran Canaria, en calidad de apoderado, según escritura de apoderamiento n.º 2.857, otorgada con fecha 12 de julio del 2023, ante el Notario del Ilustre Colegio de las Islas Canarias, D. Pedro Antonio González Culebras, e inscrita en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria, tomo 2304, libro 0, folio 110, sección 8, hoja GC-4588, inscripción 143.

Ambos comparecientes se reconocen, de manera recíproca, plena capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir el presente Convenio y, a tal fin,

EXPONEN

I.- Por Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 27 de abril de 2016, se aprueban las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) (BOC n.º 87, de 6.5.2016).

Mediante Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento de 1 de agosto de 2018, se modificaron parcialmente las bases reguladoras que han de regir en el Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) (BOC n.º 155, de 10.8.2018).

La base reguladora 5 contempla la previsión de que se designe entidad colaboradora a las entidades previstas en la legislación básica y en la legislación autonómica sobre subvenciones, para la gestión de las subvenciones y/o para la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

II.- Por Orden de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo de 21 de marzo de 2022, se convocan subvenciones en el marco del programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, para el año 2022 (ID BDNS 616643, Extracto en BOC n.º 66, de 4.4.2022).

La Orden referida contempla en el apartado 12.º de la parte resolutiva la designación del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. como entidad colaboradora de la convocatoria correspondiente.

III.- El 26 de junio de 2022 se suscribe el Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. para la gestión de la convocatoria de subvenciones del programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022, publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 135, de 8 de julio de 2022 - 2282 por Resolución de 28 de junio de 2022, de la Secretaría General Técnica del Departamento.

IV.- El Convenio 7/2022 regula la compensación económica a la entidad colaboradora en la cláusula quinta. Dicha cláusula, así como el Anexo I del Convenio han sido modificados por la Adenda suscrita por las partes con fecha 24 de marzo de 2023, y, al efecto, disponen lo siguiente:

"De conformidad con el artículo 16.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el ITC recibirá como compensación económica por los costes derivados de su participación en la gestión de la convocatoria lo siguiente:

a) Para la anualidad 2022, un importe total de doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis euros con cuarenta céntimos (283.146,40 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", desglosado en los conceptos que se detallan a continuación, según Tarifas para 2022 de la sociedad mercantil pública "Instituto Tecnológico de Canarias, S. A. (ITC), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden n.º 82/2022, de 13 de abril:

Departamento Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23510 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23511 del documento Descargar

b) Para la anualidad 2023, un importe total de cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y nueve euros con seis céntimos (48.879,06 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", desglosado en los conceptos que se detallan, según Tarifas para 2023 de la sociedad mercantil pública "Instituto Tecnológico de Canarias, S. A. (ITC), como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden 338/2022, de 20 de diciembre:

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23511 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23511 del documento Descargar

Segunda.- Se modifica el Anexo I del Convenio de Colaboración, que quedará redactado en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 23512 del documento Descargar

Departamento Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23512 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en las páginas 23512-23512 del documento Descargar

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23513 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23513 del documento Descargar

V.- La cláusula séptima, apartado 1, del Convenio establece que "tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta que finalice la justificación de las subvenciones concedidas en la convocatoria del programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022 según el término previsto en la base reguladora 19, sin que pueda exceder, en ningún caso, el plazo máximo de vigencia establecido en el artículo 16.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones". Y que "dado que la vigencia de la designación del ITC como entidad colaboradora va vinculada a la convocatoria 2022, el presente Convenio no será susceptible de prórroga para ulteriores convocatorias".

El apartado 3 preceptúa que "durante el periodo de vigencia del Convenio, cualquiera de las partes firmantes podrá instar la modificación de las cláusulas del mismo, mediante solicitud motivada, comprensiva de las necesidades y beneficios de la misma, dirigida de forma escrita a las otras partes. Las partes intervinientes podrán iniciar los trámites de modificación, que culminarán con la suscripción de una Adenda que se incorporará al Convenio como parte integrante del mismo".

VI.- La convocatoria del procedimiento de concesión es abierta, de acuerdo con lo establecido en la base reguladora segunda. En este sentido, la misma se divide en dos procedimientos, con dos resoluciones de concesión y las siguientes características:

a) Primer procedimiento:

• Plazo de presentación de solicitudes: 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del extracto de la convocatoria.

