Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se amplia el plazo de ejecución de los proyectos financiados por la convocatoria de ayudas cofinanciadas por el FSE+ dirigida a entidades del tercer sector para el desarrollo de itinerarios de atención social y cobertura de necesidades básicas dirigidos a facilitar el abandono del ejercicio de la prostitución y de la venta ambulante no autoritzada

  • Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales por la que se amplia el plazo de ejecución de los proyectos financiados por la convocatoria de ayudas cofinanciadas por el FSE+ dirigida a entidades del tercer sector para el desarrollo de itinerarios de atención social y cobertura de necesidades básicas dirigidos a facilitar el abandono del ejercicio de la prostitución y de la venta ambulante no autoritzada

  • Número de edicto 943 - Páginas 5158-5159

BDNS: 658708

Mediante la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 15 de noviembre de 2022, se aprobó la convocatoria de ayudas cofinanciada por el FSE+ dirigida a entidades del tercer sector para el desarrollo de itinerarios de atención social y cobertura de necesidades básicas dirigidos a facilitar el abandono del ejercicio de la prostitución y venta ambulante no autorizada.

De acuerdo con el punto dos de la convocatoria, relativo al número, características, duración y presupuesto de los itinerarios de atención social, el coste total de los gastos de ejecución de un itinerario, que debe desarrollarse durante un plazo de 24 meses entre día 1 de diciembre de 2022 y día 30 de noviembre de 2024, se ha fijado, para todo el período indicado, en 109.171,46 €, en base al módulo calculado para cubrir los gastos directos de personal, más el coste de otros gastos subvencionables.

El apartado 16.3 establece que los proyectos financiados deben desarrollarse entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2024 e incluirán actuaciones durante un mínimo de 448 días lectivos.

El apartado 4 de la convocatoria dispone que, por motivos atribuibles a la tramitación administrativa, la fecha límite de inicio de los proyectos puede aplazarse hasta el día 15 de diciembre de 2022.

El apartado 30 establece que las subvenciones otorgadas de acuerdo con ésta convocatoria son incompatibles con las que puedan otorgar otros administraciones o entidades públicas o privadas para la misma finalidad.

Esta convocatoria de subvenciones está prevista en el apartado IV.1.9 del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para los ejercicios 2021-2023, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2021 (BOIB nº 175, de 23 de diciembre de 2021).

La Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes, de 5 de marzo de 2021, establece las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud.

En fecha 13 de septiembre de 2022, el Director General de Fondos Europeos aprobó la preselección de la operación (itinerarios de atención social y cobertura de necesidades básicas dirigidos a facilitar el abandono del ejercicio de la prostitución y venta ambulante no autorizada) solicitada por su cofinanciación FSE con cargo al futuro Programa FSE+ 2021-2027 de las Islas Baleares. Este informe ha sido convalidado y se ha emitido, en fecha 11 de enero de 2024, el Documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA) de selección de operaciones para su cofinanciación en el Programa FSE+ de las Islas Baleares para el período 2021-2027.

La tramitación de los procedimientos y la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de la Resolución de concesión de la subvención se demoró hasta el día 27 de diciembre de 2022, superando en doce días el plazo de día 15 de diciembre establecido por la convocatoria para iniciar la ejecución de los proyectos.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Ampliar el plazo de ejecución de los proyectos financiados hasta el día 31 de diciembre de 2024 a fin de garantizar el cumplimiento de las actuaciones durante el mínimo de 448 días lectivos que establece la convocatoria.

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Notificar esta resolución a las entidades beneficiarias.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29 /1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, documento firmado electrónicamente: 30 de enero de 2024

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover

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