Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación.- Resolución de 20 de junio de 2024, por la que se dictan instrucciones para la organización y desarrollo del Curso de preparación de la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Siendo necesario actualizar las instrucciones para la organización y desarrollo del "Curso de preparación de la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria" que se imparte en centros de educación de personas adultas (CEPA) y centros de educación a distancia (CEAD) de Canarias, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes convoca anualmente pruebas para las personas que, careciendo de la titulación requerida, desean obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.- Con el objeto de proporcionar a las personas interesadas en presentarse a dicha prueba una formación que les permita afrontarla con garantías, la Administración educativa autoriza la oferta e impartición en algunos CEPA y CEAD de un curso de preparación de la misma.

Tercero.- La organización y estructura del citado curso están establecidas en la Resolución de 30 de agosto de 2005, por la se actualizan las instrucciones para la organización del "Curso de preparación para la prueba libre de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años". Sin embargo, resulta necesaria una actualización de esta norma en consonancia con la nueva estructura de la prueba y de acuerdo al nuevo marco legislativo introducido por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

A estos hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en su artículo 68 que las Administraciones educativas convocarán periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.- El Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, determina que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, organizarán periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, siempre que hayan alcanzado las competencias básicas y los objetivos de la etapa. Asimismo, especifica que estas pruebas se organizarán basándose en tres ámbitos de conocimiento: ámbito Científico-Tecnológico, ámbito de Comunicación y ámbito Social.

Tercero.- La Ley 13/2003, de 4 de abril, de Educación y Formación Permanente de Personas Adultas de Canarias, establece, en su artículo 3, que uno de los objetivos de estas enseñanzas es desarrollar ofertas formativas específicas en función de las necesidades e intereses de las personas adultas.

Cuarto.- La Orden de 18 de septiembre de 2023, por la que se desarrolla el currículo de la Educación Básica de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias, concreta, en el Anexo IV, los elementos del currículo de la Educación Secundaria para Personas Adultas.

Por todo lo expuesto anteriormente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, así como en la disposición final cuarta y en el artículo 17 del Decreto 84/2024, de 10 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, que asigna competencias generales y específicas a la Dirección General de Ordenación de las Enseñanzas, Inclusión e Innovación,

RESUELVO:

Primero.- Dictar instrucciones para la organización y desarrollo del Curso de preparación de prueba para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, así como en la web de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes para su general conocimiento.

Tercero.- Facultar a los equipos directivos de los centros de educación a distancia (CEAD) y de los centros de educación de personas adultas (CEPA) para que arbitren el procedimiento más adecuado con el fin de que la presente Resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa, haciéndoles llegar copia de la misma, cuando así se les solicite, y exponiendo permanentemente una en el tablón de anuncios y en la página web del centro.

Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación sin perjuicio de cualesquiera otros que se estime procedente interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de junio de 2024.- El Director General de Ordenación de las Enseñanzas, Innovación e Inclusión, David Pablos González.

ANEXO

INSTRUCCIONES PARA LA ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO DEL CURSO DE PREPARACIÓN DE LA PRUEBA LIBRE PARA LA OBTENCIÓN DIRECTA DEL TÍTULO DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA.

SUMARIO

1. Finalidad.

2. Requisitos de acceso.

3. Organización del curso.

4. Modalidades.

5. Contenidos.

6. Matrícula.

7. Profesorado.

8. Centros autorizados para impartir el curso de preparación.

9. Evaluación del curso.

10. Aula virtual.

Apéndice I. Acta de evaluación.

Apéndice II. Certificado de calificaciones.

1. Finalidad.

El objetivo del curso es facilitar a las personas que deseen presentarse a la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria una oferta educativa con la que puedan adquirir los conocimientos y habilidades suficientes que les permitan afrontarla con una mayor probabilidad de éxito.

2. Requisitos de acceso.

Podrán matricularse en este curso de preparación todas aquellas personas que, careciendo del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente a efectos académicos, y cumpliendo el requisito de edad establecido en la normativa vigente para el acceso a las enseñanzas de educación de personas adultas, no se encuentren cursando ninguna enseñanza conducente a la obtención del citado título.

3. Organización del curso.

El "Curso de preparación de la prueba libre para obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria" se organiza en tres ámbitos de conocimiento: ámbito de Comunicación, ámbito Científico-Tecnológico y ámbito Social. Los referentes curriculares de los mismos son los establecidos en la Orden de 18 de septiembre de 2023, por la que se desarrolla el currículo de la Educación Básica de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias.

Ver anexo en la página 21450 del documento Descargar

Los ámbitos se organizarán de forma integrada y cada uno de ellos se impartirá, preferentemente, por un único docente.

No obstante, cuando esto no sea posible, los ámbitos podrán ser impartidos por un máximo de dos docentes que, para el caso particular del ámbito de Comunicación, se organizará según la distribución horaria anterior.

4. Modalidades.

El curso se podrá impartir en modalidad presencial o a distancia. En ambos casos, la carga horaria semanal se ajustará a lo establecido en el artículo anterior.

