Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 19 de junio de 2024, del Secretario General, por la que se ordena la publicación de la Adenda de prórroga al Acuerdo de Cooperación entre el Servicio Canario de Empleo y la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo para la cesión del uso del local destinado a Oficina de Empleo de Ingenio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, apartados 2 y 3, de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20, apartado 1, del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de los referidos preceptos y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda de prórroga al Acuerdo de Cooperación entre el Servicio Canario de Empleo y la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo para la cesión del uso del local destinado a Oficina de Empleo de Ingenio, cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de junio de 2024.- El Secretario General, Jesús Manuel García Benítez.

ANEXO

ADENDA DE PRÓRROGA AL ACUERDO DE COOPERACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FUNDACIÓN PARA LA PROMOCIÓN DEL EMPLEO, LA FORMACIÓN PROFESIONAL Y EL MOVIMIENTO COOPERATIVO PARA LA CESIÓN DEL USO DEL LOCAL DESTINADO A OFICINA DE EMPLEO DE INGENIO.

En Ingenio y Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de junio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, Dña. Jéssica del Carmen de León Verdugo, Consejera de Turismo y Empleo, en virtud del Decreto 43/2023 de 14 de julio, del Presidente del Gobierno de Canarias, actuando como Presidenta del Servicio Canario de Empleo, en adelante SCE, según lo previsto en el artículo 7.2 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo con la facultad para suscribir convenios, conforme a lo dispuesto en el artículo 7.1.e) de la citada Ley 12/2003.

De otra parte, Dña Vanesa Belén Martín Herrera, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Ingenio y Presidenta de la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, Organismo Autónomo dependiente del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, que le atribuye la competencia para la firma de convenios mediante acuerdo aprobado en el Pleno.

Los intervinientes que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para la suscripción de la presente Adenda y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.- El 25 de junio de 2020 se suscribe Acuerdo de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo (SCE) y la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, en adelante, Fundación, organismo autónomo dependiente del Ayuntamiento de la Villa de Ingenio, inscrito en el Registro General de Convenios de Presidencia de Gobierno con el n.º 20200077, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 139, de 10 de julio de 2020.

Segundo.- El objeto del Acuerdo es la cesión del uso del inmueble sito en la calle Juan Negrín, 9, Cuesta Caballero, en Ingenio, que dispone de una superficie de 303 metros cuadrados, para destinarlo a Oficina de Empleo.

Tercero.- El SCE y la Fundación expresan su voluntad de prorrogar la vigencia del Acuerdo citado, según lo establecido en su cláusula cuarta que establece: "El plazo de vigencia será de cuatro años contados a partir de la fecha de las firmas electrónicas de las partes, si las firmas electrónicas se hacen en fechas distintas, el convenio entrará en vigor el día de la fecha de la última firma. No obstante, en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto de vigencia se podrá acordar unánimemente su prorroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción", siendo la vigencia inicial del mismo hasta el 25 de junio de 2024, por lo que dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 49, apartado 2.º, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda, que se incorpora formando parte del Acuerdo principal.

En virtud de lo anteriormente expuesto, las partes firmantes acuerdan suscribir la presente Adenda, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Prorrogar la vigencia del Acuerdo desde el 26 de junio de 2024 hasta el 25 de junio de 2028, en virtud de la cláusula cuarta del mismo.

Segunda.- Seguirán siendo de plena aplicación todas las cláusulas contenidas en el Acuerdo de referencia.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman la presente Adenda al Convenio en las fechas indicadas en las firmas electrónicas.- La Presidenta del Servicio Canario de Empleo, Jéssica del Carmen de León Verdugo.- La Presidenta de la Fundación para la Promoción del Empleo, la Formación Profesional y el Movimiento Cooperativo, Vanesa Belén Martín Herrera.

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