Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos para la prestación de servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca

  • Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de los precios públicos para la prestación de servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca

  • Número de edicto 1554 - Páginas 8089-8100

El Ayuntamiento en pleno en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2023 aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos para la prestación de servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca.

Sometido el acuerdo al trámite de información pública y no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo, se ha procedido a elevar automáticamente a definitivo el acuerdo hasta entonces inicial.

De conformidad con lo establecido en los apartados 3 y 4 del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se publica el acuerdo de:

Ordenanza Reguladora de los Precios Públicos para la Prestación de Servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca

Artículo 1. Fundamento legal

En conformidad con lo que prevé el artículo 127 en relación con el artículo 41, ambos del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el Ayuntamiento de Inca continúa exigiendo el precio público por la prestación de servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca, que se regulará mediante la presente Ordenanza.

Artículo 2. Hecho imponible

El hecho imponible del precio público son los servicios y las prestaciones motivados por la asistencia a las actividades realizadas.

Artículo 3. Sujeto pasivo

1. Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza quienes se beneficien del uso y de los servicios existentes en la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell, y en el Conservatorio Municipal de Inca.

2. Están obligadas al pago las personas solicitantes de la prestación del servicio o utilización.

Artículo 4. Cuota tributaria

Las cuotas a pagar por los servicios de la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y el Conservatorio Municipal de Inca se fijarán con la aplicación del siguiente cuadro de tarifas:

Tasas por matrícula: 40 € (cada alumno/a pagará una única matrícula).

Expedición de certificado de Enseñanzas Elementales de Música: 10,79 €.

Curso

Asignatura

Horas

Cuota mensual

A. DEPARTAMENTO DE MÚSICA

 

 

CURSO INICIAL

 

 

 

Primero

 

 

 

 

Aproximación a la música

1,5

38,92 €

 

 

 

 

Segundo

 

 

 

 

Música I

0,75

19,46 €

 

Movimiento I

0,75

19,46 €

 

 

 

38,92 €

Tercero

 

 

 

 

Música II

0,75

16,22 €

 

Movimiento II

0,75

16,22 €

 

Taller de orientación Instrumental

1

16,22 €

 

 

 

48,66 €

CURSO PREPARATORIO

 

 

Primero

 

 

 

 

Lenguaje

0,75

20,54 €

 

Instrumento individual

0,5

20,54 €

 

Conjunto coral

0,75

20,54 €

 

Expresión corporal

0,75

20,54 €

 

 

 

82,16 €

ENSEÑANZAS ELEMENTALES

 

 

Primero

 

 

 

 

Instrumento individual

1

54,05 €

 

Lenguaje

2

27,03 €

 

Instrumento colectivo

1

27,03 €

 

 

 

108,11 €

Segundo

 

 

 

 

Instrumento individual

1

54,05 €

 

Lenguaje

2

27,03 €

 

Instrumento colectivo

1

27,03 €

 

 

 

108,11 €

Tercero

 

 

 

 

Instrumento individual

1

54,05 €

 

Lenguaje

2

27,03 €

 

Instrumento colectivo

1

27,03 €

 

Conjunto coral

1

10,81 €

 

 

 

118,92 €

Cuarto

 

 

 

 

Instrumento individual

1

54,05 €

 

Lenguaje

2

27,03 €

 

Instrumento colectivo

1

27,03 €

 

Conjunto coral

1

10,81 €

 

 

 

118,92 €

 

 

 

 

Otros

 

 

 

 

 

 

 

Asignatura pendiente de acuerdo con el art.13.2 Decreto 23/2011 (BOIB núm. 53 09-04-2011), precio de la asignatura pendiente más un 10 %

 

 

 

 

ENSEÑANZAS PROFESIONALES

 

 

Primero

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, GUITARRA, ÓRGANO, CLAVECÍN, PERCUSIÓN, PIANO, VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Lenguaje musical

2

29,19 €

 

Conjunto/orquesta

1,5

21,61 €

 

 

 

96,19 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Lenguaje musical

2

28,11 €

 

Italiano aplicado al canto

1

21,61 €

 