La modalidad a distancia se autorizará únicamente en los centros de educación a distancia (CEAD) de forma que cualquier persona interesada pueda prepararse la prueba independientemente de la zona en la que resida y de las circunstancias personales en las que se encuentre.

En la modalidad a distancia las sesiones de clase se desarrollarán de manera síncrona a través del entorno virtual habilitado al efecto, el cual cumplirá lo establecido en el punto 10. Además, cada sesión lectiva deberá grabarse y alojarse en dicho entorno, de manera que cualquier persona matriculada pueda tener acceso a la misma. Asimismo, de cada una de las materias, el centro establecerá una sesión en la que se permitirá la asistencia voluntaria y presencial del alumnado sin que esta pierda su carácter síncrono, lo cual figurará en el horario del grupo.

En la modalidad presencial, con la finalidad de facilitar el aprendizaje del alumnado, se potenciará el uso de espacios virtuales donde se incluyan los recursos educativos utilizados en las sesiones de clase.

5. Contenidos.

El curso deberá favorecer la posibilidad de adquirir las competencias y los conocimientos establecidos para los distintos ámbitos en la Orden de 18 de septiembre de 2023, por la que se desarrolla el currículo de la Educación Básica de Personas Adultas en la Comunidad Autónoma de Canarias, de forma que el alumnado matriculado pueda superar con éxito la prueba libre de obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

6. Matrícula.

El alumnado del "Curso de preparación para la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria" podrá matricularse de los tres ámbitos de los que consta el curso o solo de aquellos de los que no va a solicitar exención en el procedimiento de la inscripción de la prueba libre.

La matrícula parcial en esta enseñanza no implicará, en ningún caso, la exención en la prueba libre de los ámbitos no cursados.

Asimismo, el hecho de estar matriculado en el curso de preparación no implica estar exento del trámite de inscripción en la prueba libre.

7. Profesorado.

Los ámbitos del "Curso de preparación de la prueba libre para obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria" deberán ser impartidos por profesorado perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria o al de Profesores de Enseñanza Secundaria y correspondientes a las especialidades asignadas a los ámbitos de conocimiento respectivos.

Excepcionalmente, algunos ámbitos podrán ser impartidos por docentes del Cuerpo de Maestros que obtuvieron plaza en el nivel I de la Formación Básica Postinicial mediante el procedimiento de redistribución de efectivos recogido en la Resolución de 25 de junio de 2014, de la Dirección General de Personal de la extinta Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad; y maestros con, al menos, dos cursos de experiencia en la preparación de este tipo de pruebas en el área o materia correspondiente.

8. Centros autorizados para impartir el Curso de preparación de la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Podrán impartir este curso los centros de educación a distancia (CEAD) y los centros de educación de personas adultas (CEPA) autorizados por la Administración educativa cada curso académico, siempre que reúnan el número mínimo de alumnado establecido en la normativa vigente.

9. Evaluación del curso.

El alumnado que realice el "Curso de preparación de la prueba libre para la obtención directa del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria" deberá ser evaluado de todos aquellos ámbitos en los que se encuentre matriculado.

Se evaluará numéricamente cada uno de los ámbitos cursados con una calificación entera de cero a diez.

En el caso de que un ámbito sea impartido por dos docentes, la calificación será única y deberá obtenerse de forma proporcional a la asignación horaria de ambos.

En caso de que un alumno o alumna no pueda ser evaluado de algún ámbito en el que se encuentre matriculado, se calificará con una puntuación de 0.

La nota final del curso será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ámbitos cursados, expresada con dos decimales y redondeada a la centésima más próxima.

Al finalizar el curso, se cumplimentará un acta en la que se recogerán las calificaciones obtenidas por el alumnado (Apéndice I). Asimismo, el alumnado recibirá un certificado con las calificaciones obtenidas y con la nota media final (Apéndice II).

En ningún caso, la calificación positiva de las pruebas de evaluación del curso de preparación implicará la superación parcial o total de ninguno de los ámbitos de la prueba, así como ningún tipo de exención.

10. Aula virtual.

El aula virtual debe incluir, como mínimo, los siguientes aspectos:

1. Guía didáctica de cada ámbito donde figuren:

1.1. Orientaciones generales para el estudio del ámbito.

1.2. Secuenciación de los contenidos.

1.3. Evaluación.

1.3.1. Criterios de evaluación y de calificación.

1.3.2. Instrumentos de evaluación.

2. Los materiales didácticos utilizados en el desarrollo de las clases.

3. Actividades configuradas en el entorno de aprendizaje (cuestionarios, tareas, foros, ...).

4. Calendario virtual donde consten, al menos, los plazos y fechas de realización de actividades o pruebas de evaluación.

5. Acceso al recurso de videoconferencia para las clases síncronas.

6. Histórico de clases grabadas.

APÉNDICE I

ACTA DE EVALUACIÓN

Ver anexo en las páginas 21453-21454 del documento Descargar

APÉNDICE II

Ver anexo en la página 21455 del documento Descargar

Ficheros adjuntos

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