Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 17 de abril de 2024, por la que, a propuesta del Ayuntamiento de Teguise (provincia de Las Palmas), se crea y clasifica el puesto de trabajo de Tesorero/a, existente en su plantilla y relación de puestos de trabajo, como puesto de existencia obligatoria reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, y cuya forma de provisión es la de concurso.

Examinado el expediente instruido, a solicitud del Ayuntamiento de Teguise (provincia de Las Palmas), para la creación y clasificación del puesto de trabajo de Tesorería, como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, cuya forma de provisión es la de concurso.

Vista la propuesta del Servicio de Función Pública Local.

Y teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1.º) El día 17 de enero de 2023 se recibió en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR), un oficio de la Concejal Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Teguise, de 12 de enero anterior (Registro de Salida n.º 2024-001076, del 15), en cuya virtud remitió la documentación que se relaciona a continuación, a los efectos de la creación y clasificación del puesto de trabajo de Tesorería, como puesto reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional:

- Certificado del Secretario de la Corporación, de 3 de mayo de 2018, que, copiado a letra, dice:

"DON MARIANO JOSÉ DE LEÓN PERDOMO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE,

CERTIFICA:

Que una vez revisado el Registro General de Entrada, no consta reclamación alguna contra expediente de modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo, por la que se procede a la amortización del puesto n.º 20, denominación "Tesorero (sin habilitación estatal), en el periodo comprendido entre el cinco de abril de dos mil dieciocho, día posterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y el veinticinco de abril de dos mil dieciocho, fecha de finalización del plazo para la presentación de las mismas.

Y para que conste y a los efectos oportunos, se expide la presente, en Teguise, a la fecha de la firma electrónica del documento. Firmado: El Alcalde Presidente. Oswaldo Betancort García."

- Certificado del Secretario de la Corporación, de 3 de mayo de 2018, que, copiado a letra, dice:

"DON MARIANO JOSÉ DE LEÓN PERDOMO, SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE,

CERTIFICA:

Que una vez revisado el Registro General de Entrada, no consta reclamación alguna contra expediente de modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo, por la que se procede a la amortización del puesto número 20.1, denominación "Tesorero (con habilitación estatal), en el periodo comprendido entre el cinco de abril de dos mil dieciocho, día posterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y el veinticinco de abril de dos mil dieciocho, fecha de finalización del plazo para la presentación de las mismas.

Y para que conste y a los efectos oportunos, se expide la presente, en Teguise, a la fecha de la firma electrónica del documento. Firmado: El Alcalde Presidente. Oswaldo Betancort García."

- Certificado de la Secretaria General de la Corporación, de 15 de enero de 2024, comprensivo del Decreto de Alcaldía n.º 2023000002, de 2 de enero de 2023, cuya parte resolutiva es del tenor literal siguiente:

"RESUELVO:

Primero.- Aprobar los ajustes al alza que deben efectuarse sobre los créditos iniciales del Presupuesto anterior.

Segundo.- Dar cuenta de esta Resolución al Pleno de la Corporación en la Primera sesión que se celebre."

- Certificado de la Secretaria General de la Corporación, de 11 de enero de 2024, del Acuerdo del Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria, de 10 de enero de 2024, punto primero del orden del día: "Primero.- Acuerdos que procedan sobre aprobación del Presupuesto, ejercicio 2024".

- Orden de inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de los siguientes anuncios que se acompañan:

• Anuncio, que se acompaña, de acuerdo plenario de 7 de febrero de 2018, acordó aprobar la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo, por la que se procede a la amortización del puesto n.º 20, denominación Tesorero (sin habilitación estatal). Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 41, de 4 de abril de 2018.

• Anuncio, que se acompaña, de acuerdo plenario de 7 de febrero de 2018, acordó aprobar la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo, por la que se procede a la aprobación de la creación del puesto n.º 20, 1, denominación Tesorería (con habilitación estatal). Publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 41, de 4 de abril de 2018.

- Publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 48, de 20 de abril de 2016, de anuncios del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Teguise, de 8 de abril de 2016, marginal 3601 y 3602.

- Orden de inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas del anuncio, que se acompaña, de acuerdo plenario de 7 de febrero de 2018, por el que se acordó aprobar la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo, por la que se procede a la aprobación de la creación del puesto n.º 20.1, denominación Tesorería (con habilitación estatal) publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 41, de 4 de abril de 2018.

