Instituto Canario de Administración Pública.- Resolución de 24 de junio de 2024, de la Directora, por la que se convoca la actividad formativa "Desarrollo Individualizado de Competencias Directivas (Mentorizados)" incluida en el Programa de Gestión del Conocimiento (Mentor), prevista en el Plan de Formación para 2024, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018.

El Plan de Formación para el 2024 del Instituto Canario de Administración Pública, en adelante ICAP, aprobado por su Consejo de Administración y posteriormente por la Comisión de Formación para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Canarias, en sesiones celebradas el 22 de febrero de 2024, incluye el Programa de Gestión del Conocimiento (MENTOR), cuya finalidad es que la experiencia, formación y conocimiento de unas personas se pone al servicio de otras para que la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mejore, contribuyendo en la prestación de un servicio de mayor calidad a la ciudadanía.

Desde su puesta en marcha en 2016, los resultados obtenidos durante estos años han sido muy satisfactorios para las personas que han participado en este Programa y para la Organización. Por ello, durante el ejercicio 2024 está prevista la celebración de varias actividades formativas con las que el ICAP pretende consolidar y seguir con el proceso de mejora continua de las competencias y cualificaciones de las personas que ejercen funciones directivas.

Una de las actividades y objeto de esta convocatoria es "Desarrollo individualizado de competencias directivas (Mentorizados)", cuyo calendario abarcará desde septiembre de 2024 hasta enero de 2025.

Esta formación se basa en el proceso de mentoría, entendido como el proceso mediante el que una persona (mentora), con más experiencia, escucha, facilita, orienta, acompaña y ayuda a otra (mentorizada/asesorada) en su desarrollo personal y profesional, invirtiendo tiempo y transmitiendo sus experiencias y conocimientos. Es una relación de apoyo en la que dos se ayudan, de manera que la persona que ejerce de mentora impulsa el desarrollo profesional de la persona asesorada, para que disponga de nuevas perspectivas, enriquezca su forma de pensar y desarrolle su potencial como persona y como profesional responsable de un equipo, obteniendo mejores resultados en el ámbito laboral.

La persona mentorizada recibirá formación por un total de 18 horas lectivas y contará con una persona mentora que le ayudará a mejorar sus habilidades directivas, una atención y una experiencia completamente individualizada que responderá a sus necesidades. Se mantiene una relación basada en la confianza mutua y la confidencialidad, que se concreta en reuniones periódicas que se planifican de mutuo acuerdo y en los horarios que ambas personas determinen, además de mantener contacto por otros medios no presenciales.

Esta actividad se convoca con carácter regional y se organiza con participantes de ambas provincias.

Por lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública (BOC n.º 3, de 7.1.2015),

RESUELVO:

Único.- Convocar la actividad formativa "Desarrollo individualizado de competencias directivas (Mentorizados)", con las características establecidas en el anexo a esta Resolución, de acuerdo a las siguientes

BASES

Primera.- Personal destinatario y requisitos del alumnado propuesto.

Podrán participar en la actividad formativa relacionada en el anexo, el personal empleado público al servicio de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos y demás entidades del sector público institucional que conste en las relaciones de puestos de trabajo, perteneciente a cualquiera de los Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, de los Subgrupos A1 y A2 y laboral equivalente, que ocupen puestos de Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva (subdirecciones, direcciones de área, directores de centros, etc.) o Jefaturas de Sección y siempre que tengan equipos de trabajo a su cargo.

Queda excluido del ámbito de aplicación de la presente convocatoria el personal docente no universitario que preste sus servicios en instituciones educativas y el personal estatutario sanitario que preste sus servicios en instituciones de asistencia sanitaria adscritos al Servicio Canario de la Salud.

Segunda.- Base de datos de alumnado del ICAP y formulario para el alta o modificación de datos.

1.- Para que el personal empleado público sea propuesto en las actividades formativas, deberá constar en la base de datos de alumnado del ICAP.

2.- Si el empleado público no pudiera ser propuesto porque no constara en la base de datos de este Instituto, el personal Coordinador del departamento correspondiente deberá tramitar el formulario de alta/modificación de datos que se encuentra disponible al efecto en el portal web del ICAP en el apartado "Temas-alumnado" y enviarlo a la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org.

3.- El plazo para el envío del formulario de comunicación de datos será hasta el día 15 de julio de 2024, inclusive.

Tercera.- Gestión de la propuesta de alumnado por el personal Coordinador.

1.- Las personas participantes en la acción formativa serán propuestas por los titulares de las secretarías generales técnicas o de los órganos asimilados de los organismos autónomos, y demás entes públicos designados previamente por este Instituto como área funcional habilitada por el ICAP para la propuesta de alumnado.

