Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 7 de febrero de 2024, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 de julio de 1989, que aprobó definitivamente la Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur, en el término municipal de Mogán (Gran Canaria).

ANTECEDENTES

Primero.- La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 28 de julio de 1989, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

"Aprobar definitivamente la Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur en el término municipal de Mogán, con la excepción de aquellos aspectos que contravienen las Normas Subsidiarias Municipales, y que a continuación se enumeran:

- La Reducción del 50% al 25% de la contabilización de los cuerpos volados abiertos como superficie ocupada, así como la exclusión de este cómputo de los pasillos y escaleras exteriores.

- La separación entre edificios independientes dentro de una parcela recogida en el epígrafe c), toda vez que suprime la condición de que los edificios se desarrollen en un mismo nivel.

- La distancia a la que se refiere el epígrafe a), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,35 m.

Contra este Acuerdo cabe la interposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de recurso de reposición ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la Resolución del recurso si esta fuera expresa, o de un año si fuera por silencio administrativo negativo en virtud del artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa."

Segundo.- Con fecha 29 de marzo de 2023, se recibió escrito en el Ayuntamiento de Mogán por el que comunicaba a este Centro Directivo que se había dictado el Decreto n.º 2023/945, de 7 de marzo, por el que se tiene por corregido el documento de Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur, en el término municipal de Mogán, quedando así subsanados todos los condicionantes impuestos por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en su Acuerdo de 28 de julio de 1989, por el que se procedió a la aprobación definitiva del citado texto normativo, y que había sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas n.º 38, de 29 de marzo de 2023, al tiempo que solicitaba que se procediera a la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del referido Acuerdo de 28 de julio de 1989, a fin de proceder posteriormente por su parte a la publicación del texto normativo en el Boletín Oficial de la Provincia, todo ello a efectos de dotar de vigencia a la citada normativa.

Tercero.- Con fecha 26 de enero de 2024, se emite informe por el Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental, a petición de la Jefatura de Área de Coordinación de Planeamiento, en el que se concluye que existe error material en el referido Acuerdo de la CUMAC ya que, donde dice "la distancia a la que se refiere el epígrafe a), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,35 m", debe decir "la distancia a la que se refiere el epígrafe h), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,50 m".

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Tal como se indicaba en el Oficio de la Dirección General de Planificación Territorial y Aguas remitido al Ayuntamiento de Mogán el día 3 de diciembre de 2021, "en atención al régimen competencial establecido en la Ley 4/2017, de 13 de julio, y a las funciones encomendadas al órgano colegiado de evaluación ambiental e informe único en la citada Ley y su Reglamento de Organización y Funcionamiento, aprobado por Decreto 13/2019, de 25 de febrero, le corresponde al órgano competente del Ayuntamiento de Mogán la adopción del Acuerdo por el que se tiene por corregido el documento de "Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur", así como la publicación de los acuerdos adoptados".

En aplicación de esta premisa, el Ayuntamiento, como se ha indicado, dictó y publicó el Decreto n.º 2023/945, de 7 de marzo, cuyo apartado dispositivo primero dispone literalmente "tener por corregido el documento de Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur en el término municipal de Mogán, quedando así subsanados todos los condicionantes impuestos por la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias en su Acuerdo de 28 de julio de 1989 por el que se procedió a la aprobación definitiva del citado texto normativo".

En consecuencia, una vez subsanados tales aspectos, procede la publicación, por parte de esta Consejería, en el Boletín Oficial de Canarias, del repetido Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 de julio de 1989.

Segundo.- No obstante lo anterior, la publicación del señalado Acuerdo debe llevarse a cabo previa rectificación del error material detectado en su texto original, en la forma indicada en el informe emitido por el Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental de 26 de enero de 2024, al amparo de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, según el cual "las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos".

En virtud de lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.- Corregir el error material detectado en el Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 de julio de 1989 y, en su consecuencia:

Donde dice: "la distancia a la que se refiere el epígrafe a), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,35 m".

Debe decir: "la distancia a la que se refiere el epígrafe h), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,50 m".

Segundo.- Dar publicidad, en el Boletín Oficial de Canarias, al Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias de 28 de julio de 1989, por el que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur, en el término municipal de Mogán (Gran Canaria), cuyo texto se acompaña como anexo a la presente Resolución.

Tercero.- Notificar la presente Resolución al Ayuntamiento de Mogán.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2024.- El Director General de Ordenación del Territorio, Onán Cruz Díaz.

ANEXO

La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el día 28 de julio de 1989, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Aprobar definitivamente la Modificación del Plan Parcial Cornisa del Sur en el término municipal de Mogán, con la excepción de aquellos aspectos que contravienen las Normas Subsidiarias Municipales, y que a continuación se enumeran:

- La Reducción del 50% al 25% la contabilización de los cuerpos volados abiertos como superficie ocupada, así como la exclusión de este cómputo de los pasillos y escaleras exteriores.

- La separación entre edificios independientes dentro de una parcela recogida en el epígrafe c), toda vez que suprime la condición de que los edificios se desarrollen en un mismo nivel.

- La distancia a la que se refiere el epígrafe h), toda vez que las Normas Subsidiarias fijan tal distancia en 3,50 m.

Contra este Acuerdo cabe la interposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de recurso de reposición ante la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, y contra su desestimación cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de la notificación de la resolución del recurso si esta fuera expresa, o de un año si fuera por silencio administrativo negativo en virtud del artículo 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

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