Viceconsejería de Bienestar Social.- Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2024, por la que se procede a modificar las bases reguladoras y la convocatoria de la subvención destinada a impulsar y fortalecer el programa de viviendas colaborativas dirigidas a contribuir a la mejora de la calidad de vida, a prolongar la autonomía de las personas y a garantizar el acceso a las mismas a personas en situación de vulnerabilidad en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco del Componente 22-I.2 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia financiado por los fondos «Next Generation EU», dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

BDNS (Identif.): 713969.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/713969).

Primero.- Modificación de las bases.

Se modifican las siguientes bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a financiar el impulso y fortalecimiento de las viviendas colaborativas dirigidas a contribuir a la mejora de la calidad de vida, a prolongar la autonomía de las personas y a garantizar el acceso a las mismas a personas en situación de vulnerabilidad en la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobadas por Orden de la Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, de 3 de julio de 2023 (BOC n.º 174, de 4 de septiembre):

Uno.- Se modifica la base cuarta en los siguientes términos, apartados 4.1 y 4.2 que quedan redactados en los siguientes términos:

1. "4.1. La dotación económica para estas subvenciones es de tres millones noventa y ocho mil (3.098.000,00) euros con cargo al crédito consignado en el presupuesto de gasto de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, con cargo a la Sección 2370, Programa 231B, Capítulo 7800200, P.I. 237G0003, Fondo 70M2304, destinado a financiar las ayudas que se convocan en el marco de las presentes bases reguladoras. Crédito que corresponde a los fondos provenientes del Instrumento europeo de recuperación «Next Generation EU», articulados a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, incluido en el Componente 22, Línea de inversión I.2, transferidos por la Administración del Estado, conforme al reparto aprobado, con fechas 15 de enero y 30 de abril de 2021, por el Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (CTSSySAAD)".

2. "4.2. Este importe se reparte entre los tipos de actuaciones subvencionables según la siguiente estimación:

a) Actuación 1: ayudas destinadas a grupos promotores de viviendas colaborativas para la contratación de asistencias técnicas que apoyen la generación y desarrollo de cooperativas de viviendas colaborativas dirigidas a contribuir a la mejora de la calidad de vida, a prolongar la autonomía de las personas y a garantizar el acceso a las mismas a personas en situación de vulnerabilidad; línea dotada con trescientos mil (300.000) euros.

b) Actuación 2: ayudas a cooperativas de viviendas colaborativas para el acceso a suelo o edificio, para proyectos de ejecución o de reforma de edificios o para la adquisición de equipamiento; línea dotada con dos millones doscientos treinta mil (2.230.000) euros.

c) Actuación 3: ayudas a las cooperativas de viviendas colaborativas para fomentar el acceso a las mismas, preferentemente a familias que, teniendo recursos económicos insuficientes, deseen acceder a este modelo o a personas en situación de vulnerabilidad; línea dotada con quinientos mil (500.000) euros.

d) Actuación 4: ayudas para la comunicación y difusión del modelo; línea dotada con sesenta y ocho mil (68.000) euros".

Dos.- Se modifica la base sexta en los siguientes términos, las letras b.1) y b.2) del apartado primero, y los apartados segundo y tercero, que quedan redactados en los siguientes términos:

1. "b.1) La adquisición del suelo para materializar los edificios, teniendo en cuenta que del importe que reciba la entidad beneficiaria, al menos, el quince por cien (15%) está vinculado a la incorporación a la cooperativa de personas en situación de vulnerabilidad a través de la Línea de actuación 3. En esta modalidad, pueden solicitarse, dentro de la ayuda, los fondos para la elaboración de los proyectos de ejecución de los edificios y para afrontar los gastos notariales y registrales. El límite máximo a subvencionar por entidad beneficiaria se establece en cuatrocientos ochenta mil (480.000,00) euros".