Francés aplicado al canto

1

21,61 €

 

 

 

135,10 €

Segundo

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, PERCUSIÓN,VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Lenguaje musical

2

29,19 €

 

Conjunto/orquesta

1,5

21,61 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

112,41 €

PIANO, ÓRGANO, CLAVECÍN

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Lenguaje musical

2

29,19 €

 

Conjunto

1,5

21,61 €

 

 

 

96,19 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Lenguaje musical

2

28,11 €

 

Coro

1,5

25,95 €

 

Italiano aplicado al canto

1

21,61 €

 

Francés aplicado al canto

1

21,61 €

 

Piano complementario

0,5

21,61 €

 

 

 

182,66 €

Tercero

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, PERCUSIÓN, VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Conjunto/orquesta

2

37,85 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

 

 

144,87 €

PIANO, ÓRGANO, CLAVECÍN

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Coro

1,5

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

 

 

119,99 €

GUITARRA

 

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Coro

1,5

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

 

 

119,99 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Alemán aplicado al canto

1

21,61 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

Lenguaje musical

2

28,11 €

 

Coro

1,5

25,95 €

 

 

 

201,07 €

Cuarto

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, PERCUSIÓN,VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Conjunto/Orquesta

2

37,85 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

 

 

161,09 €

PIANO

 

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Coro

1,5

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Acompañamiento

1

28,11 €

 

 

 

164,32 €

ÓRGANO Y CLAVECÍN

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Coro

1,5

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Bajo Continuo/improvisación

1

28,11 €

 

 

 

164,32 €

GUITARRA

 

 

 

 

Instrumento individual

1

45,39 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Coro

1,5

29,19 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

 

 

136,21 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Armonía

2

29,19 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Alemán aplicado al canto

1

21,61 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

163,23 €

Quinto

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, PERCUSIÓN, VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Orquesta

2

37,85 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

165,15 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

163,53 €

PIANO

 

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Acompañamiento

1

28,11 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,41 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

153,79 €

ÓRGANO Y CLAVECÍN

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Bajo continuo/improvisación

1

28,11 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,41 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

153,79 €

GUITARRA

 

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

127,30 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

125,68 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Alemán aplicado al canto

1

21,61 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,93 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

170,53 €

Sexto

 

 

 

ARPA, VIOLÍN, VIOLA, VIOLONCHELO, CONTRABAJO, PERCUSIÓN, VIENTO MADERA, VIENTO METAL

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Orquesta

2

37,85 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

165,15 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

179,75 €

PIANO

 

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Acompañamiento

1

28,11 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,41 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

153,79 €

ÓRGANO Y CLAVECÍN

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Bajo continuo/improvisación

1

28,11 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,41 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

 

 

153,79 €

GUITARRA

 

 

 

 

Instrumento individual

1,5

56,75 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

127,30 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

141,90 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

1

42,16 €

 

Repertorio

1

21,61 €

 

Historia de la música

1

16,22 €

 

Música de cámara

1

16,22 €

 

Alemán aplicado al canto

1

21,61 €

Opción 1

 

 

 

 

Análisis

1,5

21,89 €

 

Asignatura optativa

1

16,22 €

 

 

 

155,93 €

Opción 2

 

 

 

 

Fundamentos de composición

2,5

36,49 €

 

Piano complementario

0,5

16,22 €

 

 

 

170,53 €

B. DEPARTAMENTO DE MÚSICA MODERNA

 

 

Curso

Asignatura

Horas

Cuota mensual

Primero

 

 

 

 

Instrumento individual

0,75

59,46 €

 

Taller de ensamble

1

28,11 €

 

Lenguaje musical

1

28,11 €

 

 

 

115,68 €

Segundo

 

 

 

 

Instrumento individual

0,75

54,05 €

 

Taller de ensamble

1

28,11 €

 

Lenguaje musical

1

28,11 €

 

Armonía/improvisación

1

28,11 €

 

 

 

138,38 €

Tercero

 

 

 

 

Instrumento individual

0,75

54,05 €

 

Taller de ensamble

1

28,11 €

 

