Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-153)

Secretaría General Técnica.- Resolución de 3 de julio de 2023, por la que se ordena la publicación de la tercera Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes y el Ayuntamiento de Candelaria para la ejecución del proyecto de obra denominado "Proyecto básico y de ejecución de comedor escolar en el CEIP Punta Larga, Candelaria".

El artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que los órganos u organismos del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de sus secretarías generales técnicas u órgano equivalente, deberán publicar los convenios en el Boletín Oficial de Canarias dentro de los veinte días siguientes a su firma.

En el plazo indicado en el apartado anterior, deberán publicar también en el Boletín Oficial de Canarias, los anexos, adendas, prórrogas y otros actos de modificación o extinción del convenio.

En cumplimiento de los fundamentos jurídicos citados y con la finalidad de facilitar el público conocimiento de los compromisos asumidos en el ámbito de la actividad convencional del sector público autonómico,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la tercera Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación entre la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias y el Ayuntamiento de Candelaria para la ejecución del proyecto de obra denominado "Proyecto básico y de ejecución de comedor escolar en el CEIP Punta Larga, Candelaria".

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de julio de 2023.- El Secretario General Técnico, Manuel Peinado Bosch.

ANEXO

TERCERA ADENDA DE PRÓRROGA Y MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y EL AYUNTAMIENTO DE CANDELARIA PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE OBRA DENOMINADO "PROYECTO BÁSICO Y DE EJECUCIÓN DE COMEDOR ESCOLAR EN EL CEIP PUNTA LARGA, CANDELARIA"

En Santa Cruz de Tenerife a, 30 de junio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Dña. Manuela de Armas Rodríguez, Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (en adelante, la Consejería), en su nombre y representación, y en uso de las facultades que le confieren los artículos 16 y 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el artículo 6.f) del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Y de otra, la Sra. Dña. María Concepción Brito Núñez, en su condición de Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Candelaria (en adelante, el Ayuntamiento), en nombre y representación del mismo, al amparo de lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, y facultada al efecto por Acuerdo Plenario en sesión de constitución celebrada a 17 de junio de 2023.

Las personas comparecientes se reconocen, de manera mutua y recíproca, la capacidad jurídica y de obrar, así como la representación que ostentan para suscribir la presente Adenda de modificación y prórroga y a tal fin,

EXPONEN

Primero. Con fecha 30 de diciembre de 2020, las partes suscribieron Convenio de Cooperación cuyo objeto es llevar a cabo la ejecución de expediente de contratación del proyecto de obra denominado "Proyecto básico y de ejecución de comedor escolar en el CEIP Punta Larga, Candelaria", en el término municipal de Candelaria, Tenerife. El citado Convenio está inscrito en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con el n.º 47, de fecha 30 de diciembre de 2020, y publicado en el Boletín Oficial de Canarias n.º 15, de 22 de enero de 2021.

Segundo. Con fecha 23 de diciembre de 2021, las partes suscribieron la primera Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación. La citada Adenda está inscrita en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con el n.º 70, de fecha 23 de diciembre de 2021, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 6, de 10 de enero de 2022.

Tercero. Con fecha 30 de diciembre de 2022, las partes suscribieron la segunda Adenda de prórroga y modificación del Convenio de Cooperación cuya cláusula primera establece prorrogar el plazo estimado de ejecución de las obras por un periodo de 6 meses a contar desde la firma de la adenda. En la cláusula segunda se establece que la ejecución de la obra debe efectuarse antes del 30 de junio de 2023 y el plazo máximo de justificación es hasta el 30 de octubre de 2023. La citada Adenda está inscrita en el Registro de Convenios de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, con el n.º 58, de fecha 30 de diciembre de 2022, y publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 15, de 23 de enero de 2023.

Cuarto. Con fecha de 2 de junio de 2023, tuvo registro de entrada en la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa la solicitud del Ayuntamiento de Candelaria de prorrogar el plazo de ejecución del Convenio por un periodo de dos meses.

Quinto. Con fecha de 14 de junio de 2023, por la Unidad Técnica de Santa Cruz de Tenerife, adscrita a la Dirección General de Centros, Infraestructura y Promoción Educativa, se emite informe técnico favorable a la ampliación de plazos por un total de seis meses, al tomar en cuenta no solo la ejecución de la obra sino el nuevo procedimiento de licitación.

Sexto. Por el Servicio de Régimen Jurídico de la Secretaría General Técnica se emite informe con fecha 19 de junio de 2023 cuyo resultado obra en el expediente.

Por cuanto antecede, con el fin de dar continuidad a las actuaciones que constituyen el objeto del Convenio, las partes acuerdan la suscripción de la presente Adenda de modificación, que se incorpora formando parte del Convenio principal, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Prorrogar el plazo estimado de ejecución de las obras por un periodo de seis (6) meses a contar desde la firma de la presente Adenda.

Segunda.- Modificar el apartado a) de la cláusula tercera del Convenio de Cooperación suscrito por las partes en cuanto al plazo de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con presupuesto autonómico, debiendo efectuarse antes del 31 de diciembre de 2023. De acuerdo con lo previsto en el Acuerdo de Gobierno de 26 de noviembre de 2020, modificado por quinta vez por Acuerdo de Gobierno de 23 de diciembre de 2022, por el que se autorizan las condiciones de los abonos anticipados de subvenciones, aportaciones dinerarias, encargos y encomiendas de gestión, el plazo máximo de justificación podrá extenderse hasta cuatro meses después de la finalización de su ejecución, esto es hasta el 30 de abril de 2024.

Si en esas fechas no se hubiesen finalizado y justificado, el Ayuntamiento devolverá a la Consejería la cantidad recibida y no ejecutada, en un plazo máximo de tres (3) meses a contar desde la fecha de vencimiento correspondiente, transcurridos los cuales las cantidades adeudadas generarán intereses de demora.

Tercera.- Modificar la cláusula octava del Convenio, quedando redactada como sigue:

"Octava.- Vigencia.

El presente Convenio será publicado en el Boletín Oficial de Canarias, entrará en vigor el día de su firma y su duración se extenderá hasta la finalización de las actuaciones previstas en el mismo, o, en cualquier caso, hasta el 31 de diciembre de 2023, salvo el plazo de justificación que deberá efectuarse antes del 30 de abril de 2024; o se formule denuncia expresa de incumplimiento o resolución formulada por cualquiera de las partes."

Cuarta.- El resto del clausulado del Convenio de Cooperación no afectado por las modificaciones a que se refieren las cláusulas anteriores se mantiene inalterable, resultando de plena aplicación.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, en el lugar y fecha indicados.- La Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, Manuela de Armas Rodríguez.- La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Candelaria, María Concepción Brito Núñez.- Conforme al artículo 55.1.a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, el Secretario General, Octavio Manuel Fernández Hernández.

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