2.º) Oficio de esta Dirección General, de 19 de enero de 2024 (Registro de Salida - N.º General: 40659/2024 - N.º Registro: PAJS/2736/2024), dirigido al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Teguise, del tenor literal siguiente:

"El día 17 de enero de 2023, se recibió en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR), un oficio de la Concejal Delegada de Recursos Humanos de esa Corporación, de 12 de enero anterior (Registro de Salida n.º 2024-001076, del 15), en cuya virtud remite diversa documentación, a los efectos de la creación y clasificación del puesto de trabajo de Tesorería, como puesto reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

A los efectos de resolución del procedimiento de clasificación, esa Corporación deberá remitir, en el plazo de diez días, la documentación siguiente: a) memoria jurídica y económica que justifique la creación del puesto de trabajo; b) certificado de los recursos de que dispone la entidad local según el último presupuesto aprobado; c) certificado de la cifra de población conforme a los datos del último padrón municipal de habitantes; y d) certificado acreditativo de que la creación del puesto de trabajo no supone incremento del Capítulo I del presupuesto de gastos.

Asimismo, la Corporación que V.S. preside deberá remitir el acuerdo de aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla Orgánica de 2024, así como publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia."

3.º) El día 8 de febrero de 2024 se recibió en esta Dirección General, a través del Sistema de Interconexión de Registros (SIR), un oficio de la Concejal Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Teguise, de 7 de febrero anterior (Registro de Salida n.º: 2024-003459), del tenor literal siguiente:

"OFICIO CONTESTACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.

En base a la solicitud con RGE n.º 1149/2024 de fecha 19 de enero, requiriendo aportar documentación relativa a la creación y clasificación del puesto de Tesorera correspondiente al 20.1 de la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teguise, se remite por medio de la presente la siguiente documentación solicitada:

a) Memoria Jurídica y económica que justifique la creación del puesto de trabajo.

b) Certificado de los recursos de que dispone la entidad local según el último presupuesto aprobado.

c) Certificado de la cifra de población conforme a los datos del último padrón municipal de habitantes.

d) Certificado acreditativo de que la creación del puesto de trabajo no supone incremento del Capítulo I del presupuesto de gastos.

En cuanto a la remisión del acuerdo de aprobación definitiva del Presupuesto General y Plantilla Orgánica del 2024, esta Corporación todavía no tiene aprobados los presupuestos generales, solamente se ha procedido a la aprobación inicial y los mismos han sido prorrogados hasta su previsión de aprobación definitiva este mes. Lo firma la Sra. Concejal delegada de Recursos Humanos, en ejercicio de las competencias que han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento mediante decreto de fecha tres de agosto de dos mil veintitrés.".

Acompaña la documentación que se relaciona a continuación:

- Informe del Departamento de Recursos Humanos n.º 6844, de 19 de diciembre de 2017.

- Certificado del Secretario General, de 7 de febrero de 2018.

- Certificado de la Secretaria General, de 25 de enero de 2024, que, copiado a la letra, dice:

"DOÑA MARÍA JOSÉ BLANCO SÁNCHEZ, SECRETARIA GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE,

CERTIFICA:

Que conforme a lo establecido en la Resolución de 20 de julio de 2018, de la Presidencia de Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, la cifra oficial de población, resultante de la revisión del Padrón municipal de habitantes, referida a 1 de enero de 2023 es de 23.881 habitantes.

Y para que conste y a efectos de oportunos, expide la presente de Orden y con el Visto Bueno del Sr. Alcalde Presidente, en Teguise, a la fecha de la firma electrónica.

V.º B.º ALCALDESA PRESIDENTA, Olivia Duque Pérez."

- Certificado de la Secretaria Accidental, comprensivo del Informe de la Intervención General, de 6 de febrero de 2024, que, copiado a la letra dice:

"D./Dña. Onelia Pérez Betancort, Secretario/a Accidental del Ayuntamiento de Teguise (Lanzarote),

Certifica:

Primero.- Que en el Libro de Registro Interior de Informes del Ayuntamiento de Teguise consta, con asiento n.º 2024000555, de fecha 6 de febrero, el documento cuyo texto íntegro es el siguiente:

INFORME DE LA INTERVENCIÓN GENERAL

En relación al oficio remitido por la Dirección General de la Función Pública con RE n.º 1149/2024 de fecha 19 de enero, en el cual solicita en su punto d) Certificado acreditativo que la creación del puesto de trabajo no supone un incremento del Capítulo I del presupuesto de gasto (Exped. 2018002762), el funcionario que suscribe, Interventor de Fondos del Ayuntamiento de Teguise, con arreglo a lo establecido en el artículo 214 RD Legislativo 2/2004 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), con carácter previo a la contratación, tiene a bien emitir el siguiente

INFORME

Primero.- Que el Presupuesto prorrogado de la Entidad asciende a la cantidad de 29.428.273,23 euros.

