Notificación del Decreto de Presidencia acordando la concesión y el pago de las ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024

  • Notificación del Decreto de Presidencia acordando la concesión y el pago de las ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024

  • Número de edicto 380 - Páginas 1685-1687

De conformidad con lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024 (BOIB núm. 58, de fecha 6-05-2023), se notifica a los siguientes solicitantes/beneficiarios de las ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023, mediante publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, el Decreto de Presidencia núm. 2023001026, de fecha 22 de diciembre de 2023, y del siguiente tenor:

".../...

Visto el expediente 2023/00008473Z referente a las ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024, línea f) Ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023.

Visto el informe técnico emitido el 29 de noviembre de 2023 por el veterinario de la Sección de Agricultura (Departamento de Promoción Turística, Medio Rural y Marino) referente a las solicitudes para la concesión y pago de ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023 que, una vez revisadas las solicitudes, concluye lo siguiente:

".../...

Conclusiones

Por todo lo expuesto, informo favorablemente sobre la concesión y pago de las siguientes solicitudes de ayuda por la pérdida de animales reproductores de la especie ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros y su reposición, según las cantidades que se relacionan a continuación, a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900:

 

RGE

Fecha

Solicitante

DNI

Subvención

1

19146

03/07/2023

BONED ROSELLO, FRANCISCO

***3910**

300 €

2

20388

13//7/2023

JUAN FERRER, JOSE

***3481**

2.250 €

3

22145

01/08/2023

SERRA TUR, JOSEFA

***3406**

150 €

4

27774

27/09/2023

ROMERO SALA, CARLOS

***5944**

150 €

5

28046

29/09/2023

COSTA TUR, CATALINA

***3384**

150 €

6

28061

29/09/2023

AKDI, ABDELMAJID

****6705*

75 €

  Total 3.075 €

Esto supone una concesión y pago de un total de 3.075,00 € (tres mil setenta y cinco euros) a cargo de la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Teniendo en cuenta que la cantidad máxima destinada a esta línea es de 3.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, resulta una carencia en la aplicación presupuestaria núm. 4100-47900 por un importe de -75,00 €.

Visto que en el punto 2 de las disposiciones generales de la convocatoria de ayudas se establece que, "en el caso que, dentro del mismo capítulo, una línea no agote el presupuesto que se establece, se imputará la cuantía sobrante a las líneas que se hayan agotado publicadas en la misma convocatoria."; y dado que la línea de ayudas j) ayudas para nuevas incorporaciones a las cooperativas agrarias (exp. TAO 2023/8482T) existe un remanente en la aplicación presupuestaria 4100-47900 en la cuantía de 21.242,92 €; la carencia de 75 € en dicha aplicación presupuestaria se podrá cubrir con este remanente. Resultando un nuevo remanente en la línea j) ayudas para nuevas incorporaciones a las cooperativas agrarias de 21.167,92 € en la aplicación presupuestaria 4100-47900.

.../..."

Visto el informe de fecha 29 de noviembre de 2023 sobre el estado del seguimiento de las ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023, en cumplimiento del art. 88.3 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para hacer efectivo el pago por un importe de 3.075,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Visto el punto 3.b. de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024, respecto que: "se prescindirá del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las esgrimidas por los interesados; en este caso la propuesta de resolución formulada tendrá el carácter de definitiva."

Vista la Propuesta de resolución de concesión y pago de ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros para el año 2023, línea f) de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024, emitida el 1 de diciembre de 2023 por el jefe de servicio de Agricultura, Ganadería, Pesca y Caza en funciones.

Visto el informe favorable de fiscalización previa plena emitido por la Intervención de esta Corporación en fecha 22 de diciembre de 2023.

Dado que existe crédito presupuestario, que lo propuesto es lo adecuado a la naturaleza del gasto que se propone contraer, y que consta en el expediente de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024 la retención de crédito para este expediente (contabilizada por la Intervención de esta Corporación con núm. exp. contable ATM 2/2023000000526, 2/2023000001691, 2/2023000002443 y el expediente de retención de crédito a futuros núm. 2/2023000000534).