"b.2) La adquisición de edificios, teniendo en cuenta que del importe que reciba la entidad beneficiaria, al menos, el diez por cien (10%) está vinculado a la incorporación a la cooperativa de personas en situación de vulnerabilidad a través de la Línea de actuación 3. En esta modalidad, pueden solicitarse, dentro de la ayuda, los fondos para la elaboración de los proyectos de ejecución para la puesta en marcha de los edificios y, en su caso, para la rehabilitación o restauración de los mismos y para afrontar los gastos notariales y registrales. El límite máximo a subvencionar por entidad beneficiaria se establece en trescientos ochenta mil (380.000,00) euros."

2. "6.2. Las cuantías máximas a percibir por entidad beneficiaria y línea de actuación se establecen en:

a) Para la Actuación 1 es de cuarenta mil (40.000,00) euros.

b) Para la Actuación 2 es de seiscientos mil (600.000,00) euros.

c) Para la Actuación 3 se establece una cuantía máxima a percibir por entidad beneficiaria de ciento treinta y dos mil (132.000,00) euros.

d) Para la Actuación 4 es de dieciséis mil (16.000,00) euros".

3. "6.3. Una misma entidad beneficiaria puede solicitar subvención en más de una actuación, simultáneamente o durante el periodo de vigencia de la convocatoria; si bien el importe a percibir por este programa no puede sobrepasar la cantidad máxima de setecientos mil (700.000,00) euros".

Tres.- En cuanto al contenido restante de esas dos bases modificadas, queda tal y como están redactadas en la Orden n.º 833/2023, de 3 de julio.

Segundo.- Modificación de la convocatoria.

Uno.- Se modifica el apartado b) del resuelvo tercero de la Orden n.º 833/2023, de 3 de julio, y queda redactado en los siguientes términos:

«b) El importe del crédito presupuestario que se asigna a esta convocatoria asciende a un total de tres millones noventa y ocho mil (3.098.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2370 231B 7800200 237G0003 70M2304 que se detalla en el apartado segundo. Si bien y si se produce la previsible ampliación del horizonte temporal del cumplimiento del alcance del hito 325 del PRTR y en aplicación del artículo 25 de la Ley 4/2021 podrán adquirirse compromisos de gasto de carácter plurianual con cargo a créditos del servicio 70 "Mecanismo de recuperación" que hayan de extenderse a ejercicios posteriores a aquel en que se autoricen».

Dos.- En cuanto al contenido restante del resuelvo tercero de la Orden n.º 833/2023, de 3 de julio, permanece tal y como está redactado en sus propios términos.

Tercero.- Publicación.

Ordeno la publicación de esta modificación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias y en sede electrónica para general conocimiento de las posibles entidades beneficiarias. Así como en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el portal web estatal del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de junio de 2024.- El Viceconsejero de Bienestar Social, Francisco Gaspar Candil González.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
317346 {"title":"Viceconsejería de Bienestar Social.- Extracto de la Resolución de 25 de junio de 2024, por la que se procede a modificar las bases reguladoras y la convocatoria de la subvención destinada a impulsar y fortalecer el programa de viviendas colaborativas dirigidas a contribuir a la mejora de la calidad de vida, a prolongar la autonomía de las personas y a garantizar el acceso a las mismas a personas en situación de vulnerabilidad en la Comunidad Autónoma de Canarias, en el marco del Componente 22-I.2 del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia financiado por los fondos «Next Generation EU», dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.","published_date":"2024-07-11","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"317346"} canarias Anuncios,BOC,BOC nº 2024-135,Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias,Otros anuncios https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-07-11/317346-viceconsejeria-bienestar-social-extracto-resolucion-25-junio-2024-se-procede-modificar-bases-reguladoras-convocatoria-subvencion-destinada-impulsar-fortalecer-programa-viviendas-colaborativas-dirigidas-contribuir-mejora-calidad-vida-prolongar-autonomia-personas-garantizar-acceso-mismas-personas-situacion-vulnerabilidad-comunidad-autonoma-canarias-marco-componente-22-i-2-mecanismo-recuperacion-resiliencia-financiado-fondos-next-generation-eu-dentro-plan-recuperacion-transformacion-resiliencia https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.