Aprobación de la modificación de precios públicos para la escuela de verano 2024 de la Concejalía de Deportes

  • Aprobación de la modificación de precios públicos para la escuela de verano 2024 de la Concejalía de Deportes

  • Número de edicto 6582 - Páginas 31731-31733

En la sesión de la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Eivissa de fecha 25 de junio de 2024 se ha acordado la aprobación de la modificación de precios públicos para la escuela de verano 2024, siendo la propuesta de acuerdo del tenor literal siguiente:

PROPUESTA REGULADORA DE PRECIOS PÚBLICOS PARA LA ESCUELA DE VERANO DE LA CONCEJALÍA DE DEPORTES DE 2024.

Vista la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de juventud (BOIB núm. 109, de 3 de agosto de 2006), donde se regulan las actividades de tiempo libre infantil y juvenil en el ámbito territorial de la isla de Eivissa.

Dado que la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes en la sesión celebrada el 19 de mayo de 2014 aprobó los precios públicos de los programas de verano (BOIB 81, 14/06/2014).

Vista la resolución del Gobierno Balear publicada en el BOIB núm 63, de 14 de mayo de 2024, con el título: Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se aprueba, con carácter de urgencia, la convocatoria de subvenciones por a la organización de actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil que lleven a cabo entidades locales y asociaciones de familias de alumnado de las Illes Balears para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral durante las vacaciones escolares 2024 -2025.

Vista la solicitud del PME realizada a esta convocatoria para recibir un máximo de 32.280,00€ para las escuelas de verano, con justificante del registro n.º GOIBE318506/2024, 20 de mayo (Exp. 182/2024)

Vistos los precios máximos para las escuelas de primaria, para verano, que marca la convocatoria y que son los siguientes, según marca en el artículo 5.5.2.:

"En caso de no poder ofrecerse el servicio gratis, las entidades tendrán que cobrar a las familias las cuotas máximas siguientes, excluyendo el comedor y el servicio de escuela madrugadora:

a) 50 euros por niño y mes natural, o parte proporcional, para las familias con mayores necesidades de protección según el artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias, y las pertenecientes a los otros colectivos que se indican, concretamente:

  • Familias monoparentales, en los términos previstos en el artículo 7 de la Ley 8/2018.
  • Familias en riesgo social y víctimas de violencia machista, en los términos previstos en el artículo 8 de la Ley 8/2018.
  • Familias con personas en situación de dependencia o con personas con discapacidad, en los términos previstos en el artículo 9 de la Ley 8/2018.
  • Familias en situación de vulnerabilidad económica especial, en los términos previstos en el artículo 10 de la Ley 8/2018. Se entienden como tales a las familias beneficiarias de la renta social garantizada, de la renta mínima de inserción o las que tienen el subsidio de desempleo como único ingreso.
  • Familias numerosas, en los términos previstos en el artículo 6 de la Ley 8/2018.
  • Mujeres en situación de paro de larga duración y mujeres mayores de 45 años.

En cuanto a las cargas familiares, se entenderá que las tienen si forman parte de familias en las que viven personas que tengan reconocida la situación de dependencia en grado II y grado III, de acuerdo con la normativa vigente; o donde convivan familiares de hasta segundo grado con un grado de discapacidad a cargo en las que vive algún descendiente, ascendiente o pariente en línea directa o de consanguinidad hasta el segundo grado.

 

b) 100 euros por niño y mes natural, o parte proporcional, para el resto de familias."

Visto el estudio económico realizado por la Concejalía de Deportes en el que se prevén unos ingresos de 65.580,00 € y unos gastos de 100.047,75 €.

Con estos hechos, de forma excepciona para el verano 2024, se proponen los siguientes precios públicos con carácter retroactivo desde el día 15 de mayo, fecha en la que se inició el anuncio de las escuelas de verano:

Para las escuelas de verano de Can Misses, para niños de primaria:

Modalidad 1: 

Asistencia de 1 mes

50,00 €

Servicio de matinera, un mes

30,00 €

Comedor, modalidad "catering" , un día

6,50 €

Comedor, modalidad "tupper" un día

2,00 €

En los términos previstos en los artículos 6 a 10 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias son de modalidad 1 las familias:

  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales.
  • Familias en riesgo social y víctimas de violencia machista.
  • Familias con personas en situación de dependencia o personas con discapacidad.
  • Familias en situación de especial vulnerabilidad económica. Se entienden como tales las familias beneficiarias de la renta social garantizada, de la renta mínima de inserción o las que tienen el subsidio de desempleo como único ingreso.
  • Mujeres en paro de larga duración y mujeres mayores de 45 años.

Modalidad 2: el resto de familias

Asistencia de 1 mes

100,00 €

Servicio de matinera, un mes

30,00 €

Comedor, modalidad "catering" día

6,50 €

Comedor, modalidad "tupper" por día

2,00 €

Con la condición de poder aplicar el precio a los familias de modalidad 1, empadronadas en el municipio de Ibiza, los persones interesadas tienen que presentar la siguiente documentación en el momento de hacer la inscripción, según el caso:

  • Certificado o informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desocupación del SOIB (mayor o igual a 12 meses).
  • Documento de identidad.
  • Tarjeta del Consejo de Ibiza de familia numerosa o monoparental.
  • Sentencia judicial o denuncia de violencia machista.
  • Resolución del reconocimiento de la situación de dependencia en grado II y III.
  • Certificado del grado de discapacitado.
  • Resolución de reconocimiento de la renta social garantizada o de la renta mínima de inserción.
  • Informe de la vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social y declaración responsable que la familia te el subsidio de desocupación como único ingreso.

Y se propone la aprobación de una propuesta reguladora de precios públicos para regular el uso de los servicios de la escuela juvenil deportiva, para jóvenes de secundaria, también con carácter retroactivo desde el día 15 de mayo:

SERVICIO ESCUELA DEPORTIVA JUVENIL

PRECIO POR JOVEN

RESIDENTE

NO RESIDENTE PERO SI ESCOLARIZADO

NO RESIDENTE

Asistencia de 1 mes

200,00 €

220,00 €

295,00 €

Asistencia de 2 meses en 1 sol pago

380,00 €

420,00 €

570,00 €

Asistencia de 2 meses en 1 solo pago

180,00 €

198,00 €

265,50 €

Asistencia de 2 meses en 1 solo pago por los hermanos.

342,00 €

378,00 €

513,00 €

Asistencia de 1 mes por familia numerosa o monoparental

160,00 €

176,00 €

236,00 €

Asistencia de 2 meses en 1 solo pago por familia numerosa o monoparental

304,00 €

336,00 €

456,00 €

Asistencia de 1 mes por familia numerosa especial

150,00 €

165,00 €

221,25 €

Asistencia de 2 meses en 1 solo pago por familia numerosa especial

285,00 €

315,00 €

427,50 €

La cancelación de la asistencia en la escuela de verano, del servicio de comedor o de tempranera, por parte de la persona participando, no comportará la devolución del precio público abonado, excepto por causas como:

  • Baja por enfermedad grave y prolongada.
  • Traslado de domicilio en otros municipios o fuera de Ibiza.
  • Situación familiar grave.

Estas situaciones se tendrán que justificar con documentos legales, justificantes médicos, certificados de empadronamiento, certificados de empresa, etc.

Disposició final

El presente acuerdo regulador, que fue aprobado por la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes del Ayuntamiento de Eivissa en sesión celebrada el día 25 de junio de 2024, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el boletín oficial de la provincia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.

 

Eivissa, (documento firmado electrónicamente: 3 de julio de 2024)

La regidora de Deportes (Ana Ferrer Prohías)

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