Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública.- Resolución de 19 de marzo de 2024, por la que se amplían las plazas convocadas por Resolución de 9 de noviembre de 2023, que convoca pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y se reabre el plazo de solicitudes, adaptándose las bases de la referida convocatoria a dicha ampliación.

Mediante Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, de 9 de noviembre de 2023, se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 230, de 22.11.2023), en ejecución de la Oferta Pública de Empleo de 2022, aprobada por Decreto 235/2022, de 29 de diciembre, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria para 2022, complementaria de la Oferta de Empleo Público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 256, de 30.12.2022). En dicha Oferta de Empleo Público y convocatoria se determinan que son sesenta y una plazas del empleo de Policía, Escala Básica, de dicho Cuerpo las que han de cubrirse.

Por otro lado, mediante el Decreto 61/2023, de 4 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Cuerpo General de la Policía Canaria para 2023 (BOC n.º 92, de 12.5.2023), se ofertan ochenta plazas para el mismo empleo de Policía, Escala Básica, de dicho Cuerpo General de la Policía Canaria.

Ambos Decretos por los que se aprueban tales Ofertas de Empleo Público prevén en su apartado segundo que siempre que razones de eficacia y eficiencia así lo aconsejen, el órgano competente para la convocatoria de los procesos selectivos dimanantes de tales Ofertas de Empleo Público podrá acumular en una misma convocatoria todo o parte de las plazas que hayan sido incluidas en ofertas de empleo público vigentes en el momento de la convocatoria.

El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que el órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquiera que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano quien deba tramitar y resolver el procedimiento.

Al respecto debe señalarse que los procesos selectivos de personal funcionario de carrera cuentan con un conjunto de garantías y requisitos organizativos en su desarrollo que exigen que, en la medida de lo posible, se aúnen esfuerzos a fin de proporcionar eficacia y eficiencia a tales procesos selectivos, sin que la acumulación suponga menoscabo alguno a los derechos de las personas participantes.

Asimismo, el despliegue del Cuerpo General de la Policía Canaria en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias que se está afrontando en este momento, y que prevé abrir bases en diferentes islas de la Comunidad Autónoma, requiere acelerar la integración de los efectivos previstos en las diferentes ofertas de empleo público aprobadas y pendientes de su ejecución, a fin de dotarse de personal suficiente para la consecución de las funciones y fines que dispone la Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.

Procede, por tanto, a través de la presente Resolución, acumular y, por ende, ampliar el número de plazas objeto de la convocatoria efectuada a través de la citada Resolución de 9 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública. Así mismo, en aras de la eficiencia y eficacia, con la consiguiente economía de medios materiales y personales, han de adecuarse las bases específicas de la convocatoria aprobada al volumen de plazas que ahora se convocan, toda vez que tal acumulación y adecuación no perjudique los derechos e intereses legítimos de las personas aspirantes, para lo que ha de reabrirse un nuevo plazo de solicitudes a partir del día siguiente al de la publicación de esta. Igualmente, en los términos del artículo 109, apartado 2, de la referida Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por razones de eficacia y eficiencia, procede rectificar los errores materiales y de hecho advertidos en dichas bases específicas, en esta misma Resolución.

En virtud de lo anteriormente expuesto, previo informe de la Viceconsejería de Servicios Jurídicos e informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, en el ejercicio de la competencia atribuida por el apartado 12 de la disposición adicional segunda del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en relación a la convocatoria y resolución de los procesos de selección para el ingreso a las escalas y empleos del Cuerpo General de la Policía Canaria,

RESUELVO:

Primero.- Ampliación por acumulación.

Se amplía, por acumulación, el número de plazas objeto de la convocatoria efectuada mediante Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública de 9 de noviembre de 2023, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, publicadas en el Boletín Oficial de Canarias n.º 230, de 22 de noviembre de 2023, en ochenta plazas, convocándose ciento cuarenta y una plazas (141), en total, en el Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Escala Básica, del Cuerpo General de la Policía Canaria, por el sistema general de acceso libre.

Segundo.- Adecuación de las bases específicas de la Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación de 9 de noviembre de 2023.

Adecuar y modificar el Anexo I, bases específicas, de la Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación de 9 de noviembre de 2023, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en los términos del anexo de esta Resolución.

Tercero.- Reapertura del plazo de solicitudes.

Se reabre el plazo de presentación de solicitudes de participación en las pruebas selectivas objeto de esta Resolución en veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las personas aspirantes que ya hubieran presentado su solicitud tras la publicación inicial de las bases de la convocatoria no deberán formular una nueva instancia.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

No obstante, a criterio de la persona interesada, podrá interponerse en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentarse recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Canarias, a 19 de marzo de 2024.- El Director General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, Juan Ramón Rodríguez Marín.

ANEXO

Adecuación del Anexo I, bases específicas, de la Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación de 9 de noviembre de 2023, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Se operan las siguientes modificaciones en el Anexo I, bases específicas, de la Resolución de la Dirección General de Estudios, Formación e Investigación de 9 de noviembre de 2023, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso turno libre, en el Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:

Primero.- La base específica 1, Objeto, quedando redactada en los siguientes términos

"1. El objeto de las bases que se anexan a la convocatoria es establecer las reglas por las que se regirá el proceso selectivo convocado para cubrir, por el sistema general de acceso libre, acumuladamente, ciento cuarenta y una (141) plazas del Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, provenientes de las siguientes Ofertas de Empleo Público vigentes:

Ver anexo en la página 11509 del documento Descargar

2. Las referidas ciento cuarenta y una (141) plazas de Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía, están ubicadas en las diferentes islas que componen la Comunidad Autónoma de Canaria.

