Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales relativa a la renovación del concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis

  • Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales relativa a la renovación del concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis

  • Número de edicto 121 - Páginas 891-893

Hechos

1. En fechas 16 de junio de 2018 y 24 de mayo de 2019 se firmaron el concierto entre la Consejería de Servicios Sociales y Cooperación del Gobierno de las Illes Balears (actualmente Consejería de Familias y Asuntos Sociales) y la entidad Fundación Ignacio Wallis para la concertación de 40 plazas del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia a la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza, el cual tiene como fecha de finalización el día 30 de noviembre de 2023.

2. En fecha 20 de septiembre de 2023, la entidad Fundación Ignacio Wallis solicita renovar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia relativo a 40 plazas en la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza, para el período que va del 01/12/2023 al 30/11/2024. Asimismo, se emite una declaración responsable que la entidad Fundación Ignacio Wallis sigue manteniendo los requisitos que determinaron la firma del concierto social del servicio residencial para a personas mayores en situación de dependencia en la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza, firmado el día 16 de junio de 2018 y su ampliación el 24 de mayo de 2019, al objecto de proceder a su renovación.

3. En fecha 13 de noviembre de 2023, el director general de Atención a la Dependencia emitió una memoria justificativa relativa a la necesidad y la urgencia de renovar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis, el 16 de junio de 2018 y su ampliación el 24 de mayo de 2019, con un total de 40 plazas residenciales, para el período que va del 1 de diciembre de 2023 al 30 de noviembre de 2024, para asegurarse que estas personas puedan continuar ingresadas en la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza.

4. En fecha 16 de noviembre de 2023, el secretario general de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, por delegación de competencia de la consejera (BOIB núm. 103/2023) dictó una resolución por la cual se ordena el inicio del procedimiento para renovar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis.

5. En fecha 17 de noviembre de 2023, el director general de Atención a la Dependencia emitió una propuesta de resolución relativa a la renovación del concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis.

6. En fecha 21 de noviembre de 2023, el director general de Presupuestos y Financiamiento, por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 106, de 29 de julio de 2023), autoriza la imputación del gasto a los ejercicios futuros (número expediente 2023/227.00).

7. El Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, en la sesión de día 1 de diciembre de 2023, adoptó el Acuerdo siguiente:

«Acuerdo por el cual se autoriza previamente a la consejera de Familias y Asuntos Sociales para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición de los gastos derivados de la renovación del concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis».

8. El 21 de diciembre de 2023, la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, ha emitido informe de fiscalización previa limitada (Núm. ref. PCV33 2023 0000017803) por el cual se ha fiscalizado de conformidad el expediente sin oponer objeciones dado que la documentación examinada se adecua a la legislación vigente, y señala que el alcance de esta fiscalización consiste en la comprobación exclusiva de los extremos recogidos en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de junio de 2022, por el cual se aplica la previsión del articulo 117.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de fiscalización previa limitada.

 

Fundamentas de derecho

1. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears.

2. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social a la comunidad autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 32/2023, de 26 de mayo por el cual se aprueba la Cartera básica de servicios sociales de las Illes Balears 2023-2027, se establecen principios generales para las carteras insulares y locales y se modifican diversas normativas del ámbito social.

4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales se tienen que someter los conciertos sociales.

5. El Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidad, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para este sector de población, modificado por el Decreto 54/2013 y por el Decreto 31/2016.

6. El Decreto 83/2010, de 25 de junio, por el cual se establecen los principios generales del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia, la intensidad de protección de los servicios y el régimen de compatibilidad de las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ámbito de la comunidad autónoma de las Illes Balears, y se crea la Red Pública de Atención a la Dependencia de las Illes Balears, modificado por el Decreto 5/2016.

7. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio (BOIB núm. 102, de 20 de julio de 2023), establece que la Consejería de Familias y Asuntos Sociales, mediante la Dirección General de Atención a la Dependencia, ejerce sus competencias en materia de atención y apoyo a personas con dependencia, a personas con discapacidad, a personas de la tercera edad y otros colectivos en situación de riesgo o de necesidad social.

8. La Resolución de la consejera de Servicios Sociales y Cooperación de 16 de abril de 2018 por la cual se convoca la ampliación del primer concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia (BOIB núm. 50, de 24 de abril de 2018).

9. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 94, de 10 de julio de 2023).

Por todo ello, dicto la siguiente

 

Resolución

1.- Renovar el concierto social del servicio residencial para personas mayores en situación de dependencia, firmado con la entidad Fundación Ignacio Wallis, con NIF G07963655, de 40 plazas en la Residencia de Mayores Reina Sofía de Ibiza, durante el período que va del día 1 de diciembre de 2023 al día 30 de noviembre de 2024, lo que supone una cuantía máxima prevista de 1.148.222,52 €, una vez deducido un 10 % en concepto de copago de los usuarios.

2.- Autorizar y disponer un gasto a favor de la entidad Fundación Ignacio Wallis, con NIF G07963655, por una cuantía máxima prevista de 1.148.222,52 , con cargo a la partida presupuestaria 17301.313D01.26104.00 (o la alternativa correspondencia) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024.

3.- El concierto se regirá por las estipulaciones del documento de concierto firmado en fecha 16 de junio de 2018 y su ampliación el 24 de mayo de 2019 y por el Pliego General de prescripciones técnicas.

4.- Notificar esta resolución a la entidad interesada.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que pone fin a la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Familias y Asuntos Sociales en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haber recibido la notificación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 21 de diciembre de 2023

La consejera de Familias y Asuntos Sociales Catalina Cirer Adrover

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