Decreto delegación de atribuciones de Alcaldía en los Tenientes de Alcalde

  • Decreto delegación de atribuciones de Alcaldía en los Tenientes de Alcalde

  • Número de edicto 12194 - Páginas 62940-62946

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se publica en el BOIB el siguiente Decreto de fecha 21 de noviembre de 2023, firmado por el Alcalde, Sr. Juan Antonio Amengual Guasp:

"DECRETO DE ALCALDÍA

Mediante Resolución de fecha 19 de junio actual esta Alcaldía como primera actuación de organización política municipal, nombró miembros de la Junta de Gobierno Local y Tenientes de Alcalde a los miembros de esta Corporación Sra. Esperanza Catalá Ribó, Sra. Isabel Bonet Saum, Sr. Manuel Mas Sánchez, Sr. Jaime Bujosa Arbona, Sr. Juan Thomás Quetglas, Sra. Elisa Monserrat Mayol, Sra. Juana María Prats Vidal y Sr. Javier Tascón Piña, con indicación de los cargos a ostentar por cada uno de ellos y se realizó una primera asignación de funciones y delegación de atribuciones. Este Decreto fue modificado por los Decretos de Alcaldía de fecha 18 de julio, 25 de agosto y 18 de octubre actuales.

Por esta Alcaldía se considera conveniente aprobar un nuevo Decreto que sustituye al anterior y que recoge la estructura definitiva del Ayuntamiento, a fin de definir de una manera más clara y eliminar duplicidades en las materias delegadas en los Tenientes de Alcalde y mejorar la gestión económica municipal. Por este motivo, la presente resolución entrará en vigor con la entrada en vigor del presupuesto municipal para el 2024.

Por este motivo se deroga la resolución de 18 de octubre y mediante esta Resolución,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo que se establece en los artículos 23.4 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el art. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, quedan otorgadas delegaciones genéricas:

I. En la Sra. Esperanza Catalá Ribó, Teniente de Alcalde delegada de Policía Local, Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadanana, Ciudadanos extranjeros y Eventos.

1. Ámbitos: Policía Local, Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadana, Ciudadanos extranjeros y Eventos.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Policía Local, Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadana, Ciudadanos extranjeros y Eventos:

- Servicios de Policía Local y Protección Civil

- Seguridad vial

- Servicio de Juventud

- Participación Ciudadana y atención a los ciudadanos extranjeros

- Eventos

- Actividades propias

- Apoyo y subvenciones a asociaciones de vecinos

- Locales adscritos a Participación Ciudadana

 

II. En la Sra. Isabel Bonet Saum, Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación:

1. Ámbitos: Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación:

- Portavoz del equipo de gobierno

- Servicio de recursos humanos: gestión de personal, organización y calidad de los servicios públicos, salud de los trabajadores y prevención de riesgos laborales

- Servicio de atención a la ciudadanía (personal, telefónica o electrónica)

- La gestión del padrón municipal de habitantes y censos de población

- Servicios jurídicos

- Archivo / Inventario

- Informática e Innovación

- Comunicación

- Transparencia

- Servicios de educación y bibliotecas: Instituto Municipal de Educación y Bibliotecas (Imeb)

- Coordinación municipal

- El resto no encomendadas expresamente a otros delegados

III. En el Sr. Manuel Mas Sánchez, Teniente de Alcalde delegado de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar Animal.

1. Ámbito: Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar Animal.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar Animal:

- Mantenimiento de parques y jardines, alumbrado público, edificios municipales y reparación de bienes (a excepción de instalaciones deportivas)

- Circulación, señalización vial y movilidad

- Promoción de la Movilidad Sostenible

- Transportes

- Almacén municipal

- Cementerio municipal

- Servicios urbanos: relaciones con Calvià 2000 SA. y empresas concesionarias en materia de conexiones municipales de agua potable y alcantarillado, tarifas, canon de depuración, etc.