En cada área funcional existe la figura del personal Coordinador para la interlocución del área con el ICAP y responsable de la gestión de la propuesta del alumnado.

2.- La gestión de la relación del alumnado propuesto se realiza exclusivamente mediante el aplicativo de gestión de formación que este Instituto tiene habilitado para tal fin.

Se remitirá una única propuesta de alumnado para la actividad formativa.

3.- El personal Coordinador gestionará la propuesta de alumnado de manera que la relación de alumnado estará priorizada.

Tendrá preferencia el personal con menor antigüedad en la Administración y el que ocupe Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva.

4.- En la relación de las personas propuestas deberá tenerse en cuenta:

- Los requisitos exigidos para la actividad formativa, definidos en el campo destinatarios del anexo, la adecuación del puesto desempeñado a los contenidos de la acción formativa y el interés objetivo de la organización administrativa en la participación de las personas en la actividad.

- De acuerdo con los artículos 49 y 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, con objeto de actualizar los conocimientos de los empleados y empleadas públicas, podrán participar las empleadas y empleados durante los permisos por parto, adopción o acogimiento, así como durante la situación de excedencia por cuidado de familiares (BOE n.º 261, de 31 de octubre).

- De acuerdo con el artículo 60.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (BOE n.º 71, de 23 de marzo), se reservará al menos un 40 por 100 de las plazas en los cursos de formación para su adjudicación a mujeres que reúnan los requisitos establecidos, salvo que el número de solicitudes de mujeres sea insuficiente para cubrir ese porcentaje.

- Tendrán preferencia en el orden de la propuesta de alumnado las personas discapacitadas siempre que se cumplan los requisitos establecidos para esa acción formativa en particular, de acuerdo con el artículo 14.5 del Decreto 8/2011, de 27 de enero (BOC n.º 40, de 24 de febrero), con el fin de facilitar la formación y promoción profesional del personal empleado público con discapacidad. Tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

- Si la persona discapacitada propuesta por el área funcional requiere adaptaciones para llevar a cabo la actividad formativa, el personal Coordinador deberá comunicarlas a través de la dirección de correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org en el momento de enviar la propuesta de alumnado al ICAP.

Cuarta.- Remisión de propuestas de alumnado.

1.- El plazo para el envío de las propuestas de alumnado de las actividades formativas será el día 26 de julio de 2024, inclusive.

Las propuestas de alumnado serán remitidas en tiempo y forma, no siendo posible la propuesta de alumnado fuera del plazo establecido o por otra vía distinta al aplicativo a que se refiere la base anterior.

Quinta.- Selección de participantes.

Recibidas las propuestas, en tiempo y forma, el ICAP seleccionará a las personas en atención a lo expuesto en las bases primera y tercera, así contemplado en el anexo:

Personal funcionario de los Subgrupos A1 y A2 y personal laboral equivalente que ocupen puestos de Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva (subdirecciones, direcciones de área, directores de centros, etc.) o Jefaturas de Sección y siempre que tengan equipos de trabajo a su cargo. Tendrá preferencia el personal con menor antigüedad en la Administración y el que ocupe Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva.

Se asignará a su vez un orden de prelación entre los departamentos según el organigrama del Gobierno de Canarias, de manera que todas las personas propuestas se ordenan por este orden, comenzando la selección a partir de Presidencia de Gobierno (para garantizar la concurrencia del personal de todos los departamentos, el ICAP seleccionará en último lugar y por el siguiente orden al personal propuesto de las áreas funcionales siguientes: Agencia Canaria de Protección del Medio Natural, Instituto Canario de la Vivienda e Instituto Canario de Igualdad).

Quienes hayan obtenido un certificado en la misma actividad formativa en los últimos tres (3) años, no tendrán preferencia en la selección.

Sexta.- Comunicados y obligación del alumnado de confirmar su participación.

1.- A las personas seleccionadas se les comunicarán en la dirección de correo electrónico corporativo la fecha, el horario, el lugar de celebración, el certificado que pudiera obtenerse y cualquier otra información de interés, procurando que esta comunicación tenga lugar con una antelación mínima de seis (6) días naturales respecto del inicio de la actividad formativa.

2.- Las personas seleccionadas deberán aceptar o rechazar su participación en la forma y plazo que se indica en el correo de comunicación y tendrán la condición de persona admitida quienes así acepten su participación.

