El Govern publica la convocatoria de las ayudas al alquiler de 2023, con una dotación de 8,77 millones, y las solicitudes se podrán presentar a partir del 15 de noviembre

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El Govern de les Illes Balears ha publicado este sábado las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas al alquiler del año 2023 en el Boletín Oficial de les Illes Balears, que cuenta inicialmente con una dotación de 8,77 millones de euros. El plazo para presentar solicitudes se abrirá el próximo 15 de noviembre y finalizará el 15 de diciembre, como ya se hizo en la convocatoria del año pasado.

La partida de la convocatoria de 2023 asciende a 8.774.766,38 euros, de los cuales 6.574.766,38 euros provienen de fondos estatales a través del Plan Estatal de Vivienda y 2.200.000 euros de fondos propios de la Comunidad Autónoma, y se dirige a personas con escasos recursos económicos y con alquileres mensuales de hasta 900 euros en su domicilio habitual. Son ayudas a los alquileres pagados durante el 2023.

Las ayudas cubren un máximo del 50% de la renta del alquiler, con un límite de ayuda por vivienda de 3.000 euros anuales, y se mantienen también los límites de ingresos establecidos para poder acogerse a la convocatoria. Como regla general, los ingresos del núcleo familiar no pueden ser superiores a 24.318 euros anuales, tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

Este límite se aumenta en determinados casos: hasta los 32.424 euros (cuatro veces el IPREM) si se trata de una familia numerosa de categoría general, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo; y hasta los 40.530 euros (cinco veces el IPREM) en el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33%.

Este año, se ha habilitado una página web de la nueva convocatoria de las ayudas, www.ajudeslloguer23.caib.es , donde se podrá consultar la información relativa a las ayudas y, una vez se abra el plazo, se podrán tramitar las solicitudes de forma telemática. Esta web estará operativa a partir del lunes 16 de octubre. También se podrán pedir citas presenciales para facilitar su presentación a las personas que requieran de apoyo en la tramitación.

Los requisitos para optar a las ayudas son, entre otros: ser titular de un contrato de alquiler de una vivienda en las Islas Baleares con una duración mínima de un año; la vivienda alquilada tiene que constituir la residencia habitual y permanente de la persona solicitante; la renta máxima del alquiler tiene que ser igual o superior a los 900 euros mensuales; los titulares del contrato deberán tener la nacionalidad española o la residencia legal; estar al corriente del pago de las rentas del alquiler en el momento de la solicitud y cumplir con los requisitos de ingresos máximos establecidos.

Así mismo, como es habitual, estas ayudas no son compatibles con otra ayuda para el pago del alquiler del Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, ni con las que, para esta misma finalidad, puedan conceder la Comunidad Autónoma, las entidades locales o cualquier otra Administración o entidad pública.

Esta incompatibilidad no afecta a las ayudas excepcionales a víctimas de violencia de género, víctimas de tráfico con fines de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, personas vulnerables a ser desahuciadas de la vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, así como las personas perceptoras de prestaciones no contributivas de la seguridad social ni las beneficiarias del ingreso mínimo vital.

 

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