Resolución por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 24 de octubre de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, en la parte que afecta al expediente MOVESIII-1687/2021

  • Resolución por la que se modifica la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 24 de octubre de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo financiado por la Unión Europea NextGenerationEU, en la parte que afecta al expediente MOVESIII-1687/2021

  • Número de edicto 2418 - Páginas 11919-11921

Hechos

1. El 3 de julio de 2021, en el BOIB nº88, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021.

2. Con fecha 7 de mayo de 2022 (RE núm. ENV/33809/2022), la Sra. Isabel Mas Matas presentó documentación para acogerse a la convocatoria para Implantación infraestructura recarga vehículos eléctricos 7,4 kW.

3. El 13 de mayo de 2022, se emitió informe técnico. Este informe concluye «Visto la documentación se ha recibido conforme en tiempo y forma, revisado el expediente y visto que cumple los requisitos establecidos en la convocatoria pública de referencia se informa FAVORABLEMENTE la propuesta de concesión de una subvención de 1.028,76 - Euros».

4. El día 1 de septiembre de 2022 se publicó el BOIB núm. 115, la Propuesta de resolución del director general de Energía y Cambio Climático por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en la que se proponía conceder a Isabel Mas Matas una subvención de 1.028,76 euros (Exp. MOVES III 1687/2021).

5. En fecha 27 de octubre de 2022, se publicó en el BOIB núm. 139, la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, en la que se concedía a Isabel Mas Matas, con NIF ***5401**, (expediente MOVES III 1687/2021 , CONCE15339/2022) una subvención de 1.028,76 euros, y se autorizaba y disponía a su favor ese gasto.

6. El día 4 de març de 2024, el Servicio de Energías Renovables y Eficiencia Energética emitió un informe técnico respecto a la subvención otorgada a Isabel Mas Matas, según el cual:

2.El punto 6.2 de la convocatoria establece la cuantía de las ayudas por el Programa de incentivos 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículo eléctrico.

a) En caso de beneficiarios indicados en el apartado 2.1 de esta convocatoria con las letras a), b), c) y f), para la instalación de infraestructuras de recarga, se establecen las siguientes cuantías:

a) En caso de beneficiarios indicados en el apartado 2.1 de esta convocatoria con las letras a), b), c) y f), para la instalación de infraestructura de recarga, así como para actuaciones de preinstalación de recarga en comunidades de propietarios, se establecen las siguientes cuantías de ayuda:

-  70% del coste subvencionable para actuaciones en municipios de más o igual de 5.000 habitantes.

- 80% del coste subvencionable para actuaciones en municipios de menos de 5.000 habitantes.

3.La persona o entidad Isabel Mas Matas, con fecha 07 de mayo de 2022, presentó a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos una solicitud de subvención dentro de la convocatoria Moves III.

4.Los servicios técnicos de la DG de Energía y Cambio Climático han concedido la ayuda por la implantación de infraestructura de vehículo eléctrico, en fecha 27/10/2022, concediendo la ayuda establecida para los beneficiarios con las letras a), b), c) y f), que corresponde al 70%, se concedió 1.028,76 euros .

5.Con fecha 20 de octubre de 2023, los servicios técnicos de la DG de Economía circular, Transición Energética y Cambio Climático se dan cuenta de que se ha cometido un error en la concesión de la ayuda, ya que se cometió un error al realizar el cálculo del 70% sobre el importe de 1.726,80, que son 1.208,76 euros y no los 1.028,76 concedidos.

Este informe concluye:

Una vez valorada la documentación presentada y dado que se cometió un error a la hora de conceder la ayuda, se considera, que cumpliendo el resto de las bases de la convocatoria pública de referencia, se informa que la ayuda concedida debería ser de 1.208,76 euros en lugar de 1.028,76 euros.

7. El ejercicio presupuestario 2023 se encuentra cerrado, debiendo continuar la tramitación de esta subvención con cargo a 2024, en el que existe crédito adecuado y suficiente.

8. A nivel contable, se ha cerrado el expediente CONCE15339/2022 del expediente indicado y abierto el nuevo con cargo a 2024.

Fundamentos de derecho

1. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

2. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

3. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).

4. El Real decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOE núm. 89, de 14 de abril de 2021).

5. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 88, de 3 de julio de 2021).

6. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 28 de junio de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU (BOIB núm. 103, de 6 de agosto de 2022) .

7. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la cual se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia .

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 24 de octubre de 2022 por la que se conceden las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III ) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, únicamente en el sentido de ampliar la cuantía que corresponde abonar a Isabel Mas Matas.

2. Aprobar la concesión de una subvención de 1.208,76 euros, en lugar de los 1.028,76 euros concedidos por la Resolución de concesión de 24 de octubre de 2022 (BOIB núm 139, de 27 de octubre de 2022), a Isabel Mas Matas con NIF, número de expediente y CONCE indicados en la siguiente tabla:

 

Beneficiario

NIF

Expediente

CONCE

Isabel Mas Matas

***5401**

MOVESIII-1687/2021

2581/2024

3. Autorizar y disponer negativamente el gasto de 1.028,76 euros por el beneficiario indicado en el punto anterior con cargo a la partida presupuestaria de 2023.

4. Autorizar y disponer el gasto 1.208,76 euros con cargo a la partida presupuestaria G/731A01/78000/00/19701/MR001 de los presupuestos de 2024. Los fondos para la concesión de la ayuda proceden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico; del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (Fondo NextGenerationUE).

5. Publicar esta Resolución en el  Boletín Oficial de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Empleo y Energía en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico del Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 12 de marzo de 2024

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Empleo y Energía (BOIB núm. 103, de 22/07/2023)

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