- Mundo Rural

- Bienestar Animal

- Servicios de formación, empleo y emprendimiento: Instituto de Formación y Empleo (Ifoc)

- Servicios culturales

- Servicio Lingüístico

 

​​​​​​​IV. En el Sr. Jaime Bujosa Arbona, Teniente de Alcalde delegado de Vivienda, Urbanismo, Planeamiento y Patrimonio las siguientes atribuciones:

1. Ámbito: Vivienda, Urbanismo, Planeamiento y Patrimonio.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Vivienda, Urbanismo, Planeamiento y Patrimonio:

- Oficina de vivienda: ejecución integral de planes municipales de vivienda y de áreas de rehabilitación integrada

- Urbanismo

- Planeamiento

- Patrimonio. Fundación Puig de Na Morisca

V. En el Sr. Juan Thomás Quetglas, Teniente de Alcalde delegado de Vías y Obras, Transición energética, Medio Ambiente y Cambio climático las siguientes atribuciones:

1. Ámbito: Vías y Obras, Transición energética, Medio Ambiente, Cambio climático y Finca Galatzó.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Vías y Obras, Transición energética y Medio Ambiente:

- Oficina técnica de vías y obras

- Mantenimiento, planificación, dirección y control de infraestructuras viarias

- Medios alternativos de energía

- Agenda Urbana

- Cambio Climático

- Servicios de Medio natural: Servicios Ambientales, Control de plagas

- Finca Galatzó

VI. En la Sra. Elisa Monserrat Mayol, Teniente de Alcalde delegada de Turismo, Playas y litoral, Comercio, Actividades, Infracciones y Sanciones, las siguientes atribuciones:

1. Ámbitos: Turismo, Playas y litoral, Comercio, Actividades, Infracciones y Sanciones.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Turismo, Playas y litoral, Comercio, Actividades, Infracciones y Sanciones:

- Servicios de Turismo

- Servicios de Playas y Litoral

- Servicios de Comercio: promoción y gestión del comercio

- Servicios de actividades (licencias: apertura de establecimientos y actividades clasificadas)

- Servicios de Infracciones y Sanciones

VII. En la Sra. Juana María Prats Vidal, Teniente de Alcalde delegada de Servicios Sociales, Personas mayores, Familia e Igualdad las siguientes atribuciones:

1. Ámbitos: Servicios Sociales, Personas mayores, Familia e Igualdad.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que ella haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa de la Teniente de Alcalde de Servicios Sociales, Personas Mayores, Familia e Igualdad:

- Área de Desarrollo Social: Servicios de intervención social y Personas Mayores

- Servicio de Bienestar social

- Infancia

- Llar de Calvià

- Servicios de Familia e Igualdad

- Servicios de Salud

VIII. En el Sr. Francisco Javier Tascón Piña, Teniente de Alcalde delegado de Economía, Contratación y Deportes, las siguientes atribuciones:

1. Ámbitos: Economía, Contratación y Deportes.

2. Facultades que se delegan: La dirección e impulsión de la política municipal en todas las materias relacionadas con el ámbito de la delegación, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

3. Condiciones específicas: las competencias atribuidas en el punto 1 anterior incluyen la potestad de adopción de actos administrativos que afecten a terceros, incluso la resolución de recursos de reposición contra los actos que él haya dictado.

4. Quedan bajo la dependencia directa del Teniente de Alcalde de Economía, Contratación y Deportes:

- Servicios económicos: Intervención y Tesorería

- Hacienda: Gestión presupuestaria y contable, rentas y exacciones municipales

- Servicios de aprovisionamiento y contratación

- Servicio de Deportes: Instituto Calvianer del Deporte (Ice)

- Mantenimiento de instalaciones deportivas

Segundo. En aplicación de lo dispuesto en los artículos 23.4 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 43 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, se delega en los Tenientes de Alcalde Sra. Esperanza Catalá Ribó, Sra. Isabel Bonet Saum, Sr. Manuel Mas Sánchez, Sr. Jaime Bujosa Arbona, Sr. Juan Thomás Quetglas, Sra. Elisa Monserrat Mayol, Sra. Juana María Prats Vidal y Sr. Javier Tascón Piña y dentro de los ámbitos de la competencia genérica que ostentan, el ejercicio de las siguientes atribuciones:

1. Aprobar la disposición de gastos, ordenación de pagos, disposición de fondos y autorización de documentos que impliquen la formalización de ingresos de hasta 300.000 euros, impuestos incluidos.

2. Aprobar las facturas que correspondan al normal desarrollo del presupuesto, recibidas por los servicios de Intervención, cuyo importe no exceda de 300.000 euros impuestos incluidos.

