Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Presidenta, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones con cargo al programa de incentivos a la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas incluidas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil denominado "Programa de incentivos al empleo joven-Incentívate", correspondiente al ejercicio 2024-2025.

BDNS (Identif.): 769636.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769636).

Primero.- Entidades beneficiarias.

Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones las personas que acrediten los requisitos contemplados en las bases reguladoras del programa y más concretamente en su base segunda.

Segundo.- Objeto.

Siempre que se cumplan los requisitos exigidos, serán subvencionables los contratos laborales que, reuniendo los condicionantes establecidos en las bases reguladoras, se suscriban en el periodo comprendido desde el 1 de abril de 2024 a 31 de marzo de 2025, ambos inclusive, periodo que se corresponde con la "vigencia total" de la presente convocatoria.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 9 de junio de 2021, de la Consejera de Economía, Conocimiento y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a la contratación laboral de personas jóvenes desempleadas incluidas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil denominado "Programa de incentivos al empleo joven-Incentívate", en el ámbito del Fondo Social Europeo (BOC n.º 127, de 22.6.2021), que ha sido modificada mediante las Órdenes n.º 102/2022, de 10 de mayo de 2022 (BOC n.º 99, de 20.5.2022) y n.º 142/2023, de 24 de mayo de 2023 (BOC n.º 109, de 7.6.2023).

Cuarto.- Cuantía.

1. Se aprueba la convocatoria para el año 2024-2025 del programa de incentivos a la contratación denominado "Programa de incentivos al empleo joven-Incentívate", cuya financiación correrá a cargo del crédito consignado en las siguientes aplicaciones presupuestarias del estado de gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo:

2024: 5001 2024 241.H 470.02.00 50400037 denominada "Oportunidades de Empleo" por importe que asciende a doscientos veinte mil (220.000,00) euros.

2025: 5001 2025 241.H 470.02.00 50400037 denominada "Oportunidades de Empleo" por importe que asciende a ochenta mil (80.000,00) euros.

No obstante, a lo anterior, si bien la determinación final del importe la financiación de las actuaciones correspondiente al ejercicio 2025 quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de dicho ejercicio.

2. En cumplimiento de la prevención contenida en el artículo 14.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se procede a la aprobación del gasto vinculado a la presente convocatoria.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

Para presentar las correspondientes solicitudes, los interesados dispondrán de los siguientes plazos:

Periodo primero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de abril de 2024 a agosto de 2025. Fecha de inicio: desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la BDNS. Fecha fin: 16 de septiembre de 2024.

Periodo segundo. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de septiembre y octubre de 2024. Fecha de inicio: 17 de septiembre de 2024. Fecha fin: 11 de noviembre de 2024.

Periodo tercero. Para los compromisos de contratación que se asuman, o contratos celebrados, en los meses de noviembre y diciembre de 2024; así como los meses de enero, febrero y marzo de 2025. Fecha de inicio:12 de noviembre de 2024. Fecha fin:16 de abril de 2025.

Sexto.- Régimen de presentación de solicitudes de subvención, y puesta a disposición de modelos y anexos.

1. Las solicitudes de subvención Incentívate deberán ser presentadas inexcusablemente a través del procedimiento electrónico habilitado a tales efectos en la sede electrónica del SCE que a continuación se indica y localizable a través del buscador de subvenciones desde la página web del Servicio Canario de Empleo https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/procedimientos_servicios/tramites/4823

Igualmente, las referidas solicitudes de subvención deberán responder al modelo documental normalizado y publicado en el referido procedimiento, y venir acompañadas de la Declaración Responsable de la persona solicitante que, igualmente, se encuentra publicada en el mismo, así como de la documentación y requisitos exigidos en la base reguladora décima de la Orden de la extinta Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo n.º 249/2021, de fecha 9 de junio de 2021, según modificación operada por la Orden del mismo órgano de fecha 10 de mayo de 2022 y 24 de mayo de 2023, ambas citadas. La presentación de la solicitud de subvención por cauce electrónico distinto al expuesto dará lugar a la denegación de la misma.

2. En el supuesto de que la solicitud no sea presentada por medios electrónicos, estando obligado a ello, se requerirá a la entidad interesada en orden a que subsane tal omisión, advirtiendo que la fecha de presentación de la solicitud de subvención será la fecha en que sea presentada electrónicamente, según lo dispuesto en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siempre que ello aún fuera posible por no haber expirado el plazo de solicitudes establecido en el respectivo periodo.

3. Dado el carácter del programa, la documentación que deban aportar todas las entidades solicitantes y las entidades beneficiarias, como consecuencia de la subsanación de la solicitud, del seguimiento y justificación de la misma, deberá presentarse inexcusablemente a través del expediente correspondiente en su área personal.

Las Palmas de Gran Canaria, a 13 de junio de 2024.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.

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