DECRETO 47/2024, de 25 de marzo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes.

Examinado el expediente tramitado por la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes para la modificación de su relación de puestos de trabajo.

Las modificaciones propuestas se consideran justificadas, teniendo en cuenta el Acuerdo de Gobierno de 9 de marzo de 2023, por el que se aprueba la estrategia para la optimización de los resultados en la gestión y justificación de los fondos europeos en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En su virtud, de conformidad con los artículos 5.2, apartado f), 6, 15, 16 y 16 bis de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y demás disposiciones vigentes de aplicación, a iniciativa de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con la conformidad de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, y a propuesta conjunta de las Consejeras de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea y de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 25 de marzo de 2024,

RESUELVO:

Primero.- Modificar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, en los términos del Anexo I: puestos de nueva creación.

Una vez introducidas las anteriores modificaciones, la relación de puestos de trabajo queda en los términos del Anexo II.

Segundo.- El presente Decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, significando que, en el caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Canarias, a 25 de marzo de 2024.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.

ANEXO I

Ver anexo en las páginas 10653-10654 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en las páginas 10655-11105 del documento Descargar

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