Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 10 de abril de 2024, de la Presidenta, por la que se modifica la Resolución de 28 de junio de 2023, que aprueba las bases reguladoras y convoca subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La puesta en marcha del Fondo de Recuperación «Next Generation UE» destinado a impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación en la Unión Europea en respuesta a la crisis económica, social y sanitaria provocada por la pandemia del COVID-19, y dentro de aquel, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (en adelante, MRR) establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, está permitiendo a España un volumen de inversión sin precedentes a través de la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (en adelante, PRTR).

El PRTR, aprobado mediante la Decisión del Consejo de 13 de julio de 2021, incluye dentro de sus diez políticas palanca, y como una de la treinta líneas de acción que se identifican, el Componente 19 "Plan Nacional de Competencias Digitales", Inversión 3 "Competencias digitales para el empleo", encuadrado en el área política VII "Educación y conocimiento, formación continua y desarrollo de capacidades", siendo uno de los objetivos de este Componente garantizar la formación e inclusión digital de la ciudadanía y las personas trabajadoras, no dejando a nadie atrás en el proceso de transformación digital de la sociedad y la economía, haciendo énfasis en la cualificación y recualificación de personas empleadas y desempleadas, cuya implementación de la medida, según la Decisión del Consejo de 13 de julio de 2021, estará terminada, a más tardar, el 31 de diciembre de 2025.

Mediante Resolución de 28 de junio de 2023, de la Presidenta, se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 135, de 12 de julio de 2023, estableciendo en el resuelvo sexto de la convocatoria, apartado 6, que el plazo de ejecución de los proyectos finalizará el 30 de septiembre de 2024.

Teniendo en cuenta que los hitos y objetivos a cumplir por las Comunidades Autónomas para estas medidas son coherentes con los marcados en el marco del PRTR, y habida cuenta que habiendo revisado el Consejo de la Unión Europea, con fecha 9 de octubre de 2023, el anexo de la Decisión del Consejo de 13 de julio de 2021, la ejecución de la medida "Inversión 3 (C19.I3): Competencias digitales para el empleo", ha establecido que la medida deberá estar terminada a más tardar el 30 de junio de 2026.

De acuerdo con lo anterior, procede modificar la citada Resolución de 28 de junio de 2023, en concreto el resuelvo sexto de la convocatoria de subvenciones, extendiendo el plazo de ejecución hasta el 30 de junio de 2025.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Modificar el apartado 6 del resuelvo sexto, Anexo B (convocatoria), de la Resolución de 28 de junio de 2023, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la mejora de las capacidades digitales para personas desempleadas para impulsar el emprendimiento y el desarrollo rural y reducir la brecha de género, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, quedando redactado en los siguientes términos:

"Sexto.- Requisitos de los proyectos a subvencionar: contenido y características de las acciones. Plazo de ejecución.

(...)

6. El plazo de ejecución de los proyectos finalizará el 30 de junio de 2025."

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, que por turno corresponda, o potestativamente, recurso de reposición ante la Presidencia del SCE, en el plazo de un mes, computados en los términos citados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Todo ello, sin perjuicio de la posibilidad de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de abril de 2024.- La Presidenta, Jéssica del Carmen de León Verdugo.

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