Segundo.- Que el puesto de Tesorero correspondiente al 20.1 de la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación se encuentra presupuestado dentro del Capítulo I y por tanto consignado presupuestariamente desde la aprobación de los presupuestos del año 2018.

Tercero.- En consecuencia, el crédito presupuestario es el adecuado para hacer frente a los compromisos correspondientes para el nombramiento de Tesorero de habilitación nacional y no supondría un incremento del Capítulo I del presupuesto de gastos dado que ya viene siendo consignado presupuestariamente desde el año 2018.

Teguise, a fecha de firma electrónica de este documento.- La Interventor, Fco. Javier López Martínez.

SRA. ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE TEGUISE.

Segundo.- La presente certificación se expide con la advertencia de que la Secretaría solo interviene como simple fedatario municipal de la constancia de dicho documento al día de la fecha en el mencionado Registro General de Informes; por orden y a requerimiento de la Señora Alcaldesa Presidenta.

Y para que conste y a los efectos oportunos, expide la presente de orden y con el visto bueno de la Señora Alcaldesa Presidenta Dña. Olivia Duque Pérez, en Teguise, a fecha de la firma electrónica.

V.º B.º ALCALDESA PRESIDENTA."

- Certificado de la Secretaria General, de 5 de febrero de 2024, comprensivo del Informe de la Intervención General, que figura en el Libro de Registro Interior de Informes del Ayuntamiento de Teguise, con asiento n.º 2021000964, de fecha 16 de febrero. En su apartado primero, se indica que el Presupuesto prorrogado de la Entidad asciende a la cantidad de 30.686.000,00 euros.

4.º) La Concejal Delegada de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Teguise, mediante oficio de 16 de abril de 2024 (Registro de Salida n.º 10.602), remitió certificado de la Secretaria General, de 12 de febrero de 2024, acreditativo del acuerdo adoptado por el Pleno, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 12 de febrero de 2024, punto segundo del orden del día, por el que fue aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el ejercicio 2023, junto con sus Bases de Ejecución, así como copia del anuncio de aprobación definitiva publicado en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 21, de 16 de febrero de 2024.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Competencia para la creación y clasificación de puesto de trabajo de existencia obligatoria denominado Tesorero/a del Ayuntamiento de Teguise, como puesto reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El artículo 92.bis, apartado 4, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, adicionado por el apartado veinticinco del artículo primero de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, dispone que el Gobierno, mediante real decreto, regulará las especialidades de la creación, clasificación y supresión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como las que puedan corresponder a su régimen disciplinario y de situaciones administrativas.

Las previsiones contenidas en el citado precepto fueron objeto de desarrollo reglamentario en virtud del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (BOE n.º 67, de 17.3.2018).

El artículo 84.2.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto 14/2021, de 18 de marzo (BOC n.º 62, de 18.3.2021) -Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad ex artículo 6 del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías (BOC n.º 138, de 15.7.2023)-, atribuye a la Dirección General de la Función Pública la competencia para la creación, clasificación, modificación y supresión de los puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de oficio o a propuesta de la corporación local respectiva, de acuerdo con lo establecido en la normativa estatal.

La eficacia de las modificaciones que se operen en la Plantilla o instrumento organizativo vigente en la Corporación, en el ámbito de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, quedará condicionada, empero, al acto formal de clasificación que ha de emanar de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. El Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo -a diferencia de la previsión del artículo 9 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio-, omite el trámite de publicación del acto clasificatorio en los boletines y diarios oficiales; pero dicho trámite resulta de obligado cumplimiento, al tratarse de un acto administrativo plúrimo, que trae causa en la Relación de Puestos de Trabajo (artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; STS de 5 de febrero de 2014, recaída en recurso de casación n.º 2986/2012).

Segunda.- Obligatoriedad de la existencia de los puestos de Tesorería en las Corporaciones locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda, con la naturaleza de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

La Secretaría del Ayuntamiento de Teguise está clasificada en clase segunda, de acuerdo con los criterios de población y cuantía del presupuesto establecidos en el artículo 8.1.b), inciso primero, del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

El artículo 2.1 de la citada norma dispone que son funciones públicas necesarias en todas las Corporaciones locales, cuya responsabilidad administrativa está reservada a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, las siguientes:

a) Secretaría, comprensiva de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo.

b) Intervención-Tesorería, comprensiva del control y la fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.

c) Secretaría-Intervención, a la que corresponden las funciones de la fe pública y el asesoramiento legal preceptivo y las funciones de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, y la contabilidad, tesorería y recaudación.

