Corrección de errores materiales de la Relación de Puestos de Trabajo del ayuntamiento de Alcúdia

  • Corrección de errores materiales de la Relación de Puestos de Trabajo del ayuntamiento de Alcúdia

  • Número de edicto 30 - Página 458

Mediante acuerdo Plenario del ayuntamiento de Alcúdia, de fecha 28 de diciembre de 2023, se ha aprobado la corrección de errores materiales de la Relación de Puestos de Trabajo del ayuntamiento de Alcúdia aprobada por acuerdo de Pleno el día 12 de diciembre de 2023 (BOIB núm. 169, de 14 de diciembre de 2023).

Cosa que hacemos pública en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Alcúdia, a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Alcúdia, a la fecha de la firma electrónica (2 de enero de 2024)

La alcaldesa Josefina Linares Capó

 

"ACUERDOS

Primero.- Corregir el complemento específico de las plazas de Responsable del área de Recursos Humanos y Servicios Generales (F00060001), Responsable del área de Contratación (F00060002) y Jefe del área de Urbanismo (3000), para las cuales, donde dice "CE 24.587,78 €", tiene que decir "CE 25.572,95 €".

Así, todas las plazas incluidas en la RLT presentarán un complemento específico referido a las cuantías del mes de septiembre de 2023. Por lo tanto, se les tendrá que aplicar las correspondientes subidas que a partir del mes de septiembre se hayan aprobado o se aprueben por la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Segundo.- La plaza de Tesorero (4100) tiene establecido un nivel de destino 25. Por error, el acuerdo de Pleno que aprobó el texto refundido consignó un nivel 29.

Por lo tanto, hay que corregir el texto refundido en cuanto a la plaza de Tesorero, donde dice "CD 29", tiene que decir "CD 25".

Tercero.- Publicar el acuerdo de corrección de errores materiales en el tablón de anuncios del ayuntamiento (www.alcudia.net) y en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y remitir copia a la Administración Estatal y autonómica en el plazo de treinta días. No obstante, se hace constar que la plaza de tesorero salió publicada correctamente con el CD 25, por lo cual solo habrá que corregir el acuerdo de Pleno, pero no la publicación.

Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. Directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de la notificación o publicación del presente acuerdo.

b. El recurso de reposición potestativo ante el pleno, en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de la notificación o publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-administrativo de Palma, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

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