Consejería de Turismo y Empleo - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-201)

Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 2 de octubre de 2023, del Secretario General, por la que se ordena la publicación de la primera Adenda al Acuerdo-Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad y de reinserción en el marco del Plan Extraordinario de Empleo La Palma (PEX 2023).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29, apartados 2 y 3, de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 20, apartado 1, del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, los convenios que se celebren por los órganos de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En cumplimiento de los referidos preceptos y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Primera Adenda al Acuerdo-Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la Federación Canaria de Municipios, para el Desarrollo de tareas de utilidad y de reinserción, en el marco del Plan Extraordinario de Empleo La Palma (PEX 2023), Convenio original con registro del Gobierno de Canarias n.º 160/2023.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2023.- El Secretario General, Jesús Manuel García Benítez.

ANEXO

PRIMERA ADENDA AL ACUERDO-MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO CANARIO DE EMPLEO Y LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS PARA EL DESARROLLO DE TAREAS DE UTILIDAD Y DE REINSERCIÓN EN EL MARCO DEL PLAN EXTRAORDINARIO DE EMPLEO LA PALMA (PEX 2023).

REUNIDOS

De una parte, Dña. Jessica del Carmen de León Verdugo, Consejera de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias y Presidenta del Servicio Canario de Empleo, actuando en nombre y representación de dicho organismo (a partir de ahora SCE), en virtud de lo establecido en el artículo 7.1, apartado e), de la Ley 12/2003, de 4 de abril, de creación del Servicio Canario de Empleo (BOC de 28.4.2003), según redacción dada por la Ley 3/2011, de 18 de febrero, de modificación de aquella (BOC de 2.3.2011).

De otra Dña. María Concepción Brito Núñez, en calidad de Presidenta de la Federación Canaria de Municipios (a partir de ahora FECAM), en virtud del acuerdo de la Asamblea General adoptado el 1 de octubre de 2019 en Santa Cruz de Tenerife, y actuando en nombre y representación de esta última en virtud de la competencia que le atribuye el artículo 32.1.a), en relación con el artículo 8.1.f) de sus Estatutos.

Cada uno de ellos interviene en virtud y en uso de las facultades que tienen atribuidas y reconociéndose recíprocamente capacidad legal suficiente y poder bastante para este acto,

EXPONEN

Primero.- Una vez cumplidos los trámites legales establecidos, en fecha 16 de mayo de 2023, se procede a la firma y adopción del Acuerdo-Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad y de reinserción en el marco del Plan Extraordinario de Empleo La Palma (PEX 2023), publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 102, de 26 de mayo de 2023, cuyo objetivo y finalidad quedan convenientemente reflejados y expuestos en el cuerpo del mismo, remitiéndonos a su examen.

Segundo.- Hay que tener en cuenta que la cláusula quinta del citado Acuerdo-Marco establece:

"Quinta.- Requisitos de las personas participantes y criterios de selección.

1. Serán requisitos necesarios para participar en el procedimiento de selección:

1.1. Tener 18 años cumplidos y menos de 65 años.

1.2. Estar inscrito como demandante de empleo desempleado en el SCE.

1.3. Figurar empadronado en el municipio que ejecute el proyecto.

2. Los criterios para la selección de los participantes serán:

2.1. En el caso de las personas demandantes de empleo desempleadas que sean propuestas por el Ayuntamiento para participar en el proyecto, de conformidad con el objeto de este Acuerdo y en el marco del mismo, estas deberán estar con carácter prioritario dentro de los siguientes colectivos:

- Personas paradas de larga duración.

- Jóvenes menores de 30 años.

- Mujeres.

- Personas mayores de 45 años.

- Colectivos con especiales dificultades.

2.2. Para el resto de los casos no contemplados en el apartado 2.1, la preselección de las personas demandantes de empleo desempleadas la realizará el SCE, mediante presentación de oferta de empleo, entre los colectivos indicados en el apartado anterior.

En el caso de que no existieran demandantes de empleo para los puestos ofertados que cumplan con los requisitos exigidos, se podrá modificar el colectivo beneficiario. Dicha modificación procurará, en la medida de lo posible, su mayor compatibilidad con los principios y colectivos establecidos como prioritarios.

No obstante, en el caso que en alguna de las categorías profesionales no existiesen personas desempleadas en el municipio para cubrir el puesto, y después de haberse constatado este hecho por los gestores de la oferta, podrán admitirse cambios en las categorías propuestas, siempre que no suponga incremento del importe a subvencionar."

Una vez concedidos los expedientes, se está procediendo a la selección de las personas demandantes de empleo en las ocupaciones concedidas en las resoluciones de concesión de las entidades solicitantes.

En ese proceso se detecta que en algunos municipios no se encuentran personas que cubran determinados perfiles.

Dado que la crisis del volcán ha incrementado el número de personas vulnerables, y que determinadas entidades han solicitado, en concreto, cuidadores de personas dependientes para atender a las personas vulnerables, es por lo que se ve la necesidad de obviar el requisito "1.3 Figurar empadronado en el municipio que ejecute el proyecto", en los casos que una vez realizada la selección de las personas demandantes de empleo en las ocupaciones concedidas no se encuentren determinados perfiles, por lo que se podrán, en esos casos, seleccionar en el resto de municipios de la isla de La Palma.

En virtud de todo lo expuesto, y reconociéndose los comparecientes capacidad legal para llevar a cabo la presente modificación, ambas partes

ACUERDAN

Primero.- Modificar la cláusula quinta del Acuerdo-Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad y de reinserción en el marco del Plan Extraordinario de Empleo La Palma (PEX 2023), en el sentido de modificar el requisito establecido en el punto 1.3 que queda con la siguiente redacción: "Figurar empadronado en el municipio que ejecute el proyecto. Se podrá obviar este requisito, en los casos que una vez realizada la selección de las personas demandantes de empleo en las ocupaciones concedidas no se encuentren determinados perfiles, por lo que se podrán, en esos casos, seleccionar en el resto de municipios de la isla de La Palma".

Segundo.- Procédase a la notificación de la primera adenda al Acuerdo-Marco de Colaboración entre el Servicio Canario de Empleo y la Federación Canaria de Municipios para el desarrollo de tareas de utilidad y de reinserción en el marco del Plan Extraordinario de Empleo La Palma (PEX 2023), por medio de su publicación en el tablón de anuncios del Servicio Canario de Empleo, y con efectos desde el día de suscripción del Acuerdo Marco, y se proceda a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman electrónicamente el presente documento en la fecha indicada en la firma electrónica, a 29 de septiembre de 2023.- La Presidenta del Servicio Canario de Empleo, Jessica del Carmen de León Verdugo.- La Presidenta de la Federación Canaria de Municipios, María Concepción Brito Núñez.

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