El Govern da a conocer un informe que posibilita la flexibilización del pago de la deuda en determinadas hipotecas

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La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Consumo ha dado a conocer un informe financiero que permite abrir la puerta a las personas con hipotecas firmadas antes de 2011 a renegociar la cuota mensual si presentan dificultades económicas. Dicho informe, que se pone a disposición de todos los afectados, así como de los actores implicados en el proceso hipotecario, evidencia la existencia de una imprecisión en el texto contractual que se firmaba habitualmente, que abre la puerta a que los afectados puedan negociar el pago de una parte de la cuota mensual en caso de sufrir una situación de vulnerabilidad económica. El informe, lo han dado a conocer hoy la consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, y el director general de Consumo, Fèlix Alonso, así como su autor, el matemático Guillem Bou.

El informe financiero, encargado para la Dirección General de Consumo, explica las circunstancias en las que las personas interesadas podrán reconocer si un préstamo hipotecario es REDAL (del latín Redito ad Libitum) y, por lo tanto, se pueden acoger a la opción de «devolución a voluntad». Esta opción permitiría al cliente afectado renegociar la cuota si por dificultades económicas no puede hacer frente al pago mensual tras las últimas subidas. De ser así, la persona o familia endeudada tendría derecho a devolver un importe menor hasta llegar, en los casos más extremos, a pagar la cuantía equivalente a los intereses, más un céntimo de euro.

Este informe se publicará en la página web de la Dirección General de Consumo (portalconsum.caib.es) para que esté al alcance de todas las personas interesadas, especialmente afectados, jueces, magistrados, gabinetes jurídicos, asociaciones de consumidores u oficinas antidesahucios, para comprobar si una hipoteca es REDAL y, por lo tanto, si se da el caso, evaluar si se puede solicitar ante la entidad una renegociación consensuada de las cuotas. Esto podría permitir parar impagos e incluso desahucios, inevitables con otras fórmulas.

El informe expone que los contratos REDAL muestran una clara indefinición de las cuotas a pagar por capital o intereses y ello hace que al cliente le resulte imposible definir las cuotas futuras. Ante esta incertidumbre, el autor del informe concluye que los afectados pueden beneficiarse para rebajar la cuota mensual recalculando el pago mensual a cuantías que puedan abonarse según la situación económica de cada afectado.  

La consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, ha explicado que el objetivo de encargar el informe y de hacerlo público ─porque estará a disposición de todos los ciudadanos─ es dar una opción más a los consumidores más vulnerables para evitar situaciones de impagos y desahucios. «Nos preocupan las personas y este Govern hace todo lo que está a su alcance para ayudar a los consumidores vulnerables que sufren dificultades».

Según ha explicado el director general de Consumo, Fèlix Alonso, este concepto de pago a la carta puede significar un «cambio radical en las obligaciones de los clientes endeudados con hipotecas anteriores a 2011, mucho más beneficiosa que el límite de ingresos (25.200 euros anuales) que requiere el código de buenas prácticas aceptado por las entidades bancarias para modificar las hipotecas variables».

Por su parte, el autor del informe, Guillem Bou, señala que «el informe permite dar a conocer, tras un riguroso estudio, que la indefinición en estas hipotecas permite renegociar las cuotas mensuales en caso de necesidad. Las hipotecas REDAL eran un secreto a voces y ahora ha podido demostrarse».

Conforme a lo recogido en el informe, el Banco de España ya alertó en 2002 que sin una fórmula o método explicitado en el contrato no hay un importe pactado de las cuotas y que, por lo tanto, no puede imponerse un sistema de amortización por parte de la entidad ni siquiera en los casos en los que fuera un sistema existente o que se usara habitualmente. Y prueba de ello es que tanto la Asociación Hipotecaria Española (AHE) como el Banco de España publicaron documentos en los que ya se hablaba de «contratos sin fórmula», uno de los tipos de REDAL existentes.

 

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