EXTRACTO de la Orden de 29 de febrero de 2024, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera en Canarias, al amparo de la subvención concedida por Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.

BDNS (Identif.): 742699.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/742699).

Primero.- Personas beneficiarias.

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, siempre que tengan su residencia fiscal en la Comunidad Autónoma de Canarias, y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria y en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, tanto las personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de PYME de acuerdo con lo establecido en el Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, como las personas físicas, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones:

a) Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

1.º) Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

2.º) Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

3.º) Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.

4.º) Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificada registralmente con la clave OT.

b) A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado.

c) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.

Segundo.- Finalidad.

• Avanzar en el desarrollo de los corredores europeos como principales ejes vertebradores de nuestra movilidad. Hacer nuestra red nacional de transporte más interoperable de acuerdo con los estándares europeos, dotándola de mayor capacidad donde es necesario y contribuyendo a reducir su huella de carbono mediante el impulso de modos de transporte más sostenibles desde el punto de vista medioambiental, a través del empleo de fuentes de energía más limpias.

• Mejorar la logística y la intermodalidad mediante el desarrollo y/o modernización de terminales logísticas, puertos y accesos a los mismos.

• Digitalización y sostenibilidad del transporte de mercancías, mediante un programa de ayudas que ubica entre sus potenciales beneficiarios a las empresas de transporte de mercancías para impulsar su digitalización, la descarbonización del transporte y el transporte ferroviario de mercancías en particular.

Tercero.- Bases reguladoras.

Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, publicado en el Boletín Oficial del Estado n.º 257, de 26 de octubre de 2022.

Cuarto.- Importe.

El importe que se destina a las subvenciones asciende a un total de cinco millones cuarenta y cuatro mil doscientos ochenta y dos (5.044.282,00) euros.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes para el presente Programa de Ayudas comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 30 de junio de 2024.

Canarias, a 29 de febrero de 2024.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
VIVIENDA Y MOVILIDAD,
Pablo Rodríguez Valido.

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