Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 8 de abril de 2024, por la que se prorroga la vigencia de las listas complementarias relativas a diversos Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades de Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocadas mediante Resolución de 1 de diciembre de 2021, constituidas por Resolución de 7 de abril de 2022 y prorrogadas por Resolución de 19 de abril de 2023.

El 15 de diciembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial de Canarias n.º 254, la Resolución de la Dirección General de la Función Pública n.º 1979/2021, de 1 de diciembre, por la que se hacía pública la convocatoria para la constitución de listas de empleo complementarias relativas a los Cuerpos, Escalas y, en su caso, Especialidades de Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias siguientes: Escalas de Administración General y Administración Financiera y Tributaria, pertenecientes al Cuerpo Superior de Administración; a las Especialidades Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Telecomunicaciones, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingeniería y Arquitectura; a las Especialidades de Tecnologías de la Información y de Psicología del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Técnica Superior Facultativa; a la Escala de Inspección Médica, perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo; a las Escalas de Gestión General y Gestión Financiera y Tributaria incluidos en el Cuerpo de Gestión; así como a las Especialidades de Telecomunicaciones, por una parte, y de Tecnologías de la Información y de Trabajo Social, por otra, del Cuerpo Facultativo Técnico de Grado Medio, Escala de Arquitectura e Ingeniería Técnica y Técnica Facultativa de Grado Medio, respectivamente, y Agrupación Profesional de Subalternos.

En el apartado décimo de la parte resolutiva se recoge la vigencia de las listas de empleo complementarias de un año, que puede ser renovable anualmente mediante resolución expresa de la Dirección General de la Función Pública, a partir del día siguiente a su constitución.

Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC n.º 76, de 20.4.2022), se acordó la constitución de las listas de empleo complementarias convocadas por la referida Resolución de 15 de diciembre de 2021, que fueron objeto de prórroga por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 19.4.2023).

Excepcionalmente, durante el año 2024, la disposición adicional trigésima octava de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, sigue posibilitando a la Dirección General de la Función Pública la constitución de listas de empleo adicionales, independientes de las que se constituyan de forma derivada de un proceso selectivo, y a las que se acudirá en caso de estricta necesidad, cuando no existieren o se hubieren agotado las listas dimanantes de procesos selectivos, lo que implica, subsecuentemente, prorrogar las vigentes como sucede en el presente supuesto.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 81 del Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, aprobado por Decreto n.º 14/2021, de 18 de marzo (BOC n.º 62, de 25.3.2021), que continúa vigente en virtud de la disposición transitoria única del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC n.º 140, de 18.7.2023), esta Dirección General

RESUELVE:

Primero.- Prorrogar la vigencia de las listas de empleo complementarias constituidas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC del 20.4.2022) y prorrogadas por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 19.4.2023), relativas a los Cuerpos, Escalas, y en su caso, Especialidades de Administración General de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias siguientes: Cuerpo Superior de Administración, Escala Administración Financiera y Tributaria; a las Especialidades Ingeniería de Caminos, Canales y Puertos, Ingeniería Industrial e Ingeniería de Telecomunicaciones, del Cuerpo Superior Facultativo, Escala de Ingeniería y Arquitectura; a las Especialidades de Tecnologías de la Información y de Psicología del Cuerpo Superior Facultativo, Escala Técnica Superior Facultativa; a la Escala de Inspección Médica, perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo; Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión Financiera y Tributaria; así como a las Especialidades de Telecomunicaciones, por una parte, y de Tecnologías de la Información y de Trabajo Social, por otra, del Cuerpo Facultativo Técnico de Grado Medio, Escala de Arquitectura e Ingeniería Técnica y Técnica Facultativa de Grado Medio, respectivamente, y Agrupación Profesional de Subalternos, durante el plazo de un (1) año contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Segundo.- Prorrogar la vigencia de la lista de empleo complementaria constituida por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC del 20.4.2022) y prorrogada por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 19.4.2023) relativa al Cuerpo Superior de Administración, Escala de Administración General, durante el plazo de tres (3) meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Dejar sin efecto la lista de empleo complementaria constituida por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 7 de abril de 2022 (BOC del 20.4.2022) y prorrogada por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 19 de abril de 2023 (BOC n.º 78, de 19.4.2023) relativa al Cuerpo de Gestión, Escala de Gestión General, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la web de la Dirección General de la Función Pública.

Las personas interesadas podrán presentar, contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en al artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de abril de 2024.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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