3. La asignación de plazas del Catálogo de Puestos de Trabajo del Cuerpo General de la Policía Canaria entre las personas aspirantes que superen el proceso selectivo será ordenada de mayor antigüedad a la más reciente oferta de empleo público de la que provienen. Si culminado el proceso selectivo, se produjeran ochenta o menos vacantes, estas se corresponderán con las plazas correspondientes a la Oferta de Empleo Público para 2023."

Segundo.- Los apartados 13, 14 y 15 de la base específica 7, Desarrollo de la fase de oposición, quedando redactados en los siguientes términos:

"13. La fase de oposición constará de las siguientes pruebas y en el siguiente orden; todas y cada una de las pruebas tendrán carácter obligatorio y eliminatorio:

• Aptitud física.

• Aptitud psicosocial.

• Conocimientos:

a) Examen tipo test del programa de temas.

b) Examen tipo test de idioma inglés.

c) Examen sobre un supuesto práctico.

• Reconocimiento médico.

14. Terminado el primer ejercicio de la prueba de aptitud psicosocial con resultado de apto/apta, quienes la hayan superado pasarán a realizar la entrevista personal. En el supuesto de que del listado de personas convocadas a la entrevista personal, uno o varios aspirantes resultaran no aptos/no aptas, quedarán excluidos del proceso selectivo.

15. Terminadas las pruebas de conocimientos, las ciento cuarenta y una (141) personas aspirantes que hayan obtenido la mejor calificación pasarán a realizar el reconocimiento médico. En el supuesto de que uno o varios aspirantes resultaran no aptos/no aptas en el reconocimiento médico quedarán excluidos del proceso y se procederá al llamamiento de las siguientes personas aspirantes con mejor calificación para realizar el mismo."

Tercero.- Los apartados 1 y 5 de la letra D), Reconocimiento médico, dentro de la base específica 7, Desarrollo de la fase de oposición, quedando redactados en los siguientes términos:

"1. Terminada las prueba de conocimientos, las ciento cuarenta y una (141) personas aspirantes que hayan obtenido la mejor calificación pasarán a realizar el reconocimiento médico.

(...)

5. En el supuesto de que una o varias personas aspirantes resultaran no aptos, se irá llamando a las siguientes con mejor calificación para la realización de la prueba médica, hasta cubrir el total de plazas ofertadas de ciento cuarenta y una (141), tal y como establece la base séptima."

Cuarto.- Se suprimen la letra k) del apartado 1 de la base específica 2 y el apartado 3 de la letra D), "Reconocimiento médico", dentro de la base específica 7, referidos ambos al artículo 39, Normas de apariencia externa y presentación al servicio, apartado 4, del Reglamento de organización y funcionamiento del Cuerpo General de la Policía Canaria, aprobado mediante Decreto 77/2010, de 8 de julio, sin que su contenido se considere requisito para la superación de las pruebas selectivas en todas sus fases.

Quinto.- Se modifica la base 14, Nombramiento como funcionarios de carrera, apartado 1, quedando redactada en los siguientes términos:

"1. La Dirección General de Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de Canarias, nombrará personal funcionario de carrera del Cuerpo General de la Policía Canaria, Escala Básica, Empleo Policía (Grupo C, Subgrupo C1), de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a las personas aspirantes que superen el curso de formación básica y el periodo de prácticas, y en la misma resolución se les adjudicará destino definitivo en las vacantes que en cualquier isla de la Comunidad Autónoma de Canarias existan, según la preferencia manifestada y en el orden de puntuación final obtenida establecido en la base 12.6."

Sexto.- Advertidos errores en las siguientes bases, se corrigen en los siguientes términos:

a) En la base específica 4, Admisión de las personas aspirantes, apartado 2, debe decir:

"Las personas aspirantes excluidas y aquellas que no figuren recogidas en la pertinente relación de las admitidas, dispondrán de un plazo de subsanación de defectos de diez (10) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, en los términos del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de forma telemática, a través de comparecencia en sede electrónica, dirigida a la Dirección General Estudios, Formación e Investigación en Seguridad Pública, mediante Registro Electrónico del Gobierno de Canarias: Registro General Electrónico-Sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Si dentro del plazo establecido no subsanan el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo."

b) En la base específica 7, Desarrollo de la fase de oposición, apartado 1, debe decir:

"1. La primera prueba se celebrará en el lugar, fecha y hora señalados en la Resolución prevista en la base específica 4, apartado 3, debiendo transcurrir un mínimo de un mes desde la publicación de la Resolución de convocatoria del proceso selectivo."

c) Dentro de la base específica 7, en la letra A), apartado 2, segundo ejercicio: examen tipo test de idioma inglés, el párrafo siguiente debe decir:

"Los aspirantes realizarán un ejercicio de conocimientos del idioma inglés. La prueba consistirá en la contestación de un cuestionario de diez (10) preguntas en idioma inglés. Cada pregunta contará con tres respuestas alternativas en idioma inglés de la que solo una será la correcta."

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