Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, a propuesta de la directora general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, por la que se aprueba la concesión parcial de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023, de acuerdo con el Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022), y se reconoce la obligación a favor de las personas beneficiarias Identificador BDNS: 660679

  • Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales, a propuesta de la directora general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, por la que se aprueba la concesión parcial de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023, de acuerdo con el Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022), y se reconoce la obligación a favor de las personas beneficiarias Identificador BDNS: 660679

  • Número de edicto 11834 - Páginas 61508-61511

La directora general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad ha formulado la siguiente propuesta de resolución:

Hechos

1. En fecha 13 de septiembre de 2021, la Mesa de Conciliación de las Illes Balears aprobó el Plan de Conciliación y Corresponsabilidad de las Illes Balears 2021-2024, que tiene como objetivos generales, entre otros, dar respuesta a la falta de equilibrio existente entre el desarrollo de la vida familiar y personal y el desarrollo de la vida profesional, como también incentivar la adopción de medidas que impulsen la igualdad de oportunidades y que permitan la gestión compatible del espacio y del tiempo con la vida personal, familiar y laboral. Esta convocatoria está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023 (BOIB núm. 175, de 23 de diciembre), modificado mediante una resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 21 de octubre de 2022 (BOIB núm. 141, de 1 de noviembre).

El Decreto Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, en el artículo 28.2, prevé que, para estas subvenciones en particular, el órgano competente para la concesión de la subvención puede decidir motivadamente admitir, para la justificación de gastos inferiores a 3.000 €, una declaración formal de la persona beneficiaria, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación y control.

El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, otorgaba a la Dirección General de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad, de la Consejería de Presidencia, Función Pública e Igualdad, competencias en el desarrollo normativo y la coordinación de las políticas de igualdad y diversidad, así como en la coordinación del Plan de Conciliación, entre otros.

2. El 29 de noviembre de 2022, la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad dictó una resolución por la que se aprobó la convocatoria de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears, por un importe máximo de 5.000.000,00 € (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023, de acuerdo con el Decreto 75/2004, según la Resolución de 11 de noviembre de 2022), con cargo a la partida 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023.

3. El punto 4.4 de la convocatoria dispone que en la página web de la Dirección General de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad (http://dgcg.caib.es) se hará público un informe en lo referente a la documentación de las solicitudes presentadas en la convocatoria y que, mediante la publicación de este informe, se notificarán las posibles carencias de documentación o los defectos de las solicitudes. El 29 de mayo y el 11 de junio de 2023 se publicaron en la mencionada web sendos informes de expedientes en los que se tenían que enmendar las solicitudes.

4. En fecha 6 de julio de 2023, se dictó la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en funciones, a propuesta del director general de Coordinación, Relaciones con el Parlamento, Derechos y Diversidad en funciones, por la que se deniegan a las personas y por los motivos que figuran en el anexo las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 11 de noviembre de 2022) (BOIB núm. 108, de 3 de agosto).

Contra esta resolución, que agotó la vía administrativa, podía interponerse un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. También podía interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. En fecha 23 de octubre de 2023, el Departamento de Coordinación de la Dirección General de Coordinación y Transparencia de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas emitió un informe sobre los recursos de reposición interpuestos contra la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en funciones de 6 de julio de 2023.

Este informe ha servido de base al órgano instructor competente para elaborar la propuesta de resolución, con el fin de establecer que se estiman los recursos de reposición de un grupo de 25 beneficiarios, interpuestos en tiempo y forma.

6. Las personas interesadas cuyo recurso de reposición se ha estimado y, por lo tanto, a las cuales se concede la ayuda figuran en el anexo 1, junto con el importe solicitado.

7. Así mismo, las personas interesadas que figuran en el anexo 2, aunque cumplían todos los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda, no aparecieron en las diferentes resoluciones de concesión de la ayuda.

8. En fecha 11 de noviembre de 2022, el interventor general de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears autorizó para este expediente la utilización del procedimiento de pago de subvenciones de escasa cuantía a una pluralidad de perceptores en la tramitación de ayudas.

9. Tal como prevé el Decreto Ley 9/2022, de 7 de noviembre, de medidas urgentes para compensar la inflación en las Illes Balears, en el artículo 28.2, para estas subvenciones en particular, el órgano competente para la concesión de la subvención ha decidido admitir, para la justificación de gastos inferiores a 3.000 €, una declaración formal de la persona beneficiaria, sin perjuicio de las actuaciones posteriores de comprobación y control, y así se prevé en la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. La Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears, por un importe máximo de 5.000.000,00 € (expediente de tramitación anticipada de gasto correspondiente al ejercicio de 2023 / Decreto 75/2004, según la Resolución de 11 de noviembre de 2022), con cargo a la partida 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023 (BOIB núm.156, de 1 de diciembre de 2022), y la Resolución de 19 de diciembre de 2022 de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes correspondiente a la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022 por la que se aprueba la convocatoria para la prestación de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears (BOIB núm. 166, de 22 de diciembre de 2022).

2. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003).

3. El Decreto Legislativo 2/2005, 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

4. El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 18/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 176, de 25 de julio de 2006).

5. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

6. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril de 2003).

