Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2024 por el que se modifica de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 2024 por el que se modifica de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears

  • Número de edicto 5939 - Páginas 28135-28136

El artículo 5.2.g) de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que corresponde al Consejo de Gobierno determinar el número, las características y las retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual. Así mismo, el artículo 20.2 de este texto legal dispone que el número de puestos de trabajo del personal eventual, sus características y las retribuciones que les corresponden son públicos y los determina el Consejo de Gobierno.

Por otra parte, el artículo 6.2.f) del texto legal mencionado atribuye al consejero competente en materia de función pública la competencia de proponer al Consejo de Gobierno la aprobación de la relación de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración autonómica.

En la vigente relación de puestos de trabajo correspondiente al personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobada  por el Acuerdo del consejo de Gobierno de 10 de julio de 2023 (BOIB núm. 96, de 10 de julio) y modificada por el Acuerdo del consejo de Gobierno de 15 de marzo de 2024 (BOIB núm. 37, de 16 de marzo), figuran los puestos de trabajo correspondientes al personal eventual adscritos orgánicamente a las consejerías de Empresa, Empleo y Energía y de Economía, Hacienda e Innovación.

Las consejerías de Empresa, Empleo y Energía y de Economía, Hacienda e Innovación han solicitado una propuesta de modificación de los puestos de trabajo de personal eventual.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, en la sesión del día 14 de junio de 2024 adoptó, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primer. Aprobar la modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual, en el sentido de añadir un puesto de trabajo de personal adscrito a la Consejería de Empresa, Empleo y Energía y un puesto de trabajo de personal adscrito a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, tal como figuran en el anexo que se adjunta a este Acuerdo.

Segundo. En cuanto a las características de los puestos de trabajo añadidos adscritos a las consejerías citadas:

  • El régimen jurídico de este personal es el previsto en el artículo 20 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Decreto 107/1995, de 21 de setiembre, por el que se establecen las normas de aplicación al personal eventual.

  • Al efecto de percibir retribuciones por antigüedad o trienios, se reconoce el derecho a la percepción de los conceptos mencionados que los ocupantes de los puestos de trabajo creados por este Acuerdo acrediten a las diferentes administraciones públicas.

  • El régimen de indemnizaciones por razón de servicio es el establecido en el artículo 16 de la Ley 18/2016, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2017, por el que se regulan las indemnizaciones por razón de servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Illes Balears.

Tercero. Facultar al consejero de Economía, Hacienda e Innovación y a la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas para que adopten las medidas necesarias para la ejecución de este Acuerdo.

Cuarto. Publicar este Acuerdo y el anexo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Quinto. Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, cabe interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También cabe interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 8.2, 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio que la persona interesada pueda interponer cualquier otro que considere procedente.

 

Palma, 14 de junio de 2024

La secretaria del Consejo de Gobierno Antònia Maria Estarellas Torrens

 

ANEXO Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal eventual al servicio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears

Puestos de trabajo de personal eventual que se crean:

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Empresa, Empleo y Energía

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Asesor/a Técnico/a

54.572,73 euros

ADSCRIPCIÓN ORGÁNICA: Consejería de Economía, Hacienda e Innovación

DENOMINACIÓN DEL PUESTO

RETRIBUCIONES ANUALES

Asesor/a Técnico/a

54.572,73 euros

Ficheros adjuntos

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