DECRETO 93/2024, de 24 de junio, por el que se acuerda la ejecución del proyecto "Parque Fotovoltaico Lomo Gordo III", de 1 MW, promovido por la entidad Doctor Chil Renovables, S.L., en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, y se ordena la alteración del planeamiento afectado.

Vista la Orden n.º 50, de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, de 29 de febrero de 2024, por la que se declaran de interés general "las obras necesarias para la ejecución del Proyecto Planta Fotovoltaica Lomo Gordo III, de 1 MW" (expediente ER201017), promovido por Doctor Chil Renovables, S.L., en el municipio de San Bartolomé de Tirajana.

Resultando que el proyecto describe la implantación de una planta fotovoltaica de 1 MW de potencia nominal, constituida por 2.320 paneles fotovoltaicos de 520 Wp cada uno, y la infraestructura correspondiente para su conexión a la red eléctrica.

Considerando que, según la citada declaración de interés general, la ejecución del proyecto producirá los siguientes impactos positivos:

• La reducción del extracoste de generación en los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares, estimándose su producción en 2.255 MWh/año.

• La contribución al cumplimiento de las previsiones de la planificación energética (encontrándose lejano aún el cumplimiento del objetivo de potencia para el sistema eléctrico de Gran Canaria de 264,6 MW, respecto de la energía fotovoltaica).

• Una reducción anual de 1.956 toneladas de CO2 a la atmósfera en las centrales eléctricas de generación térmica en Canarias.

• Impulso de la economía, concretado en una inversión aproximada de 675.284 euros, generando 9 puestos de trabajo en fase de construcción y 3 en fase de explotación.

Visto que se ha evacuado el preceptivo trámite de consulta al Cabildo Insular de Gran Canaria y al Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

Visto informe del Cabildo Insular de Gran Canaria, de 17 de abril de 2024, por el que el proyecto "RESULTA DISCONFORME con el planeamiento insular, tanto con el PTEOTI/GC como con el PIOGC22 y su planeamiento de desarrollo".

Visto informe de la extinta Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, de 16 de diciembre de 2022, por el que, vistas las características y la ubicación del proyecto, "el mismo no se encuentra entre los supuestos contemplados en los anexos de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, por lo que no le es de aplicación ninguno de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental previstos en la misma".

Visto informe propuesta de la Dirección General de Energía, de 12 de mayo de 2024, según el cual "Si bien no ha sido recibido informe de contestación procedente del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana a nuestra solicitud de remisión de la Orden DIG n.º 50/2024 del Consejero de Transición Ecológica y Energía del proyecto denominado 'Planta Fotovoltaica Lomo Gordo III, de 1 MW', sí se dispone del informe sobre autorización administrativa y declaración de utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica Lomo Gordo III, de fecha 30/11/2020", resultando de este último informe municipal, en lo que aquí interesa, que la instalación de plantas de generación de energía fotovoltaica se trata de "un uso no previsto por el planeamiento urbanístico, PGOU'96".

Considerando, por tanto, que existen razones justificadas de excepcional interés que aconsejan la ejecución de la obra proyectada, de conformidad con el artículo 6 bis, apartado 1, de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, de regulación del Sector Eléctrico Canario.

Considerando que el apartado 2 del citado artículo especifica que los proyectos de construcción, modificación y ampliación de las instalaciones declaradas de interés general a las cuales se refiere el apartado anterior, se someterán a un régimen especial de autorización y no estarán sujetos a licencia urbanística ordinaria o a cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular.

Considerando que, de acuerdo con el apartado 6 de dicho artículo, en caso de detectarse disconformidad con el planeamiento, inexistencia de este, o ausencia de ordenación concreta aplicable al proyecto, se elevará dicho proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución y, en el primer caso, precisará los términos de la ejecución y ordenará a la Administración competente la adaptación del planeamiento correspondiente con ocasión de la primera modificación sustancial del mismo.

Considerando que el apartado 7 del artículo 6 bis especifica que el acuerdo favorable del Gobierno de Canarias legitimará por sí mismo la ejecución de los actos de construcción, edificación y uso del suelo incluidos en los correspondientes proyectos de instalaciones de generación, transporte y distribución, sin necesidad de ningún otro instrumento de planificación territorial o urbanística, y tendrá el carácter de autorización especial equivalente a la licencia urbanística municipal.

Considerando que, de conformidad con el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los actos administrativos podrán ser objeto de publicación cuando así lo aconsejen razones de interés público. En el presente caso, esas razones vienen dadas por la afección que tiene el artículo 6 bis de la Ley 11/1997, de 2 de diciembre, sobre los planes territoriales o urbanísticos, que son disposiciones de carácter general y que, a su vez, también se publican en los diarios oficiales correspondientes.

En su virtud, y de conformidad con las disposiciones de general aplicación, a propuesta del Consejero de Transición Ecológica y Energía, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 24 de junio de 2024,

RESUELVO:

Primero.- Acordar la ejecución del proyecto "Parque Fotovoltaico Lomo Gordo III", de 1 MW, promovido por la entidad Doctor Chil Renovables, S.L., en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, conforme a la documentación obrante en la Consejería de Transición Ecológica y Energía.

Segundo.- Ordenar paralelamente la iniciación del procedimiento de modificación del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, así como del Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana, con ocasión de la primera modificación sustancial de los mismos, respecto de todas aquellas determinaciones que resulten necesarias para la ejecución del proyecto objeto del presente Decreto.

Tercero.- Publicar el presente Decreto en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de Canarias en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el primero o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 24 de junio de 2024.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

EL CONSEJERO DE TRANSICIÓN
ECOLÓGICA Y ENERGÍA,
Mariano Hernández Zapata.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
298881 {"title":"DECRETO 93\/2024, de 24 de junio, por el que se acuerda la ejecución del proyecto \"Parque Fotovoltaico Lomo Gordo III\", de 1 MW, promovido por la entidad Doctor Chil Renovables, S.L., en el municipio de San Bartolomé de Tirajana, y se ordena la alteración del planeamiento afectado.","published_date":"2024-07-02","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"298881"} canarias BOC,BOC nº 2024-128,Consejería de Transición Ecológica y Energía,Oposiciones y concursos,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-07-02/298881-decreto-93-2024-24-junio-se-acuerda-ejecucion-proyecto-parque-fotovoltaico-lomo-gordo-iii-1-mw-promovido-entidad-doctor-chil-renovables-s-l-municipio-san-bartolome-tirajana-se-ordena-alteracion-planeamiento-afectado https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.