RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2024, del Director, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de este ente, sobre delegación de competencias en la Dirección de la Escuela.

El Consejo de Administración de la entidad pública empresarial Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, adscrita a la Consejería de Sanidad, en su sesión de fecha 14 de diciembre de 2023, adoptó el Acuerdo por el que se delegan determinadas competencias en el Director de la Escuela, que figura como anexo a la presente Resolución.

De conformidad con lo dispuesto en el número 3 del artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación de dicho Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, por lo que en su razón

RESUELVO:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el anuncio que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de enero de 2024.- El Director, José Francisco Montelongo Espinosa.

ANEXO

El Consejo de Administración de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, por unanimidad de los miembros presentes con derecho a voto, adoptó el siguiente Acuerdo en el punto 6 del orden del día de 14 de diciembre de 2023:

«Por razones de eficacia y en aras de agilizar la gestión administrativa, se considera conveniente que el Consejo de Administración de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (en adelante, ESSSCAN) delegue a favor de la Dirección, como órgano de representación y dirección, la autorización de la celebración de convenios con entidades públicas y privadas, considerando la siguiente normativa:

Primero.- La actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, al que pertenece la ESSSCAN, está sujeta al Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación básica estatal en relación con el régimen de los convenios (Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público). Dicha normativa regula, entre otros, el contenido y los trámites previos a la suscripción.

Segundo.- El Consejo de Administración es el órgano superior de dirección de la ESSSCAN, estableciendo tanto los artículos 7.2 de la Ley 1/1993, de 26 de marzo, de creación y regulación de la ESSSCAN, como 8.2 del Decreto 5/1994, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la ESSSCAN, que, a través de su Presidente, ostenta la representación superior de la Escuela sin perjuicio de las delegaciones que pueda hacer a otros órganos del propio ente. Por tanto, la regulación del Consejo de Administración admite la delegación de competencias, entre las que se incluye la de "c) Autorizar la celebración de convenios con entidades públicas y privadas", artículo 8.4.c) del Decreto.

Tercero.- De conformidad con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las delegaciones de competencia y su revocación deberán publicarse en el boletín oficial correspondiente.

Conforme a lo expuesto, al amparo de los artículos 7.2 de la Ley 1/1993, de 26 de marzo, de creación y regulación de la ESSSCAN, y 8.2 del Decreto 5/1994, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la ESSSCAN, y en relación con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Consejo de Administración de la ESSSCAN adopta el siguiente Acuerdo:

Primero.- Delegar en el titular de la Dirección de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, la competencia del artículo 8.4.c) del Decreto 5/1994, de 14 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de dicha entidad, relativa a "c) Autorizar la celebración de convenios con entidades públicas y privadas". Se establece la obligación de dar cuenta al Consejo de Administración de todos los convenios celebrados conforme a esta delegación en la siguiente sesión ordinaria que se convoque.

Segundo.- Dar publicidad a la delegación competencial en el Director de la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias, ordenando la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Canarias en cumplimiento del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.»

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