Resolución de la consejera ejecutiva de Economía y Servicios Generales de día 27 de noviembre de 2023 y número 2023/ESG/0000591 relativa a la convocatoria de ayudas de minimis para las Agrupaciones de Defensa Vegetal (ADV) para el año 2023 (concesión) Exp. 3201-2023-00001

  • Resolución de la consejera ejecutiva de Economía y Servicios Generales de día 27 de noviembre de 2023 y número 2023/ESG/0000591 relativa a la convocatoria de ayudas de minimis para las Agrupaciones de Defensa Vegetal (ADV) para el año 2023 (concesión) Exp. 3201-2023-00001

  • Número de edicto 11727 - Páginas 60969-60971

 Antecedentes 

1. El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca, en la sesión de día 11 de septiembre de 2023, aprobó las Bases que rigen la concesión de las ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca (ADV) y de la convocatoria correspondiente a 2023 (BOIB núm. 133 de 28 de septiembre de 2023).

2. El importe global máximo de las ayudas y crédito presupuestario es de 50.000 € con cargo a la partida 5.41200.4890002 del presupuesto del año 2023.

3. El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas por las Agrupaciones de defensa vegetal de Menorca finalizó día 18 de octubre de 2023.

4. El objeto de estas ayudas es apoyar a las actuaciones llevadas a cabo desde el 1 de diciembre de 2022 hasta el 30 de noviembre de 2023 por las mencionadas agrupaciones de defensa vegetal (de ahora en adelante ADV) constituidas de acuerdo con el Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, por el cual se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Islas Baleares.

5. Día 15 de noviembre de 2023, se va reunió la Comisión Evaluadora de las ayudas y comunica su propuesta.

6. Día 31 de octubre de 2023 la instructora emite un informe de concesión de las ayudas.

7. Día 24 de noviembre de 2023 el interventor fiscaliza favorablemente la concesión de las ayudas.

Fundamentos de derecho

1. Bases y convocatoria que rigen la concesión de ayudas de minimis del Consejo Insular de Menorca para las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca 2023 (BOIB núm. 133 de 28 de septiembre de 2023).

2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. Reglamento de la Ley general de subvenciones (Real Decreto 887/2006, de 21 de julio).

4. Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.

5. Decreto 52/2013, de 29 de noviembre, mediante el cual se regulan las agrupaciones de defensa vegetal en el ámbito de las Islas Baleares y se crea el Registro Oficial de Agrupaciones de Defensa Vegetal de las Islas Baleares.

6. Reglamento UE núm. 1408/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola (Diario Oficial de la Unión Europea núm. L352, de 24 de diciembre de 2013), modificado por el Reglamento núm. 2019/316 de la Comisión de 21 de febrero de 2019.

7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

8. Ley 4/2022, de 4 de junio, de consejos insulares.

Como titular del Departamento de Economía y Servicios Generales, en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares, en relación con el Decreto de presidencia núm. 227/2023 de 17 de noviembre, de extinción de un departamento y reestructuración del resto de departamentos (BOIB núm. 158 de 21 de noviembre de 2023).

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

Primero. Conceder las ayudas de minimis siguientes, como beneficiarios directos, a las agrupaciones de defensa vegetal de Menorca, con el fin de prevenir y luchar contra los agentes nocivos de los vegetales mediante la utilización racional de técnicas de aplicación, productos y medios fitosanitarios, con cargo a la partida 5.41200.4890002 del presupuesto del Consejo Insular de Menorca para el año 2023:

 

Puntuación Propuesta

Propuesta de Subvención

Importe en función de baremación

(Base 10.4)

Propuesta de concesión

ADV-Fruta Menorca

G07609183

35

25.000 €

25.000 €

ADV-Hortigrup

G07522188

39

25.000 €

25.000 €

Cuantía total

50.000 €

50.000 €

Las explotaciones que se relacionan a continuación, y están integradas en las ADV, como beneficiarias finales de esta ayuda de minimis y en virtud de su naturaleza específica, están sometidas al Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea de las ayudas de minimis en el sector agrícola (modificado por el Reglamento núm. 2019/316 de la Comisión, de 21 de febrero de 2019), lo cual implica, entre otras cosas, que el beneficiario final de la ayuda no puede recibir, en los tres últimos ejercicios fiscales (el año de la publicación de la convocatoria y los dos inmediatamente anteriores), ayudas públicas o de entes privados financiados a cargo de presupuesto públicos en concepto de minimis en la producción primaria de productos agrícolas por un importe superior a 20.000€.

