ORDEN de 22 de diciembre de 2023, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el periodo 2020-2023, aprobado por Orden de 25 de mayo de 2020.

Vista la propuesta formulada por la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el periodo 2020-2023, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda n.º 139, de 25 de mayo de 2020, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el periodo 2020-2021 (BOC n.º 109, de 3.6.2020).

Segundo.- Posteriormente, por Orden del titular del Departamento n.º 379/2020, de 30 de diciembre (BOC n.º 10, de 15.1.2021), Orden n.º 58/2021, de 22 de marzo (BOC n.º 68, de 5.4.2021), Orden n.º 146/2021, de 25 de junio (BOC n.º 137, de 25.6.2021), Orden n.º 358, de 30 de diciembre (BOC n.º 14, de 20.1.2022), Orden, de 27 de mayo de 2022 (BOC n.º 113, de 9.6.2022), Orden n.º 201, de 12 de julio de 2022 (BOC n.º 144, de 21.7.2022), Orden n.º 341/2022, de 1 de diciembre de 2022 (BOC n.º 241, de 9.12.2022), Orden n.º 414/2022, de 30 de diciembre de 2022 (BOC n.º 5, de 9.1.2023), Orden n.º 90/2023, de 26 de marzo de 2023 (BOC n.º 66, de 3.4.2023), Orden n.º 153, de 24 de mayo (BOC n.º 106, de 2.6.2023), y Orden n.º 4, de 28 de julio (BOC n.º 156, de 8.8.2023), se actualiza el mencionado Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el periodo 2020-2023.

Tercero.- Con posterioridad a las modificaciones recogidas en las mencionadas Órdenes departamentales se recibe una nueva propuesta de la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda, de modificación parcial de los Anexos I y II del Plan Estratégico de Subvenciones en vigor con el fin de adaptar el mismo a la redistribución de la financiación por anualidades y programas del Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025.

A los antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segundo.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, contempla en sus artículos 6, 7 y 8 el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercero.- De conformidad con el artículo 6 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se aprobará un plan estratégico de subvenciones para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a el vinculados.

En su apartado 2 recoge la posibilidad de que, por los titulares de los órganos respectivos, según su normativa reguladora, se podrá aprobar un plan estratégico especial, de ámbito inferior al departamental, cuando su importancia justifique su desarrollo particularizado.

En su apartado 4 se señala que los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

Cuarto.- El Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, modificado por Decreto 47/2023, de 17 de julio, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y la Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías, dispone en su artículo 4 que la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Vivienda.

Quinto.- El Decreto 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias, concreta los órganos superiores y directivos en los que se estructura la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad y determina que el Instituto Canario de la Vivienda está adscrito a la precitada Consejería.

Sexto.- La aprobación del Plan corresponde al titular del Departamento y requerirá informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuestos, de acuerdo con el apartado 5 del artículo 6, según redacción dada por el Decreto 5/2015, de 30 de enero.

Séptimo.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Vistas las disposiciones legales citadas y demás normas de general aplicación, en el ejercicio de la competencia que tengo atribuida y visto el informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto, a propuesta de la Dirección del Instituto Canario de la Vivienda,

RESUELVO:

Primero.- Actualizar la dotación de la siguiente línea de subvención incluida en el Anexo I:

Ver anexo en la página 64798 del documento Descargar

Segundo.- Actualizar la dotación de la siguiente línea de subvención incluida en el Anexo II e incluir una nueva línea de subvención:

Ver anexo en la página 64798 del documento Descargar

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Cuarto.- Anualmente, en caso de precisarlo, como se establece en el artículo 8.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, este Plan será objeto de actualización.

Quinto.- Las cantidades señaladas como coste o dotación para la ejecución de los proyectos se han consignado en el presupuesto de gastos del Instituto Canario de la Vivienda para el ejercicio 2023 en su caso. Las variaciones en las dotaciones, siempre que el contenido de las líneas de subvención previstas no se vea alterado, no afectará a la vigencia del Plan, de conformidad con lo señalado en el siguiente apartado.

Sexto.- El presente Plan Estratégico tiene carácter programático y su contenido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, no crea derechos ni obligaciones y su efectividad queda condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio y al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria que se establezcan para la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 22 de diciembre de 2023.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS,
VIVIENDA Y MOVILIDAD,
Pablo Rodríguez Valido.

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
4468 {"title":"ORDEN de 22 de diciembre de 2023, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de la Vivienda para el periodo 2020-2023, aprobado por Orden de 25 de mayo de 2020.","published_date":"2023-12-29","region":"canarias","region_text":"Canarias","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-canarias","id":"4468"} canarias BOC,BOC nº 2023-254,Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Movilidad,Oposiciones y concursos,Otras Resoluciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/canarias/boa/2023-12-29/4468-orden-22-diciembre-2023-se-modifica-plan-estrategico-subvenciones-instituto-canario-vivienda-periodo-2020-2023-aprobado-orden-25-mayo-2020 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.