Lenguaje musical

1

28,11 €

 

Armonía/improvisación

1

28,11 €

 

 

 

138,38 €

Cuarto

 

 

 

 

Instrumento individual

0,75

54,05 €

 

Taller de ensamble

1

28,11 €

 

Lenguaje musical

1

28,11 €

 

Armonía/improvisación

1

28,11 €

 

 

 

138,38 €

C. OTROS

 

 

 

Curso

Asignatura

Horas

Cuota mensual

 

Big band

1,5

37,85 €

 

Informática musical

2

48,65 €

 

Técnicas de grabación

1

48,65 €

PERFECCIONAMIENTO

 

 

 

Instrumento/voz

1

140,53 €

 

Master class

 

37,85 €

 

Taller

 

16,22 €

 

 

 

81,08 €

 

 

 

275,68 €

D. ENSEÑANZAS NO REGLADAS

 

 

Curso

Asignatura

Horas

Cuota mensual

MÚSICA

 

 

 

 

Música tradicional

1 sesión semanal

75,66 €

 

Instrumento individual

0,5

51,89 €

 

Lenguaje musical

1

25,95 €

 

 

 

77,83 €

 

Instrumento individual

0,75

75,66 €

 

Lenguaje musical

1

25,95 €

 

 

 

101,61 €

 

 

 

 

 

Instrumento individual

1

101,61 €

 

Lenguaje musical

1

25,95 €

 

 

 

127,56 €

CANTO

 

 

 

 

Canto

0,5

51,89 €

 

Correpetición

0,5

51,89 €

 

Lenguaje musical

1

25,95 €

 

 

 

129,73 €

DANZA

 

 

 

 

Iniciación (de 4 a 6 años)

2

46,48 €

 

Asignatura complementaria

1

25,95 €

 

 

 

72,43 €

 

Básico (de 7 a 9 años)

2

46,48 €

 

Asignatura complementaria

1

25,95 €

 

 

 

72,43 €

 

Intermedio

3

69,18 €

 

Asignatura complementaria

1

25,95 €

 

 

 

95,13 €

Artículo 5. Bonificaciones

1. En caso de matriculación de un niño o niña de familia numerosa, podrán disfrutar de una bonificación del 25 % de la cuota resultante a aplicar. Las familias numerosas son las que determina la legislación vigente en esta materia, y para las familias monoparentales con un hijo con discapacidad reconocida del 33 % o superior. La acreditación se hará mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Acreditación por parte de los sujetos pasivos de estar en posesión del título oficial de familia numerosa emitido por el Consell Insular de Mallorca (CIM), vigente al 1 de enero del ejercicio por el cual se pide la bonificación.

b) Certificado de convivencia, de que todos los miembros que figuran en el título oficial de familia numerosa conviven en el mismo domicilio.

2. En el caso de matriculación de un segundo hermano/hermana, las tarifas se reducen en un 25 % a partir de este/a. El descuento del 25 % se aplicará sobre la tarifa de mayor cuantía.

3. En caso de asistencia de un niño o niña de familia monoparental, las tarifas por el servicio se reducen en un 25 %; aparecen definidas en el artículo 7 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias. La acreditación se hará mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Documentación acreditativa de que se trata de una familia monoparental.

b) Certificado de convivencia que todos los miembros conviven en el mismo domicilio.

4. En caso de asistencia de un niño o niña con situación de dependencia o de familias con personas con situación de dependencia (son las familias en que viven personas que tengan reconocida la situación de dependencia en grado II y grado III, de acuerdo con la normativa vigente), las tarifas por el servicio se reducen en un 25 % del precio público, debiendo acreditar la condición de dependencia mediante la presentación del certificado expedido por el órgano competente.

5. En caso de asistencia de un niño o niña con discapacidad que tenga la consideración legal en grado igual o superior al 33 %, o de familias con personas con situación de discapacidad (son las familias en que vive algún descendente, ascendente o pariente en línea directa o de consanguinidad hasta el segundo grado que acredite un grado de discapacidad igual al 33 % o superior), las tarifas por el servicio se reducen en un 25 %, debiendo acreditar la condición de la discapacidad mediante la presentación del certificado expedido por el órgano competente.

