Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo - Anuncios (BOC 2023-69)

Dirección General de Trabajo.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de marzo de 2023, relativa al depósito de la modificación de los Estatutos de la confederación empresarial denominada Asociación Clúster Marítimo de Canarias, CMC, con n.º de depósito actual 75000031.

Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada confederación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (BOE de 4.4.1977), y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (BOE de 20.6.2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Antonio Vicente Marrero Domínguez mediante escrito tramitado con el n.º de entrada 75/2022/000107.

La Asamblea General, celebrada el  15 de diciembre de 2022, adoptó por  unanimidad  el acuerdo de modificar los  artículos 3.- Objetivos y 29.- Vacantes y sustituciones  de los estatutos de esta confederación.

El  Acta de dicha Asamblea y los Estatutos están suscritos por D.  Guillermo Ramos Pérez como Secretario y por D. Antonio Vicente Marrero Domínguez en calidad de Presidente.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (BOC), con el fin de dar publicidad a la admisión del depósito de la modificación de los Estatutos de la confederación empresarial denominada Asociación Cluster Marítimo de Canarias, CMC en siglas CMC, con n.º de depósito 75000031 (antiguo n.º de depósito 44/1.ª).

Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en esta Dirección General de  Trabajo, en los términos previstos en el artículo 23 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.

Asimismo, también cualquier interesado podrá obtener un ejemplar del documento depositado a través del propio DEOSE en la opción "Copia de Estatutos".

Esta Resolución pone fin a la vía administrativa, siendo posible impugnarla dentro de los diez días hábiles siguientes a aquel en que sea recibida, ante los órganos jurisdiccionales del orden social, de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la  jurisdicción social (BOE de 11.10.2011).

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de marzo de 2023.- El Director General de Trabajo, Alejandro Ramos Guerra.

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