ORDEN de 25 de junio de 2024, por la que se cesan y nombran vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y de las centrales sindicales más representativas (Comisiones Obreras Canarias).

Examinado el expediente administrativo tramitado a efectos de cese y nombramiento de vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y de las centrales sindicales más representativas (Comisiones Obreras Canarias).

Visto el informe propuesta emitido por la Dirección del Servicio Canario de Empleo, en fecha 20 de junio de 2024.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- La Orden de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, de 2 de marzo de 2023, por la que se cesan y nombran vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación (BOC n.º 51, de 14.3.2023), deja constancia de la composición actualizada del mismo, en cuanto a representación de entidades públicas y privadas, al margen del Gobierno de Canarias, en su resuelvo tercero, de conformidad con la siguiente estructura:

• En representación de la Federación Canaria de Islas (FECAI):

- Titulares:

▪ Dña. Minerva Carmen Alonso Santana, Consejera de Industria y Comercio del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria.

▪ Dña. Carmen Luz Baso Lorenzo, Consejera de Área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

- Suplentes:

▪ D. Juan Manuel Gabella González, Director Insular de Industria y Comercio del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria.

▪ Dña. Ermita Moreira García, Directora Insular de Desarrollo Socioeconómico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

• En representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM):

- Titulares:

▪ D. Antonio Ramón Chinea Padrón, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde.

▪ D. Pedro Manuel Rodríguez Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa María de Guía.

- Suplentes:

▪ Dña. María Macarena Fuentes Socas, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Los Silos.

▪ D. Juan Jesús Facundo Suárez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arucas.

• En representación de las asociaciones empresariales más representativas de Canarias:

- Titulares:

▪ D. José Agustín Espino Flores, por la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).

▪ D. Eduardo Bezares Carretero, por la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE Tenerife).

- Suplentes:

▪ D. Pedro Ortega Hernández, por la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).

▪ D. Alonso Fernández Hernández, por la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE Tenerife).

• En representación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias:

- Titulares:

▪ D. Cristóbal Castro Henríquez, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria.

▪ D. Marcos José Delgado Ojeda, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife.

- Suplentes:

▪ Dña. Pilar Alcaide Azcona, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria.

▪ Dña. María Dolores Rodríguez de Azero Tabares, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife.

• En representación de las organizaciones de trabajadores autónomos intersectoriales de Canarias:

- Titulares:

▪ D. Juan Carlos Arricivita Bello, por la Asociación de Empresarios y Trabajadores Autónomos de Canarias (ATA).

▪ D. César García Arnal, por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).

- Suplentes:

▪ D. Juan Antúnez Borrachero, por la Asociación de Empresarios y Trabajadores Autónomos de Canarias (ATA).

▪ Dña. Erika Alexandra Haschke Álvarez, por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).

• En representación de las centrales sindicales más representativas de Canarias:

- Titulares:

▪ Dña. Patricia Trujillo Vega, por la Unión General de Trabajadores de Canarias (UGT Canarias).

▪ D. Ignacio López González, por Comisiones Obreras Canarias (CCOO Canarias).

- Suplentes:

▪ D. César Javier Reyes Pérez, por la Unión General de Trabajadores de Canarias (UGT Canarias).

▪ Dña. Esther Martín Martín, por Comisiones Obreras Canarias (CCOO Canarias).

• En representación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:

- Titular:

▪ Dña. Rosa María Batista Canino, Profesora Titular de Universidad del área de conocimiento de Organización de Empresas del Departamento de Economía y Dirección de Empresas.

- Suplente:

▪ D. Francisco Javier Santana Martín, Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de Economía Financiera y Contabilidad del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad.

• En representación de la Universidad de La Laguna:

- Titular:

▪ D. Francisco García Rodríguez, Profesor del Área de Organización de Empresas del Departamento de Dirección de Empresas e Historia Económica.

- Suplente:

▪ Dña. Olga González Morales, Profesora del Área de Economía Aplicada del Departamento de Economía Aplicada y Métodos Cuantitativos.

Segundo.- En fecha 20 de marzo de 2024, la Secretaria Titular del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias remite a diversas entidades públicas y privadas, con representación en el mismo, solicitudes de formulación de propuestas de renovación de vocales titulares y suplentes, en el órgano colegiado, con motivo de la celebración de distintos procesos electorales, que repercuten sobre la continuidad de las personas anteriormente nombradas para el desempeño de tales cargos.

Tercero.- En fecha 27 de mayo de 2024, la Presidenta de la Federación Canaria de Municipios (FECAM) formula propuesta de designación de vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, bajo la forma jurídica de Resolución, en los siguientes términos:

• Vocales titulares:

- D. Idafe Hernández Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villa de Mazo.