6. Los sujetos pasivos que pertenecen a una entidad o colectivo musical, cultural o social que, a tal efecto, tengan un convenio subscrito con el Ayuntamiento de Inca, tendrán derecho a una bonificación del 25 %, teniendo que presentar la documentación que acredite tales extremos a los efectos de poder acogerse a la bonificación.

7. Las bonificaciones de los puntos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de este artículo no se pueden simultanear y, por lo tanto, se aplicará la que más beneficie a la unidad familiar.

Artículo 6. Exenciones

1. Están exentas de pago las familias en riesgo social. Se entiende por familias en riesgo social las siguientes:

a) Familias con menores de edad que han sido objeto de declaración de riesgo por parte de la administración competente en materia de protección de menores (Consell Insular de Mallorca) o que disponen de expediente abierto para valorar la posible declaración de riesgo.

Se acreditará a través de la resolución administrativa de declaración de riesgo del órgano competente en materia de actuaciones de riesgo (Consell Insular de Mallorca) o del certificado de la administración competente en materia de protección de menores (Consell Insular de Mallorca) que dispone de expediente abierto para valorar su situación de riesgo.

b) Familias en que se ha producido un retorno posterior a medidas administrativas de protección.

Se acreditará mediante la resolución administrativa del órgano competente en materia de protección de menores (Consell Insular de Mallorca).

c) Familias en que hay menores de edad sobre las cuales se han adoptado medidas de justicia juvenil.

Se acreditará a través del certificado del Servicio de Justicia Juvenil de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias del Gobierno de las Illes Balears.

d) Familias en las cuales la mujer o las hijas o los hijos a cargo han sufrido situaciones de violencia machista acreditables mediante la presentación de los medios de prueba calificados vigentes para identificar las situaciones de violencias machistas descritas en el artículo 78 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de Igualdad de Mujeres y Hombres, que se relacionan a continuación:

a. La sentencia de cualquier orden jurisdiccional, a pesar de que no sea firme, que declare que las mujeres han sufrido alguna de las formas de esta violencia.

b. La orden de protección vigente.

c. El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

d. Cualquier medida judicial cautelar de protección, seguridad o de aseguramiento vigente.

e. El atestado elaborado por las fuerzas y los cuerpos de seguridad que han presenciado directamente alguna manifestación de violencia machista.

f. El informe del Ministerio Fiscal.

g. El informe médico, enfermero o psicológico de una o un profesional colegiado, en el cual conste que la mujer ha sido atendida en algún centro sanitario a causa de violencia machista.

h. El informe de los servicios públicos con capacidad de identificación de las situaciones de violencia machista. Se reconoce esta capacidad a los servicios sociales comunitarios y a las unidades especializadas en las fuerzas y los cuerpos de seguridad.

i. El informe del Instituto Balear de la Mujer y de los departamentos competentes en esta materia de los consejos insulares.

j. Cualquier otro medio establecido en alguna disposición legal.

2. Están exentas de pago las familias en situación de vulnerabilidad económica especial. Se entiende por familias en situación de vulnerabilidad económica especial las beneficiarias de la renta social garantizada (RESOGA), del ingreso mínimo vital (IMV) o de las rentas mínimas de inserción, o las que tienen el subsidio de desocupación como único ingreso.

a) Con relación a la renta social garantizada (RESOGA), corresponde a la Dirección General de Servicios Sociales del Gobierno de las Illes Balears la expedición de la resolución o de un certificado vigente en la fecha de presentación que confirme que la persona interesada recibe esta prestación.

b) Con relación a la percepción del ingreso mínimo vital (IMV), corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) su concesión, y es necesario que la persona interesada aporte la documentación (resolución o certificado) que acredite la percepción de esta prestación en el momento de la solicitud.

c) Con relación al subsidio de ocupación, corresponde al Servicio Público de Ocupación Estatal (SEPE) la concesión de este subsidio, y es necesario que la persona interesada aporte la documentación (resolución o certificado) que acredite su percepción en el momento de la solicitud.