3. Aprobar las adjudicaciones de contrataciones y concesiones de competencia de la Alcaldía y que no excedan de 300.000 euros, impuestos incluidos, así como la aprobación de los proyectos de obras y servicios de competencia de esta Alcaldía con un presupuesto inferior a la citada cantidad.

4. Resolver los expedientes de devolución de fianzas y avales depositados por contratistas.

5. Suscribir escrituras, documentos, pólizas y contratos relacionados con el ejercicio de las facultades delegadas y la firma corresponda a la Alcaldía.

Tercero. Además de las señaladas en el apartado anterior, se delegan, específicamente, las siguientes atribuciones:

a) En la Teniente de Alcalde delegada de Policía Local, Protección Civil, Juventud, Participación Ciudadanana, Ciudadanos extranjeros y Eventos.

1. La dirección de seguridad, incluida Policía Local y Protección Civil, dictando sus órdenes o circulares de instrucciones.

2. La Gestión del Cuerpo de la Policía Local y el Servicio de Protección Civil, dictando sus órdenes o circulares de instrucciones.

3. La dirección de los servicios de Juventud, Participación Ciudadana y Eventos, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expedientes de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

4. La atención a los ciudadanos extranjeros.

5. La impulsión de la colaboración en eventos promovidos por asociaciones locales: Rocio, Fallas, Cofradías, etc.

6. Aprobar la concesión de licencias requeridas para la realización de actividades vinculadas con los servicios de Participación Ciudadana o Juventud por la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares, siempre que la competencia de otorgamiento corresponda a la Alcaldía.

7. Impulsar iniciativas y consultas ciudadanas.

8. Plataforma Alcalde (Participa Calvià).

9. Impulsar la promoción del voluntariado y cooperación.

10. Impulsar la agilización y tutorización a entidades y colectivos en sus trámites ante la administración.

b) En la Teniente de Alcalde delegada de Servicios Generales, Informática e Innovación, Comunicación, Transparencia, Coordinación municipal y Educación.

1. Efectuar las convocatorias derivadas de la oferta de empleo y nombrar funcionarios o personal laboral, a propuesta del tribunal, a quienes superen las correspondientes pruebas.

2. Contratar al personal laboral de la Corporación, y asignarle los distintos puestos de carácter laboral previstos en las relaciones aprobadas, de acuerdo con la legislación laboral.

3. La declaración de situaciones administrativas y el otorgamiento de permisos, ayudas asistenciales y licencias, así como la jubilación de todo el personal.

4. La resolución de las peticiones de acceso a información formuladas por los concejales al amparo de los artículos 77 de la LRBRL y 14 del ROF.

5. La dirección de los servicios de Informática, que incluyen la dirección de las iniciativas de innovación tecnológica, comunicaciones e infraestructuras existentes o que puedan crearse en este ámbito.

6. Impulsar las iniciativas de desarrollo del principio de servicio a los ciudadanos mediante programas de evaluación de la calidad de los servicios.

7. La dirección de la comunicación corporativa.

8. La dirección de las actuaciones en materia de Transparencia.

9. Educación y Bibliotecas, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

c) En el Teniente de Alcalde delegado de Mantenimiento, Servicios Urbanos, Cultura, Mundo Rural y Bienestar animal.

1. La dirección de los servicios de Cultura y Lingüístico.

2. La concesión de autorizaciones de ocupación o reserva de carácter temporal con motivo de la organización de actividades en la vía pública, así como la autorización de restricciones de tráfico derivadas de estas actividades.

3. La dirección de los servicios de Circulación.

4. La dirección de los servicios de Mantenimiento, que incluyen el alumbrado público, parques y jardines, taller, almacén municipal, la señalización vial, los cementerios e instalaciones, equipamientos y mantenimiento de las dependencias municipales.

5. El otorgamiento de licencias de conexión a las redes de agua potable y de alcantarillado.

6.La promoción de la movilidad sostenible.

