Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado de educación infantil de 1er ciclo CEI Pekes, de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años

  • Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza la modificación de la configuración del centro privado de educación infantil de 1er ciclo CEI Pekes, de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años

  • Número de edicto 2778 - Páginas 13566-13567

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 27 de octubre de 2017, (BOIB núm. 147, de 2 de diciembre), se modificó la autorización del centro privado de educación infantil de 1er ciclo Pekes, de Palma. Con esta autorización el centro quedó configurado de la siguiente forma:

- Enseñanzas autorizadas: educación infantil de primer ciclo

Capacidad autorizada: 3 unidades, distribuidas de la siguiente forma:

  • 1 a 2 años: 1 unidad (12 plazas escolares)
  • 2 a 3 años: 2 unidades (36 plazas escolares)

En el mismo punto de la resolución se indicó que la distribución de las unidades autorizadas podría variar, previa solicitud del titular del centro a la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, siempre que quedase justificada y acreditada por la demanda de plazas y siempre que el número total de unidades no supere el número autorizado.

2. El 13 de marzo de 2024, núm. de registro GOIBE160329/2024 el señor Juan Riutort Vanrell, como representante del centro CEI Pekes con código 07014016, solicitó la modificación de la configuración, con la transformación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años.

3. El 20 de marzo de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la transformación de una unidad de educación infantil de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años, del centro privado de educación infantil de 1er ciclo CEI Pekes, de Palma, justificando el cambio por necesidades de escolarización y por la necesidad de ofrecer todo el tramo educativo del primer ciclo de educación infantil.

4. En el 21 de marzo de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la que propone la autorización de la modificación de la configuración del centro privado de educación infantil de 1er ciclo CEI Pekes, de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario (BOIB núm. 120, de 29 de agosto)

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de Creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someter a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).

7. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

8. Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto (BOIB núm. 3, de 5 de enero).

Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 21 de marzo de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la transformación de la modificación de la configuración del centro privado de educación infantil de primer ciclo CEI Pekes, de Palma, con la transformación de una unidad de educación infantil de primer ciclo de 2 a 3 años en una unidad de 0 a 1 años con efectos del curso escolar 2024-2025.

2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Código de centro: 07014016

Denominación genérica: centro de educación infantil privado de primer ciclo

Denominación específica: CEI Pekes

Titular: Grupo Pekes Mallorca, SL

Domicilio: calle d' Alfons el Magnànim, núm. 94

Municipio: Palma

Enseñanzas autorizadas: educación infantil de primer ciclo

Capacidad autorizada: 3 unidades, distribuidas de la siguiente forma:

  • 0 a 1 años: 1 unidad (7 plazas escolares)
  • 1 a 2 años: 1 unidad (12 plazas escolares)
  • 2 a 3 años: 1 unidad (18 plazas escolares)

3. Inscribir estas autorizaciones en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de centros docentes de la Consejería de Educación y Universidades.

4. Recordar al centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. De lo contrario, se revocará la autorización otorgada.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, a fecha de la firma electrónica (22 de marzo 2024)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

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