No serán atendidas las aceptaciones y rechazos que tengan entrada en distinta forma y plazo o las comunicaciones que pretendan justificar la ausencia de respuesta dentro del plazo previsto para la aceptación.

3.- La aceptación implica exclusivamente su admisión en la edición en la que el ICAP le ha comunicado su selección, así como su vinculación a las bases de la presente convocatoria.

4.- Si el alumnado hubiese aceptado su participación y tuviese conocimiento de que no puede participar cuando la actividad aún no se ha iniciado, deberá comunicarlo con carácter inmediato al ICAP a través del correo electrónico cursos.formacion@gobiernodecanarias.org, y justificarlo a su Secretaría General Técnica u órgano asimilado.

5.- Se entenderán desestimadas las propuestas de aquellas personas que no hayan recibido un comunicado del ICAP.

6.- En la Secretaría Virtual del portal web del ICAP podrá observar el alumnado propuesto su admisión y los datos de la acción formativa.

7.- El personal Coordinador podrá observar en el aplicativo de gestión de la formación el resultado de los comunicados enviados al personal seleccionado con plaza.

Séptima.- Modalidad de formación.

En el anexo de la presente Resolución se contempla específicamente la modalidad de formación de la actividad convocada:

- Modalidad presencial (P): tiene lugar cuando el alumnado y el profesorado interactúan coincidiendo en el espacio y en el tiempo, celebrándose en el aula.

La programación de la actividad detallada en el anexo prevé formación presencial en horario laboral que alterna entre las islas de Gran Canaria y Tenerife.

Octava.- Condiciones de asistencia y participación.

La asistencia y participación en la actividad formativa, una vez confirmada por las personas seleccionadas, es obligatoria.

No serán atendidas circunstancias que pretendan justificar la inasistencia o ausencia de participación.

Las sesiones conjuntas de esta actividad formativa son de carácter regional, por lo que el
lugar de celebración se irá alternando en ambas provincias.

Novena.- Tipo de certificado y requisitos para su obtención.

1.- En esta actividad formativa se otorgará certificado de aprovechamiento.

Se otorgará el certificado de aprovechamiento al alumnado que obtenga una evaluación positiva basada en su labor de mentoría y en la valoración de las reuniones que haya realizado con su mentorizado/a.

2.- Los certificados en formato electrónico se encuentran disponibles en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP.

Una vez esté disponible el certificado electrónico correspondiente de una actividad formativa en la Secretaría Virtual del portal web del ICAP, el alumnado será informado por correo electrónico de ese extremo y del procedimiento establecido para su descarga.

Décima.- Comunicación del ICAP para la inscripción de certificados en el Registro de Personal.

Emitidos los certificados correspondientes de la presente convocatoria, el ICAP dará traslado del conjunto de los certificados a la Dirección General de la Función Pública para que proceda a su anotación definitiva en el Registro de Personal y, en consecuencia, a la actualización de la formación en la vida administrativa del personal empleado público.

Decimoprimera.- Vinculación de personas docentes.

Quedan vinculadas a lo dispuesto en la presente convocatoria las personas físicas y jurídicas que presten la docencia en las actividades formativas objeto de la misma.

Decimosegunda.- Cláusula de modificación.

Las actividad formativa se desarrolla con la duración y en las fechas señaladas.

La persona titular del ICAP podrá ampliar y suspender la actividad formativa, modificar las bases de la convocatoria, fechas, duración, modalidad, códigos de la actividad, lugar de celebración, número de plazas de la misma, tipo de certificado y destinatarios cuando circunstancias suficientemente justificadas así lo aconsejen y condicionado a la disponibilidad de crédito suficiente, notificándose a las personas admitidas.

Asimismo, se podrá suspender la realización de la actividad formativa convocada cuando sea necesario por motivos técnicos, resulte insuficiente el número de alumnado propuesto o no se confirme una aceptación de al menos el 80 por ciento de las plazas ofertadas.

Podrán realizarse, en el presente año, nuevas ediciones de la actividad formativa convocada cuando el número de personas propuestas u otras circunstancias así lo justifiquen, condicionado a la disponibilidad de crédito suficiente.

Decimotercera.- Derechos de inscripción y financiación.

La actividad formativa que se convoca por la presente Resolución es de carácter gratuito al estar financiada íntegramente por los Fondos del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 9 de marzo de 2018. Los gastos que genere esta actividad se harán con cargo a la partida 43.01.921G.229.99.00 Otros gastos corrientes no tipificados. Esta convocatoria queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a los gastos que de ella se deriven.

Decimocuarta.- Protección de datos.