- D. Javier Sierra Jorge, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

• Vocales suplentes:

- D. Carlos Brito Brito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde.

- Dña. María Mercedes Vargas Delgado, Concejala de Seguridad, Promoción de la Actividad Económica y Empleo del Ayuntamiento de Adeje.

Cuarto.- En fecha 18 de junio de 2024, la Comisión Ejecutiva de Comisiones Obreras Canarias formula propuesta de cese y nombramiento de vocal suplente del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la central sindical más representativa, en los siguientes términos:

"CESE:

Titular: Ignacio López González.

Suplente: Esther Lidia Martín Martín.

NOMBRAMIENTO:

Titular: Ignacio López González [...]

Suplente: Yolanda Guedes Sánchez [...]."

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 152, de 7.8.2014), prevé, en su disposición adicional primera, la creación del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias.

Segunda.- El Decreto 121/2017, de 13 de marzo, por el que se crea y regula el funcionamiento del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y las Pymes Canarias (BOC n.º 56, de 21.3.2017), da cumplimiento al mandato legal citado, determinando, en su artículo 5, apartado 1, que el órgano colegiado que asiste a la Comunidad Autónoma en la elaboración de las políticas de emprendimiento y de apoyo a los trabajadores autónomos y a las pequeñas y medianas empresas tendrá la siguiente composición:

"a) Siete representantes designados por el Gobierno de Canarias.

b) Dos representantes designados por la Federación Canaria de Islas (Fecai).

c) Dos representantes designados por la Federación Canaria de Municipios (Fecam).

d) Dos representantes designados por las asociaciones empresariales más representativas de Canarias.

e) Dos representantes designados por las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias.

f) Dos representantes designados por las organizaciones de trabajadores autónomos intersectoriales de Canarias.

g) Dos representantes designados por las centrales sindicales más representativas de Canarias.

h) Un representante designado por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

i) Un representante designado por la Universidad de La Laguna."

Asimismo, dispone en su artículo 6 que:

"1. El nombramiento de los miembros, titulares y suplentes, se realizará mediante Orden del Consejero o Consejera competente en materia de empleo, salvo los representantes a que se refiere el apartado siguiente.

2. El nombramiento de los miembros titulares y suplentes señalados en la letra a) del apartado 1 del artículo anterior, se realizará por designación del Gobierno de Canarias, a propuesta de la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo.

3. El nombramiento de los miembros titulares y suplentes a los que se refieren las letras b), c), d), e), f), g), h) e i) del apartado 1 del artículo anterior, se realizará previa propuesta de las entidades representadas, quienes deberán acompañar a sus propuestas el acuerdo de sus respectivos órganos."

Tercera.- El Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías (BOC n.º 138, de 15.7.2023), establece:

• En su artículo 9, que la Consejería de Turismo y Empleo asume, entre otras competencias, aquellas que tenía atribuidas en materia de empleo la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.

• En su disposición adicional quinta, que "los organismos autónomos y demás entes públicos quedarán adscritos de acuerdo con la distribución de competencias establecidas en el presente Decreto y en los términos que establezca el decreto por el que se determine la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías, y en los decretos por los que se apruebe la estructura orgánica de cada uno de los departamentos".

Cuarta.- El Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo y Empleo, aprobado por Decreto 37/2024, de 4 de marzo (BOC n.º 52, de 12.3.2024), en su artículo 4 y en su artículo 3, apartado 2, pone de manifiesto que:

• "Está adscrito a la Consejería de Turismo y Empleo el Servicio Canario de Empleo (...)."

• "Está adscrito a la Consejería de Turismo y Empleo el Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias", que "a los meros efectos administrativos y de funcionamiento, está integrado en la estructura orgánica del Servicio Canario de Empleo".

Quinta.- La Ley 1/2010, de 26 de febrero, Canaria de Igualdad entre Mujeres y Hombres, de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 45, de 5.3.2010), pone de manifiesto:

• En su artículo 12, apartado 2, que:

"En la composición de los órganos colegiados de la Administración canaria deberá respetarse la representación equilibrada de mujeres y hombres. Este mismo criterio de representación se observará en la modificación o renovación de dichos órganos. A tal efecto, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) Del cómputo se excluirán aquellas personas que formen parte en función del cargo específico que desempeñen.

b) Cada organización, institución o entidad a las que corresponda la designación o propuesta facilitará la composición de género que permita la representación equilibrada."

• En su disposición adicional cuarta, que:

"Se entenderá por representación equilibrada la presencia de mujeres y hombres de modo que, en el conjunto a que se refiera, las personas de cada sexo no superen el sesenta por ciento ni sean inferiores al cuarenta por ciento."