Dadas las Bases Reguladoras de las Ayudas para el Desarrollo de los Ámbitos Agrícola, Ganadero, Pesquero y Cinegético en la isla de Ibiza, publicadas en el BOIB núm. 51 de 15/04/2008 y su modificación en el BOIB núm. 100 ext. de 30/06/2011.

Visto el Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa, de fecha 27 de abril de 2023 de aprobación de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024 y correspondiente extracto que se publicó en el BOIB núm. 58 de fecha 6 de mayo de 2023 y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) con núm. 692376.

Dada la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Dado el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En virtud de las competencias que tengo conferidas por la normativa vigente de aplicación,

DECRETO

Primero.- Autorizar y disponer la concesión de las siguientes ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros y su reposición, según las cantidades que se relacionan a continuación para cada beneficiario, y que suponen un importe total de 3.075,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900:

 

RGE

Fecha

Solicitante

DNI

Subvención

1

19146

03/07/2023

BONED ROSELLO, FRANCISCO

***3910**

300 €

2

20388

13//7/2023

JUAN FERRER, JOSE

***3481**

2.250 €

3

22145

01/08/2023

SERRA TUR, JOSEFA

***3406**

150 €

4

27774

27/09/2023

ROMERO SALA, CARLOS

***5944**

150 €

5

28046

29/09/2023

COSTA TUR, CATALINA

***3384**

150 €

6

28061

29/09/2023

AKDI, ABDELMAJID

****6705*

75 €

  Total 3.075 €

Teniendo en cuenta que la cantidad máxima destinada a esta línea es de 3.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900, resulta una carencia en la aplicación presupuestaria núm. 4100-47900 por un importe de -75,00 €.

Visto que en el punto 2 de las disposiciones generales de la convocatoria de ayudas se establece que, "en el caso que, dentro del mismo capítulo, una línea no agote el presupuesto que se establece, se imputará la cuantía sobrante a las líneas que se hayan agotado publicadas en la misma convocatoria."; y dado que la línea de ayudas j) ayudas para nuevas incorporaciones a las cooperativas agrarias (exp. TAO 2023/8482T) existe un remanente en la aplicación presupuestaria 4100-47900 en la cuantía de 21.242,92 €; la carencia de 75 € en dicha aplicación presupuestaria se podrá cubrir con este remanente. Resultando un nuevo remanente en la línea j) ayudas para nuevas incorporaciones a las cooperativas agrarias de 21.167,92 € en la aplicación presupuestaria 4100-47900.

Segundo.- Reconocer la obligación y ordenar el pago por un importe total de 3.075,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 4100-47900 del vigente presupuesto del año 2023, para las ayudas por la pérdida de animales reproductores de las especies ovina y/o caprina como consecuencia de ataques de perros, distribuidos según la relación de personas beneficiarias de la ayuda del punto anterior.

Tercero.- Publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y en el tablón de anuncios y edictos de la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa la notificación de la resolución de concesión y pago, en virtud de lo establecido en el punto 3.c de las Disposiciones generales de la Convocatoria de ayudas específicas para el desarrollo del ámbito rural y ganadero en la isla de Ibiza para el año 2023-2024 (BOIB núm. 58, de 06-05-2023).»

De acuerdo con el art. 114.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el art. 66.1.b de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de Consejos Insulares (BOIB núm. 88 de 7 de julio de 2022) y el art. 146.1.b, del Reglamento Orgánico del Consell Insular d'Eivissa (BOIB núm. 136 de 18 de septiembre de 2010, corrección en BOIB núm. 148 de 14.10.2010, modificación en BOIB núm. 48 de 16.04.2016), este Decreto agota la vía administrativa.

De conformidad con lo establecido en el art. 112 y el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra este Decreto se puede interponer, alternativamente, o un recurso potestativo de reposición ante la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de publicación de la notificación, o bien un recurso contencioso administrativo, en relación con los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (BOE núm. 167 de 14 de julio de 1998), contra el mencionado Decreto, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta notificación.

Si se opta por interponer el recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso administrativo hasta que aquel se haya resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta. Y todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercer, si procede, cualquier otro que se considere pertinente.

 

Ibiza, 15 de enero de 2024

La técnica de Administración General Maria José Cardona Muñoz

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