ORDEN de 26 de abril de 2024, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2022/2024, relativo al ejercicio económico 2024.

Vistas las propuestas elaboradas por la titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad y del Viceconsejero de Bienestar Social, así como de la persona titular de la Dirección General de Dependencia, de Discapacidad, de Servicios Sociales e Inmigración, de Diversidad, de Juventud, de Protección a la Infancia y las Familias, de Mayores y Participación Activa y de la Secretaría General Técnica del Departamento, relativas a la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones 2022/2024, para el ejercicio 2024, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Orden de la titular de la entonces Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud n.º 209, de 15 de marzo de 2022, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de dicho Departamento para los ejercicios 2022/2024 (BOC n.º 61, de 28.3.2022). Posteriormente se procedió a la correspondiente actualización, recogida en la Orden n.º 614, de 23 mayo de 2023, y sus posteriores modificaciones mediante Órdenes departamentales n.º 964, de 11 de agosto de 2023 (BOC n.º 168, de 25.8.2023), y n.º 1141, de 22 de septiembre de 2023 (BOC n.º 197, de 5.10.2023).

Segundo.- En el presente ejercicio económico, por parte de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, se ha interesado, a los titulares de los centros directivos, la elaboración de una propuesta relativa a la actualización del contenido de dicho Plan Estratégico referido al ejercicio 2024.

Tercero.- Constan las propuestas de la persona titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad y del Viceconsejero de Bienestar Social, así como de la Dirección General de Dependencia, de Discapacidad, de Servicios Sociales e Inmigración, de Diversidad, de Juventud, de Protección a la Infancia y las Familias, de Mayores y Participación Activa y de la Secretaría General Técnica del Departamento sobre dicha actualización.

Cuarto.- Se aportan al expediente los preceptivos informes emitidos por la Oficina Presupuestaria de la Secretaría General Técnica del Departamento, de fecha 17 de abril de 2024, así como también de la Dirección General de Planificación y Presupuesto de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, del siguiente 26 de abril, sobre la citada actualización del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En atención a la obligación establecida en el artículo 8.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, anualmente se realizará la actualización de los planes estratégicos de subvenciones, de acuerdo con la información relevante disponible.

Segundo.- Por la persona titular de la Viceconsejería de Igualdad y Diversidad y del Viceconsejero de Bienestar Social, así como de la Dirección General de Dependencia, de Discapacidad, de Servicios Sociales e Inmigración, de Diversidad, de Juventud, de Protección a la Infancia y las Familias, de Mayores y Participación Activa y de la Secretaría General Técnica del Departamento, se ha procedido a confeccionar las oportunas propuestas y/o anexos relativos a la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones, referido al presente ejercicio presupuestario, tomando como base las disponibilidades de crédito correspondientes a los programas presupuestarios contemplados en la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, y concretando, por áreas competenciales, los objetivos estratégicos que se pretenden lograr con el establecimiento de líneas de subvenciones.

Tercero.- De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, letra m), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC n.º 96, de 1.8.1990); el Decreto 446/2023, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias (BOC n.º 6, de 9.1.2024); el Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías (BOC n.º 138, de 15.7.2023), y el Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias (BOC n.º 138, de 15.7.2023), la titular de este Departamento es competente para la actualización del referido Plan Estratégico de Subvenciones, relativo al ejercicio 2024.

Vistos los antecedentes expuestos y demás normas de general y pertinente aplicación,

RESUELVO:

Primero.- Actualizar el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento 2022/2024, para el presente ejercicio presupuestario 2024, aprobado mediante Orden de la entonces titular de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud n.º 209, de 15 de marzo de 2022 (BOC n.º 61, de 28.3.2022), y sus posteriores actualizaciones que se relacionan a continuación:

- Orden n.º 614, de 23 de mayo de 2023 (BOC n.º 110, de 8.6.2023).

- Orden n.º 964, de 11 de agosto de 2023 (BOC n.º 168, de 25.8.2023).

- Orden n.º 1141, de 22 de septiembre de 2023 (BOC n.º 197, de 5.10.2023).

Segundo.- Precisar que, en dicha actualización, se incluyen las previsiones de los programas presupuestarios relativos a los siguientes Servicios:

- 23.01 Servicios Generales.

- 23.02 Secretaría General Técnica.

- 23.06 Viceconsejería de Bienestar Social.

- 23.07 Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración.

- 23.08 Dirección General de Dependencia.

- 23.09 Dirección General de Juventud.

