ORDEN de 12 de enero de 2024, por la que se delega el ejercicio de las funciones de la "persona responsable de la operación" a los efectos del "análisis sistemático del riesgo de conflictos de interés" en el personal de la Unidad Administrativa Provisional de Fondos Next Generation, adscrito a la Viceconsejería de Bienestar Social, en el marco de los proyectos del mecanismo de recuperación y resiliencia, financiado por los Fondos Next Generation EU, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Examinada la propuesta emitida por el Director de Fondos Next Generation EU de la Viceconsejería de Bienestar Social, de fecha 27 de noviembre de 2023, en la cual se propone delegar en el personal directivo y jefes/as de Servicio adscritos a la Unidad Provisional de Fondos Next Generation EU, el ejercicio de las funciones de la persona responsable de la operación a los efectos del "Análisis Sistemático del Riesgo de Conflictos de Interés" y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Con el fin de reactivar las economías de los países miembros después de la profunda crisis económica, social y sanitaria provocada en Europa por la COVID-19, el 21 junio de 2020, el Consejo Europeo acordó un instrumento excepcional de recuperación temporal conocido como Next Generation EU (Próxima Generación UE) dotado con 750.000 millones de euros para el conjunto de los Estados Miembros. El Fondo de Recuperación garantiza una respuesta europea coordinada con los Estados Miembros para hacer frente a las consecuencias económicas y sociales de la pandemia. Los dos instrumentos de mayor volumen del Next Generation EU son el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR), que constituye el núcleo del Fondo de Recuperación y el Fondo REACT-EU. La normativa comunitaria, que regula el Mecanismo, es el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, cuyo ámbito de actuación está estructurado en seis pilares: la transición ecológica; la transformación digital; el crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo que incorpora elementos como la cohesión económica, el empleo, la productividad, la competitividad, la investigación, la innovación, un mercado interior que funcione adecuadamente y unas pymes fuertes; la cohesión social y territorial de todos los pueblos y territorios de Europa; la salud y resiliencia económica, social e institucional, con objeto, entre otros, de aumentar la preparación y capacidad de reacción ante la crisis; y las políticas de próxima generación, la infancia y la juventud, tales como la educación y el desarrollo de capacidades (artículo 3 del Reglamento).

Segundo.- Para alcanzar dichos objetivos, cada Estado miembro ha diseñado un Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia, que incluya las reformas y los proyectos de inversión necesarios para alcanzar dichos objetivos. España aprobó por el Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021 su Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE n.º 103, de 30.4.2021), que fue presentado a la Comisión el día 30 de abril de 2021, y aprobado por esta el 16 de junio de 2021.

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) detalla una agenda de inversiones y reformas especificando las metas, objetivos e indicadores para su seguimiento y control. Todas las medidas que incorpora cumplen el principio de "no causar un perjuicio significativo" al medio ambiente (do no significant harm o DNSH) a los objetivos medioambientales recogidos en el Reglamento (UE) 2020/852:

1. Mitigación del cambio climático.

2. Adaptación al cambio climático.

3. Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos.

4. Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos.

5. Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo.

6. Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas.

Estos seis criterios son los que el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) ha adoptado para garantizar que cada reforma e inversión del PRTR cumple con el principio de no causar un perjuicio significativo. La implementación efectiva del principio DNSH en la asignación de fondos Next Generation es un requisito de obligado cumplimiento para garantizar que los proyectos ejecutados respectan los estándares de calidad y sostenibilidad establecidos y que no causen daño significativo al medio ambiente.

Tercero.- En cumplimiento del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el Consejo de Ministros, en reunión de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España -en adelante el Plan o PRTR-, que establece los proyectos que se pondrán en marcha en el periodo 2021-2026, para maximizar el impacto sobre la recuperación y transformación rápida de la economía. El PRTR busca impulsar la actividad económica, a través de una serie de inversiones y reformas, orientadas a aumentar de forma efectiva, coherente y duradera el crecimiento potencial de la economía española. De esta manera, son pilares del Plan la transición verde, la transformación digital, el crecimiento inteligente, sostenible y la inclusión; la cohesión social y territorial, la resiliencia sanitaria, económica, social e institucional y, por último, las políticas para las próximas generaciones. Plan que fue evaluado positivamente por la Comisión Europea el 16 de junio de 2021 y, posteriormente, aprobado por el Consejo Europeo el 13 de julio de 2021. Los proyectos que constituyen el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España permitirán la realización de reformas estructurales en los próximos años, mediante cambios normativos e inversiones, y, por lo tanto, permitirán la evolución hacia una estructura más resiliente e inclusiva que permita que nuestro modelo sepa enfrentar con éxito otras posibles crisis o desafíos; todo ello, de especial relevancia para el interés público, social y económico.