7. La Ley 11/2022, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2023.

8. La Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 8, de 15 de enero de 2015).

9. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de Finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

10. La Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 15, de 2 de febrero de 2019).

11. El Decreto 17/2023, de 23 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, modificado por el Decreto 16/2023, de 20 de julio, de la presidenta de las Illes Balears (BOIB n´´um. 117, de 24 de agosto de 2023).

12. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 21 de julio de 2023 por la que se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece su régimen de suplencia (BOIB núm. 103, de 22 de juliol de 2023

Propuesta de resolución

Propongo a la consejera de Familias y Asuntos Sociales que dicte una resolución en los siguientes términos:

1. Conceder las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears a las personas beneficiarias que se indican en la lista del anexo 1, que empieza con «BONILLA GUERRERO, DAVID ***1201** 400,00 €» y acaba con «ZAPATA SALDARRIAGA, ANA MARIA ***0255** 200,00 €», dado que se estima su recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad en funciones de 6 de julio de 2023.

2. Conceder las ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears a las personas beneficiarias que se indican en la lista del anexo 2, que empieza con «TALAGA BUENO, ERIK FERNANDO ***3385** 200,00 €» y acaba con «FOCONE SAN MIGUEL, ROGER ROBERT ***5405** 200,00 €», porque cumplen los requisitos establecidos en la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022.

3. Autorizar y disponer un gasto, a favor de las personas beneficiarias y por los importes que figuran en los anexos 1 y 2, por un importe total de 11.400,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 11401 316A01 48000 00, en concepto de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears, de acuerdo con lo que dispone la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e Igualdad de 29 de noviembre de 2022.

4. Reconocer la obligación y proponer a la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio el pago de las subvenciones a favor de las personas beneficiarias señaladas en los anexos 1 y 2, por uno importe total de 11.400,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 11401 316A01 48000 00 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el ejercicio de 2023. El pago se hará por el sistema de transferencia masiva.

5. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta resolución podrá interponerse directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (21 de noviembre de 2023)

El secretario general de la Consejería de Familias y Asuntos Sociales David Lozano Ortiz (Por delegación de firma de la consejera (BOIB 103/2023)

La directora general proponente M. Farnes Saneiro Buedo

 

ANEXO 1 Relación de personas interesadas cuyo recurso de reposición se estima y a las que se reconoce la condición de beneficiarias de la ayuda

Apellidos y Nombre

DNI/NIE

Importe

BONILLA GUERRERO, DAVID

***1201**

400,00 €

CRESPO MERCADO, OSCAR

***9469**

600,00 €

DI NUNCIO, NOELIA EMILSE

***8923**

600,00 €

EL MORABIT, FATIMA

***5867**

600,00 €

JUAN COLL, EVA

***0353**

400,00 €

FAR OLIVER, SANDRA

***0267**

600,00 €

FERRAGUT MASCARÓ, RAQUEL

***3656**

400,00 €

GARCÍA BARCELÓ, GUILLERMO

***2722**

400,00 €

GELABERT VIDAL, MARGARITA

***7460**

400,00 €

HERNÁNDEZ ROLO, ARIANNA

***4430**

200,00 €

IZQUIERDO SIERRA, OSCAR

***2530**

200,00 €

JIMÉNEZ VALDERAS, OSCAR

***1985**

400,00 €

LÓPEZ CLOSA, JUAN MANUEL

***4216**

200,00 €

MARTÍN FERRER, MARÍA DE LOS ÁNGELES

***8277**

400,00 €

MARTÍNEZ TRIGUERO, EVA

***6813**

400,00 €

MÉNDEZ ALONSO, CRISTINA AMALIA

***4668**

400,00 €

OLIVENCIA GARRIDO, JAIME ANTONIO

***2467**

400,00 €

RODRÍGUEZ PALMA, ANA MARÍA

***0950**

400,00 €

ROMERO TOMÁS, RAQUEL

***2951**

400,00 €

SÁNCHEZ CAÑELLAS, ANTONIA

***3263**

400,00 €

SIERRA FERNÁNDEZ, CONCEPCIÓN

***1879**

400,00 €

SIRER MELIS, MARIA ANTONIA

***2332**

1.000,00 €

URBAN, ROBERTO

***1577**

200,00 €

VALERA CAZALLAS, SILVIA

***4640**

200,00 €

ZAPATA SALDARRIAGA, ANA MARÍA

***0255**

200,00 €

25 beneficiarios correspondientes a TOTAL: 10.200,00€

25 expedientes

 

ANEXO 2 Relación de personas beneficiarias de ayudas para la realización de actividades extraescolares para contribuir a la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en las Illes Balears

Apellidos y Nombre

DNI/NIE

Importe

TALAGA BUENO, ERIK FERNANDO

***3385**

200,00 €

VICH MORANTA, CATERINA

***6458**

200,00 €

DIAZ GARCÍA, SEBASTIÁN

***3235**

200,00 €

FERRERIA MUÑETÓN, MANUELA TRINIDAD

***3234**

400,00 €

FOCONE SAN MIGUEL, ROGER ROBERT

***5405**

200,00 €

5 beneficiarios correspondientes a TOTAL: 1.200,00€

5 expedientes

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