La inscripción en la presente convocatoria implica el consentimiento de las personas participantes a ceder los datos estrictamente necesarios a los responsables de formación para que gestionen las acciones formativas, con la única finalidad de establecer la comunicación necesaria para la correcta realización de la actividad formativa convocada.

La supresión de la cesión de datos implica la imposibilidad de realizar las actividades formativas y, por tanto, de continuar con la formación y de certificar la participación.

Decimoquinta.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Jurisdicción de lo Contencioso-administrativa a interponer en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio del potestativo recurso de reposición ante el Instituto Canario de Administración Pública en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de junio de 2024.- La Directora, María del Pino de León Hernández.

ANEXO

DESARROLLO INDIVIDUALIZADO DE COMPETENCIAS DIRECTIVAS (MENTORIZADOS)

Ediciones: 1 regional.

Código de la actividad formativa: R.P.242.AB.24.HOR.

Modalidad: presencial.

Tipo de certificado: aprovechamiento.

Plazas por edición: 15.

Personal destinatario y requisitos del alumnado propuesto:

Personal funcionario de los Subgrupos A1 y A2 y personal laboral equivalente que ocupen puestos de Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva (subdirecciones, direcciones de área, directores de centros, etc.) o Jefaturas de Sección y siempre que tengan equipos de trabajo a su cargo

Tendrá preferencia el personal con menor antigüedad en la Administración y el que ocupe Jefatura de Servicio u otros de similar responsabilidad directiva.

Objetivos de la actividad:

- Identificar las competencias de la inteligencia emocional.

- Distinguir fortalezas y áreas de mejora en sus competencias.

- Diseñar un plan de mejora.

Duración: 18 horas lectivas.

Calendario y lugar de celebración:

• Sesión inicial conjunta: 24 de septiembre de 2024, de 9:00 a 14:00 horas, en Las Palmas de Gran Canaria.

• Formación para Mentorizados: 7 de octubre de 2024, de 8:30 a 15:30 horas, en Las Palmas de Gran Canaria.

• Sesión final conjunta: 28 de enero de 2025, de 9:00 a 15:00 horas, en Santa Cruz de Tenerife.

Proceso de formación:

La metodología de esta actividad formativa no responde a la idea de curso, taller, seminario, etc. Se trata de contar con un compañero/a de la Administración con experiencia directiva, que ofrecerá a la persona mentorizada un asesoramiento personalizado y acompañará en el proceso de mejora personal y profesional como responsable de un equipo. Se complementa con actividades formativas (16 horas lectivas) en forma de sesiones conjuntas, en los que todos los participantes, tanto mentores como mentorizados, acuden conjuntamente.

El proceso, que se desarrollará entre los meses de septiembre de 2024 y enero de 2025, comprende:

- 2 sesiones conjuntas entre mentores y mentorizados (11 horas lectivas):

La primera sesión conjunta (5 horas), tiene como objetivos los siguientes: obtener una visión común sobre el proceso de mentoring: concepto y fases; gestionar las expectativas de los participantes; clarificar el rol del mentor y del mentorizado; comunicar el calendario de sesiones y establecer un primer vínculo entre los mentores y mentorizados.

En la sesión final conjunta, al finalizar el proceso (6 horas), que tendrá también carácter formativo, durante la que se llevará a cabo la puesta en común de experiencias y evaluación del programa, se pretende analizar tanto el proceso de mentoring, como los valores y competencias que se han dado a lo largo del proceso, establecer mecanismos para la mejora de las barreras encontradas, impulsar los nuevos planes de acción y reforzar la relación entre las personas asesoradas y las mentoras.

- 1 sesión de formación para Mentorizados, con los contenidos del Programa (7 horas).

- 6 reuniones presenciales entre la persona mentorizada y la persona mentora asignada, cuyo calendario se planificará de mutuo acuerdo y en los horarios que ambas personas determinen, además de mantener contacto por otros medios no presenciales.

Estas reuniones suponen una atención individualizada, que responderá a las necesidades reales de la persona asesorada para desarrollar todo el potencial como profesional responsable de un equipo y que le ofrecerá la persona mentora, compartiendo su conocimiento y experiencia. Se elaborará un plan de acción basado en las áreas de mejora que quiere trabajar, en función de sus necesidades y disponibilidad.

La actividad formativa tiene carácter regional y todo el alumnado deberá asistir al lugar de celebración, que alternará entre Gran Canaria y Tenerife.

Programa:

- Concepto de competencia.

- Modelo de Competencias de la Inteligencia Emocional.

- Habilidades intrapersonales.

- Habilidades interpersonales.

- Elementos de un Plan de Desarrollo Individual.

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