• Importe máximo a otorgar: 7.478.970,00 euros; 980.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 PI 157G0059 "Bonos de innovación para pymes", 2.131.285,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 PI157G0061 "Desarrollo de la economía digital" y 4.367.685,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 LA 207G0153 "Transformación Digital".

b) Segundo procedimiento:

• Plazo de presentación de solicitudes: del 21 al 29 de abril de 2022.

• Importe máximo a otorgar: 40.000 euros, que podrá incrementarse, en su caso, con los créditos no aplicados en el primer procedimiento. De este importe, 20.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 PI 157G0059 "Bonos de innovación para pymes", 20.000,00 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 PI157G0061 "Desarrollo de la economía digital".

VII.- Mediante Orden n.º 135/2022, de 9 de junio de 2022, de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, se acuerda de oficio la tramitación de urgencia por razones de interés público, al procedimiento de concesión de subvenciones en el marco del programa de bonos de innovación (INNOBONOS) para el ejercicio 2022.

VIII.- Mediante Orden n.º 301/2022, de 25 de noviembre, se conceden de forma definitiva las subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 (primer procedimiento).

IX.- Mediante Resolución n.º 986/2022, de 28 de septiembre, del Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, dictada por delegación de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, se amplía el plazo máximo de resolución del procedimiento de concesión de subvenciones destinadas en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS), cofinanciadas por el P.O. FEDER Canarias 2014-2020 para el año 2022, por un periodo de dos meses, hasta el 5 de diciembre de 2022.

X.- Mediante Orden n.º 34/2023, de 28 de febrero, se conceden de forma definitiva las subvenciones en el marco del Programa de Bonos de Innovación (INNOBONOS) cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 (segundo procedimiento).

XI.- El 28 de diciembre de 2022 se reúne la Comisión de Seguimiento, habiendo acordado las partes, por unanimidad, elevar la propuesta de modificación de la cláusula quinta y del Anexo I del Convenio 7/2022, dado que la gestión de la convocatoria por el ITC conllevó a que se ejecutara todo el presupuesto asignado, al haberse superado el número total de solicitudes previstas inicialmente, según consta en el Acta de esa misma fecha de dicha Comisión.

XII.- El 24 de marzo de 2023, en atención a lo manifestado, se suscribe por las partes la Adenda de modificación de la cláusula quinta, así como del Anexo I del Convenio 7/2022, en los términos del apartado IV anterior.

XIII.- Durante la anualidad 2023, las labores llevadas a cabo por el Instituto Tecnológico de Canarias han consistido en lo siguiente:

1. Elaboración de un informe de los resultados de las aportaciones y alegaciones presentadas tras la publicación de la resolución provisional del segundo procedimiento.

2. Diseño y puesta en funcionamiento del aplicativo interno para el seguimiento y gestión de la fase de justificación (al no estar implementado en el aplicativo del Gobierno de Canarias).

3. Realización del trámite de justificación de los expedientes aprobados.

A la finalización de dicha anualidad, subsisten 23 expedientes sin verificar en el trámite de justificación de las subvenciones, y, por tanto, a esa fecha no había finalizado el proceso de valoración y comprobación de la documentación de justificación presentada por los beneficiarios.

Las razones que motivan que no haya finalizado la tramitación de la totalidad de expedientes de la anualidad 2023 radican, principalmente, en que la carga de trabajo real ha sido muy superior a la estimada, en base a que, entre otras cuestiones, el elevado número de expedientes cuya justificación ha sido negativa, ha provocado que se hayan tenido que atender más de 78 recursos, todos ellos referidos a expedientes correspondientes a los servicios 2 y 3, lo que ha dado lugar que a la finalización de la anualidad 2023 no se pudiera atender la totalidad de expedientes de justificación, quedando un total de 23 que se ha previsto atender en el primer trimestre de 2024.

Dado que la ACIISI en la Adenda de 24 de marzo de 2023 valoró económicamente las labores a realizar en cada expediente de Sociedad de la Información en 147,18 euros de media, esto es, 2 horas de administrativo y 2 horas de técnico superior, aproximadamente, en este caso, los 23 expedientes que no se pudieron atender en la anualidad 2023 suponen económicamente un total de 3.385,01 euros, cuantía que no supone un incremento de la asignada para 2023 en la Adenda, sino un traspaso para su abono desde la anualidad 2023 a la anualidad 2024.