Artículo 7.

Todas las bonificaciones y exenciones anteriormente mencionadas se tienen que aprobar por Decreto de Alcaldía, debiéndose realizar en todos los casos la petición/solicitud de exención o bonificación en la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y del Conservatorio Municipal de Inca en el Registro de Entradas del Ayuntamiento. Hay que presentar las solicitudes de bonificaciones o exenciones durante el periodo de matriculación.

La dirección podrá requerir el asesoramiento de los servicios técnicos municipales para valorar la documentación acreditativa presentada.

Artículo 8. Normas de gestión

1. El pago de matrícula se hará efectivo mediante el pago de una liquidación emitida por parte del Ayuntamiento de Inca de la cantidad establecida en esta Ordenanza antes de formalizar la correspondiente matriculación. La matrícula será irreducible.

2. La recaudación de las tarifas establecidas en la Ordenanza, la realizará el Ayuntamiento de Inca, mediante domiciliación de recibos en los primeros cinco días hábiles de cada mes en la cuenta bancaria del Ayuntamiento de Inca.

En el supuesto de que se proceda a devolver los recibos que hayan sido domiciliados, los gastos que se generen serán debidamente asumidos por el usuario/a del servicio, informándose a este/a de la deuda pendiente, la cual se tendrá que liquidar antes de la finalización de la fecha de emisión del recibo.

En el caso de que no se haga el ingreso dentro del plazo establecido, se aplicará un recargo de un 5 %, iniciándose el procedimiento de constreñimiento de acuerdo con lo dispuesto a la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.

Una vez transcurrido el plazo de un mes contado a partir de la fecha de emisión de los recibos no abonados, se procederá en el mes siguiente a dar de baja al usuario/a del servicio, perdiendo los derechos que le corresponderían sobre esta plaza, iniciándose el procedimiento de constreñimiento correspondiente de las cantidades pendientes.

3. Las matriculaciones que se produzcan una vez iniciado el curso escolar, y siempre y cuando sean conformadas por la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y el Conservatorio Municipal de Inca en función de la prestación del servicio, serán objeto de prorrateo, y completadas con el pago íntegro de la matrícula.

4. Una vez realizadas las liquidaciones, serán presentadas al cobro mediante cargos de nueve periodos mensuales (el periodo 1 corresponderá al mes de octubre, y así hasta el periodo 9, que corresponderá al mes de junio).

5. Las bajas y las altas que se produzcan en el curso escolar se tendrán que formalizar por escrito por parte de los usuarios y/o de sus responsables legales siempre antes del último día del mes. Una vez comprobadas por la dirección de la Escuela y tramitada la documentación oportuna, se remitirá informe al Departamento de Gestión Tributaria y se dará lugar a la baja o alta de la cuota de las mensualidades restantes del curso escolar.

Si la baja del alumno matriculado es por motivos ajenos en la Escuela Municipal de Música y Danza Antoni Torrandell y al Conservatorio Municipal de Inca, no tendrá derecho a la devolución de la tarifa abonada, salvo que la renuncia a la prestación del servicio (baja) haya sido notificada antes del inicio de la actividad.

6. En caso de que la prestación del servicio no se realice por causas imputables a la Administración Municipal, los usuarios podrán solicitar la devolución del importe de la matrícula o cuota pertinente.

Artículo 9. Infracciones y sanciones tributarias

Por lo que respecta a las infracciones y sanciones tributarias que, en relación con el precio público regulado en esta Ordenanza, resulten procedentes, se aplicará lo que dispone la Ley General Tributaria, el Reglamento General de Recaudación y la Ordenanza General de Gestión, Recaudación, Inspección de Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público Locales o norma que las derogue o sustituya.

 

Disposición final Vigencia

Esta Ordenanza, una vez aprobada, tendrá efectos desde el día 1 de septiembre de 2024 y continuará en vigor hasta que se apruebe su derogación o su modificación.

 

Inca, (firmado electrónicamente: 16 de febrero de 2024)

El alcalde Virgilio Moreno Sarrió

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