Sexta.- La Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común, confiere al alto comisionado designado por el Parlamento de Canarias para la defensa de los derechos y libertades constitucionales, entre otras atribuciones:

• La supervisión de las actividades de las administraciones públicas canarias en sus relaciones con los ciudadanos, con el propósito de asegurar la observancia de los derechos y libertades constitucionales [artículos 1, y 16.a) y b)].

• La formulación de recomendaciones a las administraciones públicas canarias para la adopción de nuevas medidas, en el marco de sus actividades (artículo 37).

En relación con el cumplimiento del principio de representación equilibrada de mujeres y hombres en la composición de órganos colegiados de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, se han formulado por parte del Diputado del Común las siguientes recomendaciones a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo del Gobierno de Canarias, en fecha 6 de julio de 2021, con motivo de la resolución de investigación de oficio concerniente al asunto:

• Que, "en lo referente a los nombramientos de aquellos miembros elegidos por parte de otras entidades, instituciones, organizaciones sindicales o representativas de los sectores afectados, se solicite su colaboración para facilitar una composición del órgano que permita la representación equilibrada de mujeres y hombres".

• Que "en caso de que alguna de estas organizaciones, instituciones o entidades no pueda facilitar la composición de género que permita la representación equilibrada, deberá especificar los motivos que impiden el cumplimiento de esta medida".

Al amparo de las sugerencias realizadas, se ha dejado constancia expresa de los motivos del presunto incumplimiento del principio de representación equilibrada de mujeres y hombres, en sucesivas comunicaciones mantenidas por representantes de diversas organizaciones con el personal adscrito a la Secretaría del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y las Pymes Canarias, entre los que cabe destacar especialmente la designación de vocales por razón del cargo en las entidades representadas, con independencia de su género, según figura acreditado documentalmente en el expediente administrativo.

Séptima.- Los Estatutos de la Federación Canaria de Municipios (FECAM), aprobados por la Asamblea General Extraordinaria, de 19 de marzo de 2024, en su artículo 32.1.k), atribuyen a la Presidenta de la Federación la competencia para "adoptar las decisiones que en caso de urgencia sean necesarias, dando cuenta de ellas al órgano competente en la primera sesión que celebre".

Octava.- La Comisión Ejecutiva de Comisiones Obreras Canarias tiene entre sus atribuciones "nombrar a los representantes" de la organización sindical más representativa "en los órganos de representación institucional", en virtud de lo establecido en sus Estatutos, en el artículo 31.b).8.

Novena.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE n.º 236, de 2.10.2015), en su artículo 45, previene que "los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés público apreciadas por el órgano competente" (apartado 1), debiendo contener dicha publicación los mismos elementos que las notificaciones (apartado 2).

La naturaleza de los asuntos que se abordan en el ámbito del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, la trascendencia que pueden tener entre amplios sectores de la población, y la diversidad de entidades públicas y privadas representadas en el mismo constituyen razones de interés público que determinan la conveniencia de la publicación de la Orden elaborada sobre la base del presente informe propuesta.

Décima.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (BOC n.º 5, de 9.1.2015), determina:

En su artículo 13.3 que los organismos autónomos dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias "podrán publicar, por iniciativa propia, preferentemente por medios electrónicos, a través de sus respectivas sedes electrónicas o páginas web, toda la información que consideren relevante y de mayor utilidad para las personas, la sociedad y la actividad económica".

En su artículo 18.1.a) que "la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en materia organizativa, hará pública y mantendrá actualizada la información sobre [...] los departamentos o consejerías, detallando las áreas funcionales que le corresponden, los órganos superiores, territoriales y colegiados, así como los organismos y entidades públicas adscritas, las competencias y funciones de sus órganos, las personas titulares de los mismos, el número de personas adscritas a cada órgano".

En su virtud, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

RESUELVO:

Primero.- Cesar, respectivamente, como vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM), a D. Antonio Ramón Chinea Padrón, ex Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde; D. Pedro Manuel Rodríguez Pérez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Santa María de Guía; Dña. María Macarena Fuentes Socas, ex Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Los Silos; y a D. Juan Jesús Facundo Suárez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Arucas.

Segundo.- Cesar como vocal suplente del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de las centrales sindicales más representativas de Canarias (Comisiones Obreras Canarias), a Dña. Esther Martín Martín.

Tercero.- Nombrar, respectivamente, como vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM), a D. Idafe Hernández Rodríguez, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento de Villa de Mazo; D. Javier Sierra Jorge, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Icod de los Vinos; D. Carlos Brito Brito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde; y a Dña. María Mercedes Vargas Delgado, Concejala de Seguridad, Promoción de la Actividad Económica y Empleo del Ayuntamiento de Adeje.

