ORDEN de 8 de marzo de 2024, por la que se cesan y designan vocales, titulares y suplentes, del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias.
Vistas las propuestas formuladas en relación con el cese y designación de los vocales del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, y teniendo en cuenta los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias es el máximo órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno de Canarias en materia de investigación y desarrollo tecnológico agrarios, se encuentra adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de agricultura, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, y el artículo 2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, aprobado por Decreto 38/2008, de 18 de marzo (BOC n.º 63, de 28.3.2008).
Segundo.- Por Órdenes del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 9 de julio de 2008, y del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 10 de febrero de 2016, se designaron los vocales, titulares y suplentes, del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El titular de este Departamento podrá cesar a los miembros del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, aprobado por Decreto 38/2008, de 18 de marzo (BOC n.º 63, de 28.3.2008).
Asimismo, podrá designar a los vocales del referido Consejo Asesor en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1 del citado Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Asesor.
Segundo.- Conforme a lo previsto en el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo, la composición del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias será la prevista en la Ley 4/1995, de 27 de marzo, de creación del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias y del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, y la designación de sus vocales se realizará en los términos previstos en el artículo 4 del mencionado Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo.
En virtud de lo anteriormente expuesto y de las competencias que tengo atribuidas,
RESUELVO:
Primero.- Cesar a los vocales, titulares y suplentes, del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, nombrados por Órdenes del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 9 de julio de 2008, y del Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, de 10 de febrero de 2016, que se relacionan a continuación:
- D. Laureano Pérez Rodríguez y D. Pablo Martín Carbajal González (Consejería competente en materia de economía).
- D. Manuel Miranda Medina y D. Antonio López Gulías (Consejería competente en materia de investigación científica y técnica).
- D. Antonio Francisco Marrero Domínguez y D. Javier Mata González (Universidad de La Laguna).
- D. Rafael Juan Robaina Romero y D. Fernando Real Valcárcel (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria).
- D. Amable del Corral Acosta y D. Jesús Corvo Pérez (Asociación Plataforma libre Agraria de Canarias).
- D. Hernán Tejera Oval y D. Henry Sicilia Hernández (Asociación de Agricultores y Ganaderos de Canarias).
- D. Rafael Hernández Reyes y D. Miguel A. López González (Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos).
- D. Antonio Suárez Suárez y D. Pablo Santiago Suárez Naranjo (Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos).
- D. Antonio López Cappa y D. Juan Daniel Marichal (Asociación de Cosecheros y Exportadores de Flores y Plantas Vivas de Canarias).
- D. Juan Manuel Expósito Luis y D. Pedro Molina Ramos (Asociación Ganadera de Tenerife).
- Dña. Esther Domínguez Palarea y Dña. Alicia Oroz Peiró (Asociación de Organizaciones de Productores de Plátano de Canarias).
- D. José Juan Bonny Miranda y D. Francisco José Echandi Domínguez (Federación Regional de Productos Hortofrutícolas de Canarias).
Segundo.- Designar como vocales del Consejo Asesor de Investigaciones Agrarias, en las representaciones que se indican, a las personas que se relacionan a continuación:
a) En representación de la Consejería competente en materia de economía.
Titular: D. David Mille Pomposo.
Suplente: D. Manuel Aléxis Oliva Hernández.
b) En representación de la Consejería competente en materia de investigación científica y técnica.
Titular: D. Javier Franco Hormiga.
Suplente: Dña. María Antonia Moreno Cerón.
c) En representación de la Universidad de La Laguna.
Titular: Dña. Verónica Pino Estévez.
Suplente: Dña. María de los Ángeles Camacho Pérez.
d) En representación de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.
Titular: Dña. Marisol Izquierdo López.
Suplente: Dña. María del Pino Palacios Díaz.
e) En representación de las Asociaciones Profesionales Agrarias de mayor implantación en Canarias:
- Asociación Plataforma Agraria Libre de Canarias.
Titular: D. Amable Ángel del Corral Acosta.
Suplente: D. Pablo Valentín Carmona Martín.
- Asociación de Agricultores y Ganaderos de Canarias.
Titular: D. Theo Hernando Olmo.
Suplente: Dña. Ángela Delgado Díaz.
- Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos de Canarias.
Titular: D. Miguel A. López González.
Suplente: D. Manuel Salvador Redondo Zaera.
- Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos.
Titular: D. Jorge R. Pelayo Duque.
Suplente: D. Juan Manuel Plata Vera.
f) En representación de las Organizaciones Empresariales Agrarias:
- Asociación de Cosecheros y Exportadores de Flores y Plantas Vivas de Canarias.
Titular: D. Juan Daniel Marichal Herrera.
Suplente: D. Antonio López Cappa.
- Asociación Ganadera de Tenerife.
Titular: D. José Manuel Expósito Luis.
Suplente: D. Alberto Santiago Cacho Peña.
- Asociación de Organizaciones de Productores de Plátano de Canarias.
Titular: Dña. Esther Domínguez Palarea.
Suplente: Dña. María García Luque.
- Federación Regional de Productos Hortofrutícolas de Canarias.
Titular: D. José Juan Bonny Miranda.
Suplente: D. Francisco José Echandi Domínguez.
Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Canarias, a 8 de marzo de 2024.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA, GANADERÍA,
PESCA Y SOBERANÍA ALIMENTARIA,
Alejandro Narvay Quintero Castañeda.