Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se dispone la inscripción del cambio de numeración de la dirección del IES Clara Hammerl, en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades

  • Resolución del consejero de Educación y Universidades por la cual se dispone la inscripción del cambio de numeración de la dirección del IES Clara Hammerl, en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades

  • Número de edicto 1945 - Páginas 10336-10337

Hechos

1. Mediante el Decreto 37/2002, de 15 de marzo (BOE núm. 35, de 21 de marzo), se creó el  Instituto de Educación Secundaria de Port de Pollença.

2. El 20 de abril de 2013 se publicó en el BOIB núm. 53 la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades, de 2 de abril de 2013, por la cual se autorizó el cambio de denominación específica del IES Port de Pollença por el de IES Clara Hammerl.

3. La Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de noviembre de 2019, por la cual se actualizó la oferta formativa para el curso 2019/2020 de las enseñanzas autorizadas, como consecuencia de la implantación, la supresión y el cambio de perfil o de régimen de los ciclos formativos de formación profesional en centros públicos de educación secundaria, en centros integrados de formación profesional y en centros de educación de personas adultas (BOIB núm. 156, de 16 de noviembre).

4. El 5 de febrero de 2024, el director del centro remitió a la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas un escrito en el cual se comunicaba que se había modificado la numeración de la calle del centro educativo. En dicho escrito de solicitud de cambio de dirección, el cual se completó con documentación presentada el 13 de febrero de 2024, adjuntó documentación justificativa del catastro con la numeración de la calle, siendo la calle del centro Roger de Flor, núm. 81.

5. El 22 de febrero de 2024, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la inscripción del cambio de la numeración de la dirección del IES Clara Hammerl en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

6. El 23 de febrero de 2024, la directora general de Planificación y Gestión Educativas emitió una propuesta de resolución por la cual se autoriza la inscripción del cambio de numeración de la dirección del Instituto de Educación Secundaria Clara Hammerl en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de Educación de las Illes Balears, la cual establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros públicos corresponde al Gobierno de las Illes Balears, que tiene que establecer los tipos de enseñanzas que se desarrollarán (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

5. Decreto 4/2023 de 13 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico de las escuelas infantiles públicas, los colegios de educación primaria, los colegios de educación infantil y primaria, los colegios de educación infantil y primaria integrados con enseñanzas elementales de música, los colegios de educación infantil y primaria integrados con educación secundaria y los institutos de educación secundaria de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. Decreto 1/2024, de 4 de enero, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, y por el Decreto 17/2023, de 23 de agosto, (BOIB núm. 3, de 5 de enero).

Por todo esto, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas el 23 de febrero de 2024, dicto la siguiente

Resolución

1. Disponer la inscripción del cambio de la numeración de la dirección del Instituto de Educación Secundaria Clara Hammerl, que pasa de calle Roger de Flor, s/n, a calle Roger de Flor, núm. 81, en el Registro estatal de centros docentes no universitarios (RCD) del Ministerio de Educación y Formación Profesional y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades con efectos des del inicio del curso 2023/2024.

2. Notificar esta Resolución a la dirección del centro, a la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados y al Departamento de Gestión Económica de la Secretaría General de la Consejería de Educación y Universidades para que tengan conocimiento.

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contenciosa administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrònica: 27 de febrero de 2024

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany

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