Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2024 por el cual se declaran como inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para la ampliación del Instituto de Educación Secundaria Ses Estacions, de Palma, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2024 por el cual se declaran como inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para la ampliación del Instituto de Educación Secundaria Ses Estacions, de Palma, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

  • Número de edicto 7476 - Páginas 34934-34935

Acuerdo del Consejo de Gobierno de 26 de julio de 2024 por el cual se declaran como inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para la ampliación del Instituto de Educación Secundaria Ses Estacions, de Palma, en la parcela catastral, 0509501DD7800H0001SP, clasificada como urbana y calificada como docente, de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y adscrita a la Consejería de Educación y Universidades, ubicada en el término municipal de Palma, de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears 

Uno de los objetivos del Gobierno de las Illes Balears, de conformidad con el Estatuto de autonomía de las Illes Balears, es garantizar el derecho a la educación de calidad y acceder en condiciones de igualdad.

Así mismo, de acuerdo con el Estatuto, las instituciones propias de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, para cumplir las finalidades que les son propias y en el marco de las competencias que les atribuye este Estatuto, tienen que promover, como principios rectores de la política económica y social, el desarrollo sostenible encaminado al pleno empleo, la cohesión social y el progreso científico y técnico, de forma que se asegure a toda la ciudadanía el acceso a los servicios públicos y el derecho a la salud, la educación, la vivienda, la protección social, el ocio y la cultura.

El capítulo I del Título V de la Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, regula la red de centros educativos de las Illes Balears. En el artículo 102 de creación de centros, establece que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde en el Gobierno de las Illes Balears, que tiene que establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán. En su punto 3 del mismo artículo determina que el Gobierno de las Illes Balears tiene que promover una red de centros públicos suficiente para cubrir la demanda de la población escolar de las Illes Balears .

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipaciones públicas de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece la regulación relativa a los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la creciente demanda de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley (Art.1).

Con el fin de cumplir estos objetivos, se considera necesario y urgente adecuar la red pública de equipamientos, de forma que permita afrontar las demandas en materia sanitaria, educativa y social de la población, motivada no sólo por el importante incremento que ha experimentado la población residente en las Illes Balears, sino también por la situación de paralización que la crisis económica ha causado. Así pues, a fin de paliar estas deficiencias en el lapso de tiempo más breve posible, el día 20 de enero de 2018, se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears el Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipaciones públicas de usos educativos, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

En cuanto a la atención de las demandas en el ámbito de la educación y a la adecuación de la red pública de equipamientos, mediante el Real Decreto 1876/1997, de 12 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de enseñanza no universitaria, se hizo efectivo el traspaso de las competencias en materia de enseñanza no universitaria y la Comunidad Autónoma asumió, entre otros, la competencia en materia de «la elaboración, supervisión, aprobación, contratación y ejecución de proyectos de nuevas construcciones, reforma, ampliación o mejora de las existentes, así como, la dotación y la equipación en lo referente a los centros públicos. Convocatoria y resolución de concursos y proyectos de edificios y material [...]».

Corresponde a la Consejería de Educación y Universidades, a través de la Secretaría Autonómica de Desarrollo Educativo, entre otras competencias, la coordinación de las infraestructuras educativas de acuerdo con el Decreto 5/2024, de 29 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears, que modifica el artículo 2 apartado 5 del Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consellerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, por el Decreto 1/2024 , de 4 de enero, y por el Decreto 4/2024, de 17 de mayo.

El Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, establece la regulación relativa en los efectos de la declaración de inversiones de interés autonómico de las Illes Balears con el fin de atender la demanda creciente de servicios y prestaciones en los ámbitos recogidos en el Decreto Ley.

El IES Ses Estacions está formado, a día de hoy, por dos edificios, conectados por el patio de juegos y una pequeña estación transformadora en la calle Bisbe Joan Maura. Su uso principal y único es el docente , correspondiendo a un centro de educación secundaria (ESO), bachillerato y ciclos formativos. 

Ante la necesidad de dotar en el centro de los espacios necesarios para poder impartir los estudios de formación profesional y grado medio y superior, se ha planteado la ampliación de este centro con la ejecución de un nuevo edificio con planta baja más dos plantas, localizado a continuación del edificio 1 (Instituto) prolongándose desde la calle Margalida Caimari hasta la calle del Bisbe Joan Maura. 

De acuerdo con lo que establece el artículo 8.6 del Decreto Ley 1/2018, la Administración dispone de un plazo máximo de dos años desde la declaración de interés autonómico para presentar el proyecto y otros dos, a continuación, para iniciar la ejecución, mientras que el incumplimiento de cualquier de ellos determina la caducidad de la declaración.

De acuerdo con el artículo 7 del Decreto Ley 1/2018, en relación con el artículo 5 de la Ley 4/2010, de 16 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión de las Illes Balears, corresponde al Consejo de Gobierno declarar como inversión de interés autonómico un equipamiento público de uso educativo.

Por todo esto, el Consejo de Gobierno  a propuesta del consejero de Educación y Universidades, en la sesión del día 26 de julio de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Declarar inversión de interés autonómico las intervenciones previstas para la ampliación del Instituto de Educación Secundaria Ses Estacions, de Palma, en la parcela catastral, 0509501DD7800H0001SP, clasificada como urbana y cualificada como docente, de titularidad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y adscrita a la Consejería de Educación y Universidades ubicada en el término municipal de Palma de acuerdo con los artículos 7 y 8 del Decreto Ley 1/2018, de 19 de enero, de medidas urgentes para la mejora y/o la ampliación de la red de equipamientos públicos de usos educativos, de investigación, sanitarios o sociales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Segundo. Notificar este Acuerdo al Ayuntamiento de Palma.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 26 de julio de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens

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