Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas que modifica la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso escolar 2024-2025, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos a los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears

  • Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas que modifica la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso escolar 2024-2025, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos a los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears

  • Número de edicto 3671 - Páginas 18229-18242

Hechos

1. En el BOIB n.º 48 de 11 de abril de 2024 se publicó la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso escolar 2024-2025, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos a los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears.

2. Se han producido varias consultas en relación a los modelos de solicitud de escolarización en centros sostenidos con fondos públicos que aparecen en el anexo 12 de la Resolución mencionada y, una vez revisados, se ha considerado necesario incluir una solicitud específica para la admisión en el segundo ciclo de educación infantil.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 1/2022, de 8 de marzo de educación de las Illes Balears (BOIB n.º 38, de 17 de marzo de 2022).

2. El artículo 109,2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 36, de 2 de octubre), que establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

3. La Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso escolar 2024-2025, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Modificar el anexo 12 de la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la cual se establecen determinados aspectos, para el curso escolar 2024-2025, respecto a los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears, con la inclusión de la solicitud de admisión específica para el segundo ciclo de educación infantil, tal como aparece en el anexo de la presente Resolución.

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de abril de 2024) La directora general de Planificación y Gestión Educativas Catalina Maria Ginart Serrano

Ficheros adjuntos

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