Cuarto.- Mediante Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se regula el procedimiento de análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha Orden, en su artículo 4.2, párrafo segundo, asigna las funciones de "responsable de la operación" al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

Por tanto, según el procedimiento de que se trate, esta condición de "responsable de la operación" la ostenta la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, en el ejercicio de sus competencias como órgano de contratación [artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias], siendo también el órgano competente para la concesión de subvenciones (artículo 3.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias).

A los antecedentes descritos resultan de aplicación las siguientes

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primero.- Mediante Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, estableciéndose en su artículo 12 que "La Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias asume las competencias que tenía atribuidas la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud".

Segundo.- El Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, en su artículo 10 establece la estructura de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias.

Tercero.- Mediante Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, se regula el procedimiento de análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicha Orden, en su artículo 4.2, párrafo segundo, asigna las funciones de "responsable de la operación" al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

Cuarto.- De conformidad con el artículo 9.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, "Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquellas".

Quinto.- La Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en su artículo 31.3, establece que "El ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello".

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en el personal directivo y Jefes/as de Servicios adscritos a la Unidad Administrativa Provisional de Fondos Next Generation, adscrito a la Viceconsejería de Bienestar Social, las siguientes funciones de la "persona responsable de operación", a los efectos del "Análisis Sistemático del Riesgo de Conflictos de Interés" regulado en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, realizando las siguientes actividades:

1.- Asegurar que se genera el código de referencia de operación (CRO) en la aplicación COFFEE (artículo 4.3).

2.- Acceder a la aplicación MINERVA e introducir el código CRO y la información (NIF) relativa a las personas intervinientes en los procedimientos y de las personas decisoras de la operación (artículo 4.4).

3.- Cargar en MINERVA las declaraciones de ausencia de conflicto de interés emitidas (artículo 4.4).

4.- Poner las banderas rojas en conocimiento de la persona decisora afectada y de su superior jerárquico a fin de que, en su caso, se abstenga [artículo 5, letras b) y c)].

5.- Remitir el resultado del análisis en MINERVA a los órganos gestores de los proyectos o subproyectos [artículo 5, letra c)].

6.- Asegurar que el resultado del análisis se registre en COFFEE [artículo 5, letra c)].

7.- Solicitar en MINERVA información adicional de los riesgos detectados en caso de no abstención, y trasladarla al órgano superior jerárquico de la persona decisora afectada (artículo 6.2).

8.- Acudir al comité antifraude correspondiente para que emita informe sobre si procede abstención en el caso concreto (artículo 6.3).

9.- Asegurar la carga en COFFEE de la documentación relativa a la alegación motivada de ausencia de conflicto de interés (artículo 6.4).

Segundo.- La delegación no supone alteración de la titularidad de la competencia y las resoluciones administrativas que, en su caso, se adopten en virtud de la misma, indicarán expresamente dicha circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.- Las competencias que se delegan en la presente Orden podrán ser objeto de avocación en la forma prevista en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Canarias, a 12 de enero de 2024.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,
IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS,
María Candelaria Delgado Toledo.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
4849 {"title":"ORDEN de 12 de enero de 2024, por la que se delega el ejercicio de las funciones de la \"persona responsable de la operación\" a los efectos del \"análisis sistemático del riesgo de conflictos de interés\" en el personal de la Unidad Administrativa Provisional de Fondos Next Generation, adscrito a la Viceconsejería de Bienestar Social, en el marco de los proyectos del mecanismo de recuperación y resiliencia, financiado por los Fondos Next Generation EU, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.","published_date":"2024-01-22","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"4849"} canarias BOC,BOC nº 2024-15,Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias,Oposiciones y concursos,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2024-01-22/4849-orden-12-enero-2024-se-delega-ejercicio-funciones-persona-responsable-operacion-efectos-analisis-sistematico-riesgo-conflictos-interes-personal-unidad-administrativa-provisional-fondos-next-generation-adscrito-viceconsejeria-bienestar-social-marco-proyectos-mecanismo-recuperacion-resiliencia-financiado-fondos-next-generation-eu-plan-recuperacion-transformacion-resiliencia-espana https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.