ORDEN de 31 de mayo de 2024, por la que se delega en la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias la competencia para convocar y conceder subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el ámbito de la atención social a personas en situación de vulnerabilidad debido a los factores de salud: adicciones y VIH.

La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias está tramitando el establecimiento de las bases reguladoras de vigencia indefinida, que han de regir en la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria.

Conforme a lo previsto en las bases reguladoras que se proponen, las subvenciones están destinadas a la realización de actividades de interés general para el territorio de Canarias, atendiendo a criterios de innovación, impacto poblacional y/o alcance territorial y complementariedad con los servicios públicos. Irán destinadas a cubrir necesidades específicas de atención social dirigidas a las personas en situación de pobreza y exclusión social o que se encuentren en otras situaciones de especial vulnerabilidad, teniendo en cuenta la perspectiva de género, considerándose las siguientes líneas de subvención:

• Línea 1. Promoción de la inclusión social.

• Línea 2. Mejora de la calidad de vida de las personas mayores.

• Línea 3. Atención a las personas inmigrantes.

• Línea 4. Pueblo Gitano.

• Línea 5. Promoción de la participación y el voluntariado.

• Línea 6. Promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.

• Línea 7. Apoyo a la inclusión social de las personas con discapacidad.

• Línea 8. Infancia y familia.

• Línea 9. Juventud.

• Línea 10. Diversidad.

• Línea 11. Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género.

• Línea 12. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: personas con adicciones.

• Línea 13. Atención social a personas en situación de especial vulnerabilidad debido a factores de salud: personas con VIH.

• Línea 14. Inversión.

Para cada línea de subvención, se han definido los programas y proyectos subvencionables.

En atención al principio constitucional previsto en el artículo 31.2 y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Visto que conforme al artículo 7 del Decreto 5/2016, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Sanidad, corresponde a la persona titular de la Consejería de Sanidad la competencia para "conceder las subvenciones y firmar los contratos, convenios y conciertos con entidades privadas e instituciones en el campo de las drogodependencias" .

Visto que compete a la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias la coordinación de las acciones y programas relativos a las políticas de servicios sociales, tanto del sector público como del sector privado, integrando y unificando los recursos sociales a fin de evitar duplicidad de los servicios, además de la elaboración y aprobación de programas, actuaciones y servicios, coordinados con las áreas relacionadas con políticas sociales, orientados a un mejor aprovechamiento de los recursos, de acuerdo con su Reglamento Orgánico [artículo. 6.1.b) y c)], aprobado por Decreto 446/2023, de 27 de diciembre.

Visto que, según se establece en las bases reguladoras de vigencia indefinida, corresponde a la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias dictar la resolución que ponga fin al procedimiento de concesión de subvenciones, y vistas las competencias citadas de la Consejería de Sanidad, procede, por las razones expuestas, delegar en la persona titular del Departamento la competencia para convocar y conceder las referidas subvenciones, en el ámbito de la atención social a personas en situación de vulnerabilidad debido a los factores de salud: adicciones y VIH.

En su virtud, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias las competencias para convocar y conceder las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria, en las áreas de atención social a personas en situación de vulnerabilidad debido a los factores de salud: adicciones y VIH, exceptuándose de esta delegación la competencia para declarar la justificación, total o parcial, de las subvenciones que se concedan con cargo a las oportunas convocatorias y, en su caso, la de incoación, instrucción y resolución de los procedimientos de reintegro y sancionadores que procedan, y del recurso potestativo de reposición que pueda interponerse contra la resolución que ponga fin a los mismos.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- La presente Orden surtirá efectos a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de mayo de 2024.

LA CONSEJERA
DE SANIDAD,
Esther María Monzón Monzón.

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