SOCIOS ADV - FRUTA MENORCA 2023

El importe unitario repercutido según la cuota mensual pagada por cada asociado al ADV Fruta Menorca se de 1.785,71 €.

TITULAR

NIF

Cuota (30 €/mes)

Importe de la ayuda

1

Juan Fortuny Melià

***0131**

1

1.785,71 €

2

Diego Javier Mascaró Pons

***0499**

1

1.785,71 €

3

Ismael Mascaró Pons

***0667**

1

1.785,71 €

4

Jesús Mascaró Jordi

***9164**

1

1.785,71 €

5

Lorenzo Caules Ameller

***9855**

1

1.785,71 €

6

Gustavo Blanco Cubillas

***8421**

1

1.785,71 €

7

Juan Luis Pons Jover

***9389**

1

1.785,71 €

8

Nicolas Enrich Mascaró

***9272**

1

1.785,71 €

9

Hort De Son Tremol SRM

J07708522

1

1.785,71 €

10

SMART LOCAL ENTERPRISE SL

B87214110

1

1.785,71 €

11

BIO BARRANC SL

B82285727

2

3.571,43 €

12

Celler Solano De Menorca SL

B57437642

1

1.785,71 €

13

Caminos Baleares SL

B 82460502

1

1.785,71 €

 

TOTAL

14

25.000,00 €

SOCIOS ADV - HORTIGRUP 2023

El importe unitario repercutido según la cuota mensual pagada por cada asociado al ADV Hortigrup se de 751,88 €.

 

TITULAR

NIF

CUOTA (25€/mes)

IMPORTE DE LA AYUDA

1

Isaac Bosch Llorens

***4318**

2

1.503,76 €

2

David Vinent Pons

***0546**

4

3.007,52 €

3

Francisco Pons Vinent

***0043**

2

1.503,76 €

4

Fruites Andreu, S.C.

J07932452

2

1.503,76 €

5

Fontanille Santa Ponsa S.L.

B57991127

2

1.503,76 €

6

José Borràs Carreras

***9804**

2

1.503,76 €

7

Juan Manuel Reynés Carreras

***0306**

1

751,88 €

8

María Tudurí Síntes

***9755**

1

751,88 €

9

S'Hort de baix Orgànic, SC

J16627713

1

751,88 €

10

Santo Domingo S.C.

J57780264

2

1.503,76 €

11

Verduras Hnos Sintes, S.C.

J57340218

2

1.503,76 €

12

Menorca Fresc i Bo, S.L.

B57408320

4

3.007,52 €

13

Verdures Gener, S.R.M.

E07575327

4

3.007,52 €

14

Kula Kuku Enterprise, S.L.

B83898510

0,25

187,97 €

15

Patrick De La Chesnais

***1160**

2

1.503,76 €

16

Damián Ignacio Bosch Moll

***3961**

2

1.503,76 €

 

TOTAL

 

33,25

25.000,00 €

Segundo. Recordar a los beneficiarios que el punto 15.1 de las bases que rigen estas ayudas establece que el último día para justificar los gastos objeto de subvención es el 30 de noviembre de 2023. Tercero. Comunicar este acuerdo a la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación del Gobierno de las Islas Baleares para que surta los efectos oportunos.

Cuarto. Notificar estos acuerdos a los interesados en la parte que individualmente los corresponda.

Quinto. Remitir a la BDNS estos acuerdos en cumplimiento del arte. 20.8 de la LGS y publicarlos en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Contra este acuerdo - que no agota la vía administrativa - se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo en el plazo de un mes contador desde el día siguiente que se haya publicado, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El mencionado recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la resolución correspondiente, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podréis interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma.

 

Maó, en la fecha de la firma electrónica (28 de noviembre de 2023)

La consejera ejecutiva M. Antònia Taltavull Fernández (DP 92, de 10.7.2023)   (BOIB núm. 95 d'11.7.2023)

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