7. La dirección de los servicios de bienestar animal.

8. La dirección de la perrera municipal.

9. La promoción del mundo rural.

10. Instituto de Formación y Empleo (Ifoc)

d) En el Teniente de Alcalde delegado de Vivienda, Urbanismo, Planeamiento y Patrimonio, las siguientes atribuciones:

1. La dirección de los servicios de Vivienda.

2. Las atribuciones correspondientes a la resolución de las solicitudes de las licencias urbanísticas de obras que sean competencia de la Alcaldía, respecto a:

  • Las de técnica sencilla y escasa entidad constructiva que se ejecuten sobre dominio público municipal, en suelo rústico protegido o en bienes protegidos de acuerdo con la legislación de patrimonio.
  • Las que podrían ejecutarse mediante comunicación previa pero tienen carácter legalizador o se fundan en una infracción urbanística.
  • Las obras sujetas a licencia que no requieran proyecto de acuerdo con la Ley de ordenación de la edificación.
  • Las de primera ocupación y finales de obra.
  • Las de parcelación y modificación de parcelario.
  • Las prórrogas de licencias de obras.

3. Las atribuciones correspondientes a la tramitación conjunta de obras y actividades en los casos previstos en los artículos 36.3.b), 37.1 y 37.2 de la Ley 7/2013, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de instalación, acceso y ejercicio de actividades en las Islas Baleares.

4. Esta delegación incluye, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

5. Iniciar, tramitar e imponer las sanciones por infracción de las disposiciones municipales y de la CAIB en materia de disciplina urbanística cuando sean competencia de la Alcaldía, acordando, en su caso, la suspensión de obras.

6. Patrimonio histórico.

e) En el Teniente de Alcalde delegado de Vías y Obras, Transición energética, Medio Ambiente y Cambio Climático las siguientes atribuciones:

1. La dirección de los servicios de Vías y Obras, Transición energética y Medio Ambiente, dictando sus órdenes o circulares de instrucciones.

2. La dirección de los servicios de Vías y obras, que incluye la Oficina técnica de vías y obras y el mantenimiento, planificación, dirección y control de infraestructuras viarias, dictando sus órdenes o circulares de instrucciones.

f) En la Teniente de Alcalde delegada de Turismo, Playas y litoral, Comercio, Actividades, Infracciones y Sanciones, las siguientes atribuciones:

1. La dirección de los servicios de Turismo.

2. La dirección de los servicios de Playas y Litoral.

3. La dirección de los servicios de Comercio, incluyendo, con los asesoramientos técnicos necesarios, la formulación de propuestas de resolución de cualquier tipo de expediente de estos ámbitos que deban resolver otros órganos colegiados.

4. Aprobar la concesión de licencias de apertura de establecimientos fabriles, industriales o comerciales y otras licencias de cualquier otra índole, siempre que, para estas últimas, la competencia de otorgamiento corresponda a la Alcaldía.

5. La dirección del servicio de Infracciones y sanciones.

g) En la Teniente de Alcalde delegada de Servicios Sociales, Personas Mayores, Familia e Igualdad, las siguientes atribuciones:

1. Impulsar la cooperación internacional.

2. La dirección de los Servicios de desarrollo social: Servicio de Intervención Social y Servicios Sociales; Servicio de Bienestar Social; Infancia, Personas mayores, Servicios sociales y comunitarios.

3. La dirección de los servicios de Familia e Igualdad.

h) En el Teniente de Alcalde delegado de Economía, Contratación y Deportes:

1. La dirección de los servicios de Economía, Contratación y Deportes.

2. Adoptar actas de gestión, liquidación, inspección y recaudación en materia de gestión tributaria dictados en aplicación de ordenanzas reguladoras de impuestos, tasas y precios públicos municipales cuya competencia corresponda a la Alcaldía, cualquiera que sea su importe.

3. Aprobar los traspasos internos de fondos sin límite entre entidades financieras.

4. Hacer cumplir las ordenanzas y reglamentos municipales y sancionar las faltas de desobediencia a la autoridad o por infracción de ordenanzas y otras normas de competencia municipal o normas de tráfico, salvo en los casos en que esta facultad esté atribuida a otros órganos. 

Cuarto. Los nombramientos y encargos de gestión acordados se notificarán personalmente a los designados, y se publicarán en el BOIB, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la entrada en vigor de los presupuestos de esta Corporación para el año 2.024.

Quinto. Dar cuenta de esta resolución al Pleno municipal en la primera sesión que se celebre.

Firmado en Calvià, con fecha 21 de noviembre de 2023 por el Alcalde, Sr. Juan Antonio Amengual Guasp."

 

Calvià, a fecha de la firma electrónica (13 de diciembre de 2023)

El alcalde Juan Antonio Amengual Guasp 

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