Dirección General de la Función Pública.- Resolución de 8 de enero de 2024, por la que se declara la integración definitiva del personal laboral procedente de los servicios de ordenación y gestión del litoral transferidos a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, adscritos a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad.

Examinado el expediente administrativo tramitado actualmente en la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad y en la Dirección General de la Función Pública para la integración del personal laboral transferido a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, de traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de ordenación y gestión del litoral, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- A propuesta de la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, con fecha 1 de junio de 2023, por parte de la Dirección General de la Función Pública se autorizó a dicho Departamento para la realización del trámite de audiencia al personal transferido a los efectos de su integración en las categorías del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El personal inicialmente asignado a la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, en virtud de la disposición adicional segunda 5.º del Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias (BOC n.º 140, de 18.7.2023), se atribuye a la Dirección General de Costas de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad la gestión de las competencias en materia de ordenación del litoral, por lo que dicho personal transferido quedará adscrito al nuevo departamento.

Segundo.- Se ha cumplido con los trámites reglamentarios para la formulación de la declaración definitiva de integración del personal laboral transferido.

Tercero.- El personal laboral transferido D. Martín de la Concepción Pérez Doreste, y D. Antonio Manuel Mora Hernández, no manifiestan disconformidad con la propuesta de integración dentro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias. Por su parte el personal laboral transferido Dña. Josefa Sánchez Díaz y Dña. Silvia Sosa Santana alegan que deben ser transferidas como personal laboral fijo y no como personal indefinido no fijo.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Con motivo del trámite de audiencia realizado por la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, se ha dado cumplimiento a lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segunda.- El III Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias será de aplicación a este colectivo de conformidad con lo establecido en su artículo 1. Además en su Anexo II establece como sistemas de clasificación, cinco grupos retributivos, cada uno con su denominación genérica en las que se encuadran las distintas categorías profesionales.

Tercera.- El artículo 6.1.l) de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, y el 38.1.ñ) del Decreto 14/2021, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, atribuyen al Consejero ejercer las competencias que las normas generales le atribuyan y las que en materia de personal no estén atribuidas a otros órganos.

Cuarta.- Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, de 7 de diciembre de 2023 (BOC n.º 247, de 19 de diciembre), se delega en la Dirección General de la Función Pública la competencia para la resolución de los procedimientos de integración en la función pública canaria del personal laboral procedente de la Administración General del Estado.

En su virtud,

RESUELVO:

Uno.- Declarar integrados como personal laboral fijo transferido a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, en la organización de la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, procediendo a formalizarla en los siguientes términos: categoría de Administrativo (Grupo III) a D. Martín de la Concepción Pérez Doreste con DNI ***3975**, y categoría de Encargado de Obra (Grupo III) a D. Antonio Manuel Mora Hernández con DNI***5003**.

Dos.- Declarar integradas como personal laboral indefinido no fijo transferido a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Real Decreto 713/2022, de 30 de agosto, en la organización de la función pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, procediendo a formalizarla en los siguientes términos: categoría de Titulada Superior (Grupo I) a Dña. Josefa Sánchez Diaz, con DNI***7441**, y categoría de Administrativo (Grupo III) a Dña. Silvia Sosa Santana con DNI***899**.

Tres.- La integración tendrá los efectos económicos que se determinen en la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Obras Públicas,Vivienda y Movilidad.

Contra la presente Resolución, que pone fin a vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife o ante aquel Juzgado de lo Contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona recurrente en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, o bien interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de enero de 2024.- El Director General de la Función Pública (Orden de 7.12.2023; BOC n.º 247, de 19 de diciembre), Francisco Javier Rodríguez del Castillo.

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