Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 09/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, del presupuesto en vigor del ayuntamiento de Lloseta
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 09/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, del presupuesto en vigor del ayuntamiento de Lloseta
Número de edicto 7203 - Página 34176
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos 09/2024 en la modalidad de suplemento de crédito, del presupuesto en vigor del ayuntamiento de Lloseta
Número de edicto 7203 - Página 34176
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no presentarse legaciones durante el plazo de exposición al público queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo leno de día 26/06/2024, sobre el expediente de modificación de créditos núm. 09/2024 (532/2024) en la modalidad de suplemento de crédito financiado con Remanente de Tesorería, lo que se hace pública, resumida por capítulos, el estado de ingresos y gastos definitivos del Presupuesto para el 2024.
PRESUPUESTO DE GASTO | CONSIGNACIÓN INICIAL | MODIFICACIÓN | CONSIGNACIÓN DEFINITIVA |
I. GASTOS PERSONAL | 3.448.349,05 | 0,00 | 3.448.349,05 |
II. GASTOS EN BIENES CTS... | 2.277.521,93 | 107.800,00 | 2.385.321,93 |
III. GASTOS FINANCIEROS | 56.020,19 | 0,00 | 56.020,19 |
IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 785.283,73 | 0,00 | 785.283,73 |
V. FONDO DE CONTINGENCIA | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
VI. INVERSIONES REALES | 2.971.521,16 | 22.568,50 | 2.994.089,66 |
VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
VIII. ACTIVOS FINANCIEROS | 0,00 | 0,00 | 0,00 |
IX. PASIVOS FINANCIEROS | 101.147,14 | 0,00 | 101.147,14 |
| 9.639.843,20 | 130.368,50 | 9.770.211,70 |
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PRESUPUESTO DE INGRESOS | PREVISIÓN INICIAL | MODIFICACIÓN | PREVISIÓN DEFINITIVA |
I. IMPUESTOS DIRECTOS | 2.133.000,00 |
| 2.133.000,00 |
II. IMPUESTOS INDIRECTOS | 200.000,00 |
| 200.000,00 |
III. TASAS Y OTROS INGRESOS | 1.898.070,45 |
| 1.898.070,45 |
IV. TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 2.377.527,63 |
| 2.377.527,63 |
V. INGRESOS PATRIMONIALES | 55.020,00 |
| 55.020,00 |
VI. ENAJENACIÓN INVERSIONES REALES | 0,00 |
| 0,00 |
VII. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL | 1.363.372,89 |
| 1.363.372,89 |
VIII. ACTIVOS FINANCIEROS | 922.377,53 | 130.368,50 | 1.052.746,03 |
IX. PASIVOS FINANCIEROS | 690.474,70 |
| 690.474,70 |
| 9.639.843,20 | 130.368,50 | 9.770.211,70 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sin perjuicio, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por si sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
(Firmado electrónicamente: 22 de julio de 2024
La alcaldesa Angelina Pérez Sánchez)