Aprobación definitiva expediente núm. 11/2024 de transferencias de crédito y modificación de la cantidad global del complemento de productividad en el Presupuesto de la Corporación
Aprobación definitiva expediente núm. 11/2024 de transferencias de crédito y modificación de la cantidad global del complemento de productividad en el Presupuesto de la Corporación
Número de edicto 6452 - Página 30838
Aprobación definitiva expediente núm. 11/2024 de transferencias de crédito y modificación de la cantidad global del complemento de productividad en el Presupuesto de la Corporación
Número de edicto 6452 - Página 30838
Al no haberse presentado ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente núm. 11/2024 de transferencias de crédito y modificación de la cantidad global del complemento de productividad en el Presupuesto de la Corporación, en sesión plenaria ordinaria de 5 de abril de 2024, queda aprobado definitivamente, en virtud de la presunción del artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales. A continuación se transcriben las aplicaciones presupuestarias afectadas:
a) AUMENTO DE GASTOS
APLICACIÓN | DESCRIPCIÓN | CRÉDITO ACTUAL | AUMENTO | CRÉDITO DEFINITIVO |
1300.15000 | PRODUCTIVIDAD | 47.163,89 | 27.160,99 | 74.324,88 |
b) DISMINUCIÓN DE GASTOS
Aplicación Presupuestaria | Descripción | Consignación anterior | Bajas |
1300.12001 | SUELDOS DEL GRUPO A2 | 14.294,98 | 2.294,79 |
1300.12003 | SUELDOS DEL GRUPO C1 | 311.295,77 | 9.645,71 |
1300.12100 | COMPLEMENTO DE DESTINO | 179.248,82 | 6.924,53 |
1300.12101 | COMPLEMENTO ESPECÍFICO | 190.064,63 | 7.140,98 |
1300.121031 | INDEMNIZACIÓN POR RESIDENCIA | 25.215,74 | 1.154,97 |
| TOTAL | 27.160,99 |
La cantidad global de productividad aprobada en el presupuesto 2024 es de 55.802,51 €, cantidad que fue incrementada en la modificación de crédito 1/2024 hasta 75.963,67 € i que en este expediente se incrementa hasta 103.124,66€. El limite legal es de 144.081,92 euros según lo que dispone el articulo 7 del RDL 861/1986, de 25 de abril.
Contra la aprobación definitiva de la modificación de crédito se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 171.1 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, y 23.1 del RD 500/90, de 20 de abril.
Muro en la fecha de la firma electrónica (28 de junio de 2024)
El alcalde Miguel Porquer Tugores