Secretaría General Técnica.- Resolución de 18 de junio de 2024, por la que se convoca, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo n.º 12998510, denominado Puesto Singularizado, adscrito a la Unidad de Apoyo de la Unidad Administrativa Provisional "Proyectos del Instrumento Europeo NGEU" de esta Consejería.

Vista la necesidad de cubrir determinado puesto de trabajo y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 14 de julio de 2023, se aprueba la modificación de la estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de conformidad con lo previsto en el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) para la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU» de dicha Consejería. En dicha Unidad Administrativa figura el puesto de trabajo n.º 12998510, denominado "Puesto singularizado", que se detalla en el Anexo I.

Segundo.- Con fecha de 2 de febrero de 2024, se suscribe, por el titular del Departamento, propuesta de modificación del IPE, al objeto de establecer, entre otras cuestiones, que la forma de provisión de la plaza n.º 12998510, denominada "Puesto singularizado", será la libre designación y la administración de procedencia indistinta.

Tercero.- El citado puesto de trabajo se encuentra vacante, sin reserva legal y con dotación presupuestaria, quedando oportunamente acreditado en el expediente administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.4 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 78 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, así como el Capítulo III, artículos 17 al 23, del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, facultan la provisión de puestos de trabajo mediante la correspondiente convocatoria pública, así como el procedimiento de libre designación.

Segunda.- Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 9 de diciembre de 2019, se acuerda delegar, en las personas titulares de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno y de las Secretarías Generales Técnicas Departamentales, el ejercicio de la competencia de la Dirección General de la Función Pública, prevista en el artículo 68.1.e) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, aprobado por Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, para convocar los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, mediante libre designación, de los puestos de trabajo de sus correspondientes Departamentos, así como de los Organismos Públicos y Entidades de Derecho Público adscritos a los mismos, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercera.- Asimismo, dicha Resolución delega en los mismos órganos citados en la consideración jurídica anterior la competencia prevista en el artículo 20 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, respecto de la emisión del informe relativo al cumplimiento por parte de las personas participantes en la convocatoria de los requisitos exigidos para la provisión del puesto convocado, salvo que a la convocatoria concurran y participen en ella personas funcionarias de carrera pertenecientes a otra Administración, en cuyo caso el informe corresponderá a la Dirección General de la Función Pública y comprenderá la determinación de la equivalencia a que se refiere el artículo 31.1, segundo párrafo, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Cuarta.- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone, en su artículo 39, que "los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se dicten, salvo que en ellos se disponga otra cosa", así como que "la eficacia quedará demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación o aprobación superior".

En su virtud,

RESUELVO:

Anunciar convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo n.º 12998510, denominado "Puesto singularizado", adscrito a la Unidad de Apoyo de la Unidad Administrativa Provisional "Proyectos del Instrumento Europeo NGEU", que se efectuará de acuerdo con las bases que se insertan a continuación:

Primera.- El puesto de trabajo a proveer, mediante el procedimiento de libre designación, es el que figura relacionado en el Anexo I de esta Resolución.

Segunda.- Podrá participar el personal funcionario de carrera que reúna los requisitos exigidos para su desempeño, según la vigente Orden conjunta de 14 de julio de 2023, que se especifican en dicho Anexo I.

En cuanto al requisito de pertenencia al Cuerpo/Escala de la Administración Pública Canaria al que figura adscrito el puesto anunciado, se considerará que, a los únicos efectos de esta convocatoria, lo cumple el personal funcionario que pertenezca al citado Cuerpo/Escala y reúna los requisitos de titulación y demás que señala la Disposición Transitoria Primera de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

Tercera.- Las solicitudes para participar en el procedimiento de provisión, ajustadas al modelo que se inserta como Anexo II, se dirigirán a esta Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, sita en Avenida Buenos Aires, n.º 5, Edificio Tres de Mayo, planta sexta, Santa Cruz de Tenerife, y deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en la forma y lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarta.- Además de los datos previstos en el indicado modelo del Anexo II, las personas aspirantes harán constar en la solicitud su curriculum vitae en el que figuren, debidamente acreditados, el Cuerpo/Escala de pertenencia, Grupo/Subgrupo de clasificación, titulación académica, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados y cuantos otros méritos estimen oportuno poner de manifiesto en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado, acompañando documentación acreditativa de las circunstancias y méritos.

El personal funcionario procedente de una Administración Pública distinta a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, asimismo, deberá acreditar documentalmente la convocatoria de las pruebas de acceso para el ingreso en el Cuerpo, Escala y/o Especialidad desde el que participa, así como el programa del temario exigido para el ingreso, en el caso de no incluirse en la misma, publicado en el correspondiente Diario Oficial.

Quinta.- Esta Secretaría General Técnica, transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, examinará todas las presentadas y emitirá el informe relativo al cumplimiento por los aspirantes a la ocupación del puesto de los requisitos exigidos para su desempeño. Si en la convocatoria concurriesen o participasen personas funcionarias de carrera pertenecientes a otra Administración, el informe corresponderá a la Dirección General de la Función Pública en los términos dispuestos en la Resolución del mismo Centro Directivo de 9 de diciembre de 2019, por la que se acuerda la delegación de competencias en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo mediante libre designación.

Sexta.- La eficacia de la presente convocatoria queda supeditada a la modificación de la referida Orden conjunta de 14 de julio de 2023 en el sentido dispuesto por la propuesta de IPE de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes suscrita por el titular del Departamento con fecha de 2 de febrero de 2024.

Séptima.- Se declarará desierta la convocatoria cuando no concurra personal funcionario o, de concurrir, no reúna los requisitos establecidos en la misma.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante esta Secretaría General Técnica, en el plazo de un mes, conforme disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudieran interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de junio de 2024.- El Secretario General Técnico (p.d. Resolución de 9.12.2019, de la Dirección General de la Función Pública), Manuel Peinado Bosch.

ANEXO I

CENTRO DIRECTIVO: Unidad Administrativa Provisional "Proyectos del Instrumento Europeo NGEU".

UNIDAD: Unidad de Apoyo.

NÚMERO DEL PUESTO: 12998510.

DENOMINACIÓN DEL PUESTO: Puesto Singularizado.

FUNCIONES: asesoramiento técnico jurídico.

NIVEL: 28.

PUNTOS COMPLEMENTO ESPECÍFICO: 75.

VÍNCULO: funcionario de carrera.

ADMINISTRACIÓN DE PROCEDENCIA: indistinta.

GRUPO/SUBGRUPO: A/A1.

ADSCRIPCIÓN CUERPO/ESCALA: A112 (Cuerpo Superior de Administradores/Escala de Financieros y Tributarios )/A111 (Cuerpo Superior de Administradores/Escala Administradores Generales).

JORNADA: normal.

LOCALIZACIÓN: Santa Cruz de Tenerife/Las Palmas de Gran Canaria.

ANEXO II

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