Cuarto.- Nombrar como vocal suplente del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de las centrales sindicales más representativas de Canarias (Comisiones Obreras Canarias), a Dña. Yolanda Guedes Sánchez.

Quinto.- Dejar constancia de la composición actualizada del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en cuanto a representación de entidades públicas y privadas, al margen del Gobierno de Canarias, para general conocimiento, en los siguientes términos:

• En representación de la Federación Canaria de Islas (FECAI):

- Titulares:

▪ Dña. Minerva Carmen Alonso Santana, Consejera de Desarrollo Económico, Industria, Comercio y Artesanía del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria.

▪ Dña. Carmen Luz Baso Lorenzo, ex Consejera de Área de Empleo, Desarrollo Socioeconómico y Acción Exterior del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

- Suplentes:

▪ D. Juan Manuel Gabella González, Director Insular de Industria y Comercio del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria.

▪ Dña. Ermita Moreira García, ex Directora Insular de Desarrollo Socioeconómico del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife.

• En representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM):

- Titulares:

▪ D. Idafe Hernández Rodríguez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Villa de Mazo.

▪ D. Javier Sierra Jorge, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

- Suplentes:

▪ D. Carlos Brito Brito, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valverde.

▪ Dña. María Mercedes Vargas Delgado, Concejala de Seguridad, Promoción de la Actividad Económica y Empleo del Ayuntamiento de Adeje.

• En representación de las asociaciones empresariales más representativas de Canarias:

- Titulares:

▪ D. José Agustín Espino Flores, por la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).

▪ D. Eduardo Bezares Carretero, por la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE Tenerife).

- Suplentes:

▪ D. Pedro Ortega Hernández, por la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).

▪ D. Alonso Fernández Hernández, por la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE Tenerife).

• En representación de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Canarias:

- Titulares:

▪ D. Cristóbal Castro Henríquez, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria.

▪ D. Marcos José Delgado Ojeda, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife.

- Suplentes:

▪ Dña. Pilar Alcaide Azcona, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Gran Canaria.

▪ Dña. María Dolores Rodríguez de Azero Tabares, por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Santa Cruz de Tenerife.

• En representación de las organizaciones de trabajadores autónomos intersectoriales de Canarias:

- Titulares:

▪ D. Juan Carlos Arricivita Bello, por la Asociación de Empresarios y Trabajadores Autónomos de Canarias (ATA).

▪ D. César García Arnal, por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).

- Suplentes:

▪ D. Juan Antúnez Borrachero, por la Asociación de Empresarios y Trabajadores Autónomos de Canarias (ATA).

▪ Dña. Erika Alexandra Haschke Álvarez, por la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).

• En representación de las centrales sindicales más representativas de Canarias:

- Titulares:

▪ Dña. Patricia Trujillo Vega, por la Unión General de Trabajadores de Canarias (UGT Canarias).

▪ D. Ignacio López González, por Comisiones Obreras Canarias (CCOO Canarias).

- Suplentes:

▪ D. César Javier Reyes Pérez, por la Unión General de Trabajadores de Canarias (UGT Canarias).

▪ Dña. Yolanda Guedes Sánchez, por Comisiones Obreras Canarias (CCOO Canarias).

• En representación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria:

- Titular:

▪ Dña. Rosa María Batista Canino, Profesora Titular de Universidad del área de conocimiento de Organización de Empresas del Departamento de Economía y Dirección de Empresas.

- Suplente:

▪ D. Francisco Javier Santana Martín, Profesor Titular de Universidad del área de conocimiento de Economía Financiera y Contabilidad del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad.

• En representación de la Universidad de La Laguna:

- Titular:

▪ D. Francisco García Rodríguez, Catedrático del Área de Organización de Empresas del Departamento de Dirección de Empresas e Historia Económica.

- Suplente:

▪ Dña. Olga González Morales, Profesora del Área de Economía Aplicada del Departamento de Economía Aplicada y Métodos Cuantitativos.

Sexto.- Publicar la Orden de la Consejera de Turismo y Empleo, por la que se cesan y nombran vocales titulares y suplentes del Consejo de Apoyo al Emprendimiento, al Trabajo Autónomo y a las Pymes Canarias, en representación de la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y de las centrales sindicales más representativas, en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Turismo y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del mismo, en virtud de lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de junio de 2024.

LA CONSEJERA DE TURISMO
Y EMPLEO,
Jéssica del Carmen de León Verdugo.

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