Lo expuesto hace necesario, nuevamente, la modificación del Convenio 7/2022 suscrito entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el ITC, mediante la suscripción de una adenda, por la que se acuerde la modificación de los aspectos relativos a la compensación económica al ITC, en su condición de entidad colaboradora.

XIV.- El 27 de diciembre de 2023 se reúne la Comisión de Seguimiento, habiendo acordado las partes, por unanimidad, elevar la propuesta de modificación de la cláusula quinta, así como del Anexo I, nuevamente, del Convenio 7/2022, según consta en el Acta de 28 de diciembre de 2023 de dicha Comisión.

XV.- Existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", para hacer frente al gasto derivado de la cuantía que hay que abonar en 2024 por los 23 expedientes pendientes de finalizar por el ITC en 2023, dado que no es un incremento de la cuantía asignada para la anualidad 2023 y el gasto es plurianual por estar cofinanciado en el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020.

XVI.- En atención a lo manifestado, interesa a las partes la modificación de la cláusula quinta, así como el Anexo I, nuevamente, del Convenio 7/2022 suscrito entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y el ITC, y, según lo dispuesto en la misma, deciden suscribir una nueva Adenda al citado Convenio, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Modificación de la cláusula quinta.

Se modifica la cláusula quinta del Convenio de Colaboración suscrito entre la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo y la sociedad mercantil pública Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC) para la gestión de la convocatoria de subvenciones del Programa Bonos de Innovación (INNOBONOS) para el año 2022, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020, que quedará redactada en los siguientes términos:

"De conformidad con el artículo 16.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el ITC recibirá como compensación económica por los costes derivados de su participación en la gestión de la convocatoria lo siguiente:

a) Para la anualidad 2022, un importe total de doscientos ochenta y tres mil ciento cuarenta y seis euros con cuarenta céntimos (283.146,40 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", desglosado en los conceptos que se detallan a continuación, según Tarifas para 2022 de la sociedad mercantil pública "Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)", como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden n.º 82/2022, de 13 de abril:

Departamento Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23516 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23517 del documento Descargar

b) Para la anualidad 2023, un importe total de cuarenta y cinco mil cuatrocientos noventa y tres euros con ochenta y siete céntimos (45.493,87 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", desglosado en los conceptos que se detallan, según Tarifas para 2023 de la sociedad mercantil pública "Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)", como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden 338/2022, de 20 de diciembre:

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23517 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en las páginas 23517-23518 del documento Descargar

b) Para la anualidad 2024, un importe total de tres mil trescientos ochenta y cinco euros con un céntimo (3.385,01 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17 461A 2270900 "otros trabajos realizados por empresas e instituciones sin fines de lucro", desglosado en los conceptos que se detallan, según Tarifas para 2024 de la sociedad mercantil pública "Instituto Tecnológico de Canarias, S.A. (ITC)", como medio propio instrumental de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y los organismos autónomos dependientes de ella, aprobadas mediante Orden 283/2023, de 27 de diciembre:

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23518 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23518 del documento Descargar

Segunda.- Modificación del Anexo I.

Se modifica el Anexo I del Convenio de Colaboración, que quedará redactado en los siguientes términos:

Ver anexo en la página 23519 del documento Descargar

Departamento Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23519 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23519 del documento Descargar

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23520 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23520 del documento Descargar

Departamento de Sociedad de la Información

Ver anexo en la página 23520 del documento Descargar

Departamento de Innovación

Ver anexo en la página 23521 del documento Descargar

Tercera.- Subsistencia del resto del Convenio.

En todo lo no estipulado expresamente en la presente Adenda se estará a lo establecido en el Convenio de 27 de junio de 2022, en el cual las partes expresamente ratifican que continúa totalmente vigente y con plenos efectos, y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Todas las referencias a la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo en el Convenio de 27 de junio de 2022, y en la Adenda de modificación de 24 de marzo de 2023, se entenderán realizadas a la actual Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado en el lugar y fecha arriba indicados.- La Consejera de Universidades, Ciencia e Investigación y Cultura, Migdalia María Machín Tavío.- El Apoderado del Instituto Tecnológico de Canarias, S.A., Gonzalo Piernavieja Izquierdo.

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