Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 8 de enero de 2024 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024

  • Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 8 de enero de 2024 por la que se establece la actualización de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024

  • Número de edicto 160 - Páginas 710-846

Hechos

1. Se considera conveniente publicar las cuantías actualizadas de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en vigor para el año 2024. Con ello, se consigue una mayor seguridad jurídica y se facilita el conocimiento y el cumplimiento tanto de las personas obligadas a pagar como de los centros gestores de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears encargados de exigirlas.

2. Por otra parte, la nueva distribución competencial resultante de los decretos 12/2023, de 10 de julio, 16/2023, de 20 de julio, i 17/2023, de 28 de agosto, que se citan más adelante hace necesario o, como mínimo, conveniente reubicar todas estas tasas, en función de la consejería que debe exigirlos.

3. Asimismo, se incluyen las tasas autonómicas relativas a servicios ya transferidos a los consejos insulares, susceptibles de ser aplicadas por éstos mientras no aprueben las ordenanzas fiscales correspondientes, de acuerdo con la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 40 de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, dispone que, para este ejercicio, las cuotas fijas de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establecidas por normas de rango legal se mantendrán en la misma cuantía vigente el año 2023, sin perjuicio de lo que establece la disposición final primera de la misma ley.

2. La citada Ley 12/2023 modifica determinados aspectos de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el Régimen Específico de Tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en materia de puertos y de educación, entre otras. Asimismo, la mencionada Ley 11/1998 se modificó por la disposición final primera del Decreto Ley 5/2023, de 28 de agosto, de medidas urgentes en el ámbito educativo y en el sanitario, en relación con las tasas de la escuela de educación infantil (EI) de primer ciclo Can Nebot, de San Jordi de Ses Salines, en el término municipal de Sant Josep de Sa Talaia (Eivissa).

3. El Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por los decretos 16/2023, de 20 de julio i 17/2023, de 28 de agosto, ambos de la presidenta de las Illes Balears,  aconseja adaptar la estructura de la presente resolución a la estructura orgánica vigente, más allá de la estructura originaria establecida en la Ley 11/1998.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

1. Establecer la actualización de las cuantías de las bases, los tipos de gravamen y las cuotas tributarias de las tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en vigor, que rigen desde el 1 de enero de 2024, en los términos que se establecen en el anexo que se adjunta a esta Resolución.

2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación Públicas en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de firma electrónica (8 de enero de 2024)

El consejero de Economía, Hacienda e Innovación Antoni Costa Costa

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