Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes - Otras Resoluciones (BOC nº 2023-134)

ORDEN de 28 de junio de 2023, por la que se acuerda la extinción de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones que se imparten en el Instituto de Educación Secundaria Domingo Pérez Minik, y su traslado al Instituto de Educación Secundaria Canarias, a partir del curso escolar 2023/2024.

Examinada la Memoria-Propuesta de la Ilma. Sra. Directora General de Formación Profesional y Educación de Adultos de fecha 3 de mayo de 2023, referente a la extinción de los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones que se imparten en el Instituto de Educación Secundaria Domingo Pérez Minik, código 38010700, sito en Curva de Gracia 72, 38205, San Cristóbal de La Laguna, y su traslado al Instituto de Enseñanza Secundaria Canarias, código 38010797, sito en calle Santa Úrsula, s/n, La Cuesta, 38320, San Cristóbal de La Laguna, a partir del curso escolar 2023/2024, y de conformidad con el siguiente

ANTECEDENTE DE HECHO

Único.- Producto de la continua revisión del mapa escolar de Canarias y dentro de la planificación de la oferta educativa de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se ha previsto la extinción en el IES Domingo Pérez Minik, código 38010700, del Ciclo Formativo de Grado Medio de Sistemas Microinformáticos y Redes, y de los Ciclos Formativos de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos en Red y Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones, y su traslado al IES Canarias, código 38010797, culminando el proceso iniciado en el curso 2022/2023 en el que se dejó de impartir en el IES Domingo Pérez Minik el primer curso de los mencionados ciclos formativos, y se inició su impartición en el IES Canarias, complementando de esta forma el proceso que acomete esta Consejería de adecuar la red de centros y enseñanzas a la realidad actual de escolarización en nuestra Comunidad Autónoma.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 81/2010, de 8 de julio, establece en su artículo 1.2 que los centros docentes públicos imparten, entre otras, las enseñanzas de Formación Profesional y que la autorización para impartir dichas enseñanzas corresponde a la Administración competente en materia educativa.

Segundo.- Por su parte, el artículo 3.1 del citado Reglamento dispone que la Consejería competente en materia educativa establecerá la red de centros docentes así como, en su caso, la modificación de la misma en función de la planificación de la enseñanza. La modificación podrá incluir las transformaciones necesarias para la eficiente utilización de los recursos disponibles y para la mejor calidad del servicio público de la educación.

Tercero.- La Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docentes de carácter singular, sus condiciones y requisitos y se establecen las normas aplicables a los concursos de traslados que se convoquen para funcionarias y funcionarios de los Cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a la ordenación del personal docente, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece, en su artículo 14.1, que las funcionarias y funcionarios de carrera pueden ver su destino modificado, entre otros motivos, como consecuencia del traslado o cambio de enseñanzas, que supone la extinción en un centro de determinadas enseñanzas y su traslado a otro centro, disponiendo que en este supuesto "el personal funcionario implicado quedará adscrito con carácter definitivo al nuevo centro. En todos los casos, mantendrán a todos los efectos la antigüedad que poseían en el centro de origen".

En virtud de las competencias atribuidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 5.1) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, aprobado por Decreto 7/2021, de 18 de febrero,

RESUELVO:

Primero.- Acordar la extinción de Ciclo Formativo de Grado Medio de Sistemas Microinformáticos y Redes y de los Ciclos Formativos de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos en Red y Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma, de la Familia Profesional de Informática y Comunicaciones que se imparten en el Instituto de Educación Secundaria Domingo Pérez Minik, código 38010700, y su traslado al Instituto de Educación Secundaria Canarias, código 38010797, a partir del curso escolar 2023/2024.

Segundo.- El personal funcionario de carrera con destino definitivo en las especialidades correspondientes a las citadas enseñanzas que se vea afectado por la extinción y traslado de los citados ciclos formativos quedará adscrito con carácter definitivo al IES Canarias, manteniendo a todos los efectos la antigüedad que poseían en el IES Domingo Pérez Minik, según dispone la Orden de 2 de agosto de 2010.

Este personal afectado conservará la antigüedad que tenía a partir de la toma de posesión en su centro de origen y se aplicará, a efectos de la ordenación en su nuevo centro de destino, lo dispuesto en la Orden de 2 de agosto de 2010, por la que se determinan los puestos de trabajo docente de carácter singular, sus condiciones y requisitos y se establecen las normas aplicables a los concursos de traslados que se convoquen para funcionaras y funcionarios de los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como a la ordenación del personal docente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

La modificación de los destinos del personal laboral docente se hará conforme a la legislación laboral vigente que resulte de aplicación.

Tercero.- La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos dispondrá del equipamiento, material educativo y mobiliario de los ciclos formativos que se extinguen en el IES Domingo Pérez Minik para su traslado al IES Canarias, así como la transferencia de crédito del IES Domingo Pérez Minik al IES Canarias por el saldo remanente a la finalización del curso 2022/2023 de las dotaciones a los mencionados ciclos.

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándose que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otros recursos que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de junio de 2023.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,
UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,
Manuela de Armas Rodríguez.

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