Resolución núm. 2023/BS/0001355 de la Consejera de Bienestar Social, de fecha 22 de diciembre de 2023, en relación a la concesión de ayudas económicas del Consell Insular de Menora para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y por desplazamientos asociados correspodientes al ejercicio 2023

  • Resolución núm. 2023/BS/0001355 de la Consejera de Bienestar Social, de fecha 22 de diciembre de 2023, en relación a la concesión de ayudas económicas del Consell Insular de Menora para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de Menorca y por desplazamientos asociados correspodientes al ejercicio 2023

  • Número de edicto 12605 - Páginas 65347-65348

EXP: 1819-2023-000001 ( y consecutivos relacionados hasta el 1818-2023-000005 )

Dado que el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca (en adelante CIM) en sesión ordinaria de día 9 de octubre de 2023, aprobó las bases y la convocatoria que debían regular la concesión de ayudas para estancias en centros residenciales terapéuticos fuera de Menorca y para desplazamientos asociados, que fueron publicadas en el BOIB número 143 de fecha 21 de octubre de 2023.

Dado que el plazo para la presentación de solicitudes finalizó el 21 de noviembre de 2023. Las estancias y desplazamientos susceptibles de ayuda, según la base 3ª, debían haberse efectuado durante el mes de diciembre del año 2022 y durante los meses de enero a noviembre de 2023.

Dado que finalizado el plazo de presentación de solicitudes (21/11/2023), se presentaron 4 solicitudes. En ese momento, se inició la fase de comprobación administrativa de los requisitos y las condiciones de las 4 solicitudes presentadas en plazo en cuanto a los conceptos subvencionables (bases 4ª y 8ª) y de acuerdo con las bases reguladoras, efectuando los oportunos requerimientos de subsanación y mejora de las mismas, tal y como consta en el expediente de referencia.

Dadas las solicitudes que cumplieron con todos los requisitos y condiciones una vez subsanadas o mejoradas para resultar eficaces a efectos de la presente convocatoria, fueron sometidas al examen de la Comisión Evaluadora de acuerdo con los criterios objetivos de las bases reguladoras, tal y como consta en el expediente de referencia.

Vista la fiscalización favorable de la concesión de estas ayudas, en fecha 22 de diciembre de 2023 por parte del interventor del Consell Insular de Menorca.

Como titular del Departamento de Bienestar Social, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023),

RESUELVO:

Primero.- Informar favorablemente sobre las siguientes 4 solicitudes presentadas, así como la concesión de los importes que constan, con cargo a la partida presupuestaria 23131-4800006-3 de las ayudas económicas para estancias en centros residenciales terapéuticos ubicados fuera de la isla de Menorca y para desplazamientos asociados correspondiente al año 2023, por importe total de 21.519,71 €.

- Titular del EXP. 1819-2023-000002 la cantidad total de 6.035,16 €, en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y 30 de noviembre de 2023.

Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.

Titular del EXP. 1819-2023-000003 la cantidad total de 1.200,00 € en concepto de los gastos justificados por los desplazamientos del beneficiario y desplazamientos y alojamiento de sus familiares, derivados de la estancia en un centro terapéutico fuera de Menorca, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.

- Titular del EXP. 1819-2023-000004 la cantidad total de 13.750,26 €, en concepto de los gastos justificados por estancia en centro residencial terapéutico y desplazamiento de familiares derivados de la estancia fuera de Menorca de su hija, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.

- Titular del EXP. 1819-2023-000005 la cantidad total de 534,29 €, en concepto de los gastos justificados por desplazamientos y alojamientos de familiares derivados de la estancia en centro residencial terapéutico fuera de Menorca de su hijo, según determinan las bases de la convocatoria por este concepto de ayuda por el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2022 y el 30 de noviembre de 2023.

Esta ayuda de carácter finalista, cuya justificación ya consta en el expediente, será ingresada directamente en la cuenta corriente declarada en la solicitud por la persona interesada, de acuerdo con la valoración, documentación y propuesta que figura en el expediente de referencia.

Segundo.- Notificar, mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, la presente resolución a los interesados ​​de acuerdo a lo que establecen la base octava de la convocatoria de ayudas referenciada y el artículo 45 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, lo que le comunico para su conocimiento y tenga los efectos que correspondan, al tiempo que le hago saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, puede interponer, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que considere procedente en derecho. Dicho recurso se entenderá desestimado si no se le ha notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.

Tercero.- Comunicar estos acuerdos al Sistema Nacional de Publicitad de Subvenciones.

 

(Firmado electrónicamente: 27 de diciembre de 2023)

La consejera ejecutiva Carmen Reynés Calvache (DP 92, de 10.7.2023) (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)

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