El artículo 2.2 dispone que quien ostente la responsabilidad administrativa de cada una de las funciones referidas en el apartado 1 tendrá atribuida la dirección de los servicios encargados de su realización, sin perjuicio de las atribuciones de los órganos de gobierno de la Corporación Local en materia de organización de los servicios administrativos.

El artículo 2.3 dispone que corresponderán a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional las funciones necesarias, dentro de su ámbito de actuación, para garantizar el principio de transparencia y los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad económico-financiera.

Tratándose del ejercicio de las funciones de Tesorería, el artículo 14.1 dispone que en las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en primera o segunda clase, existirá un puesto de trabajo denominado Tesorería, al que corresponderá la responsabilidad administrativa de las funciones enumeradas en el artículo 5 de este Real Decreto. Y, de conformidad con el apartado 2, dicho puesto quedará reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, pertenecientes a la Subescala de Intervención-Tesorería, sin que especifique categoría determinada (entrada o superior), Subescala integrada en el Grupo A, Subgrupo A1, de acuerdo con el artículo 18.3.

Por su parte, la disposición transitoria sexta, apartado 2, señala que las Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase segunda y el puesto de Tesorería no esté reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a la entrada en vigor del Real Decreto, deberán modificar la relación de puestos de trabajo y solicitar a la Comunidad Autónoma la clasificación del puesto como reservado a habilitados nacionales, para su inclusión en los procedimientos de provisión ordinarios de los funcionarios de tal Escala.

No obstante, se debe indicar que, según los datos obrantes en la página web del INE, la población del municipio de Teguise, a 1 de enero de 2023, asciende a 23.881 habitantes, por lo que su Secretaría debería estar clasificada en clase primera, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado primero, letra a), del artículo 8 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, lo que implicará que habrá de modificarse, asimismo, la clasificación del puesto de trabajo de Intervención, de clase segunda a clase primera.

Tercera.- Características y requisitos para el desempeño del puesto de trabajo de Tesorero/a del Ayuntamiento de Teguise.

Corresponde a los Interventores-Tesoreros, cualquiera que sea su categoría, el desempeño de los puestos de trabajo que tengan asignadas las funciones de tesorería, cuando se trate de Corporaciones Locales cuya Secretaría esté clasificada en clase primera o segunda, de acuerdo con el artículo 26.1 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

En virtud del presente acto clasificatorio, el puesto de trabajo de Tesorero/a del Ayuntamiento de Teguise queda reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, Grupo A, Subgrupo A1. Su nivel de complemento de destino es el 28 y su forma de provisión, la de concurso.

Cuarta.- Repercusión presupuestaria.

La creación del puesto de trabajo de Tesorero/a del Ayuntamiento de Teguise no supone incremento del Capítulo 1 del presupuesto de gastos, según certificado que obra en el expediente.

Quinta.- Inscripciones y anotaciones en el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El artículo 23 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, dispone que, en el Ministerio de Política Territorial y Función Pública (en la actualidad, Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública), existirá un Registro de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, integrado con las Comunidades Autónomas, donde se inscribirán y anotarán todos los puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como los actos que afecten a la vida administrativa de dichos funcionarios. El Registro tendrá carácter electrónico. En dicho Registro, las Comunidades Autónomas efectuarán las anotaciones referentes a la clasificación de los puestos reservados, a nombramientos, tanto definitivos como de carácter provisional, en puestos reservados a funcionarios con habilitación nacional, así como las tomas de posesión y los ceses correspondientes. Asimismo, anotarán las sanciones disciplinarias de su competencia. Podrán, también, efectuar en dicho Registro las anotaciones de los méritos autonómicos, a los efectos de su valoración en los correspondientes concursos.

En el ejercicio de la competencia atribuida, esta Dirección General, de acuerdo con la propuesta formulada por la Corporación Local,

RESUELVE:

1. Crear y clasificar el puesto de trabajo de Tesorero/a, existente en la Plantilla y Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Teguise (provincia de Las Palmas), como puesto de trabajo de existencia obligatoria, reservado a la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, sin distinción de categoría, Grupo A, Subgrupo A1.

2. Establecer el concurso como forma de provisión del referido puesto de trabajo.

3. Inscribir el puesto de trabajo de nueva creación en el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

4. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, y comunicarla a la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones de la Dirección General de la Función Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Dirección General, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga el demandante su domicilio, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, bien ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en cuya circunscripción tengan su sede, bien ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de abril de 2024.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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