- 23.17 Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias.

- 23.18 Viceconsejería de Igualdad y Diversidad.

- 23.19 Dirección General de Diversidad.

- 23.20 Dirección General de Discapacidad.

- 23.21 Dirección General de Mayores y Participación Activa.

Tercero.- Concretar que la actualización del referido Plan Estratégico se estructura en dos anexos, cuyos contenidos son los que se indican a continuación:

Anexo I: dedicado al establecimiento de líneas de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de los Servicios y Programas Presupuestarios que se relacionan a continuación, en el que se determinan las competencias afectadas y sectores hacia los que se dirigen las subvenciones, objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, plazo necesario para su consecución, costes previsibles para su realización, fuentes de financiación, indicadores y medios de evaluación que permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos:

* Servicio 23.02 Secretaría General Técnica:

- Programa 231B Coordinación y planificación de políticas sociales y atención a personas mayores.

* Servicio 23.07 Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración:

- Programa 231B Coordinación y planificación de políticas sociales y atención a personas mayores.

- Programa 231I Fomento de la inclusión social.

* Servicio 23.08 Dirección General de Dependencia:

- Programa 231M Atención a personas en situación de dependencia.

* Servicio 23.09 Dirección General de Juventud:

- Programa 232A Promoción y fomento calidad de vida de personas jóvenes.

* Servicio 23.17 Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias:

- Programa 231H Prevención e intervención en el área del menor y la familia.

* Servicio 23.18 Viceconsejería de Igualdad y Diversidad:

- Programa 912A Dirección política y gobierno.

* Servicio 23.19 Dirección General de Diversidad:

- Programa 232C Planificación y promoción de la diversidad.

* Servicio 23.20 Dirección General de Discapacidad:

- Programa 23IN Atención a personas con discapacidad.

* Servicio 23.21 Dirección General de Mayores y Participación Activa:

- Programa 231B Coordinación y planificación de políticas sociales y atención a personas mayores.

Anexo II: dedicado a las subvenciones que se concedan de forma directa y contiene las memorias explicativas de los objetivos, los costes de realización y fuentes de financiación de los Servicios y Programas Presupuestarios que se relacionan a continuación:

* Servicio 23.01 Servicios Generales:

- Programa 912A Dirección política y gobierno.

* Servicio 23.06 Viceconsejería de Bienestar Social:

- Programa 912A Dirección política y gobierno.

* Servicio 23.07 Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración:

- Programa 231B Coordinación y planificación de políticas sociales y atención a personas mayores.

- Programa 231I Fomento de la inclusión social.

* Servicio 23.08 Dirección General de Dependencia:

- Programa 231M Atención a personas en situación de dependencia.

* Servicio 23.09 Dirección General de Juventud:

- Programa 232A Promoción y fomento calidad de vida de personas jóvenes.

* Servicio 23.17 Dirección General de Protección a la Infancia y las Familias:

- Programa 231H Prevención e intervención en el área del menor y la familia.

* Servicio 23.18 Viceconsejería de Igualdad y Diversidad:

- Programa 912A Dirección política y gobierno.

* Servicio 23.19 Dirección General de Diversidad:

- Programa 232C Planificación y promoción de la diversidad.

* Servicio 23.20 Dirección General de Discapacidad:

- Programa 23IN Atención a personas con discapacidad.

* Servicio 23.21 Dirección General de Mayores y Participación Activa.

- Programa 231B Coordinación y planificación de políticas sociales y atención a personas mayores.

Cuarto.- Determinar el carácter programático de la actualización del referido Plan Estratégico, estando supeditado, en su caso, a la aparición de nuevas estrategias de actuación que resulten de la implantación de las políticas desarrollas por este Departamento en el transcurso del ejercicio 2024, así como también por los resultados que se vayan alcanzando en el seguimiento y en la evaluación continua, aplicables a las diferentes líneas de subvenciones que configuran el mismo.

Quinto.- Instar a la publicación de la actualización del referido Plan Estratégico para el ejercicio 2024 en el Boletín Oficial de Canarias, así como también en el Portal de Transparencia del Gobierno de Canarias y en la web de esta Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de abril de 2024.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,
IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS,
María Candelaria Delgado Toledo.

ANEXO I

SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA PÚBLICA

Ver anexo en las páginas 15740-15759 del documento Descargar

ANEXO II

SUBVENCIONES DIRECTAS

Ver anexo en las páginas 15760-15775 del documento Descargar

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