Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, del día 26/10/23, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 11/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplementos de créditos financiados con cargo al Fondo de Contingencia
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, del día 26/10/23, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 11/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplementos de créditos financiados con cargo al Fondo de Contingencia
Número de edicto 11468 - Página 59371
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, del día 26/10/23, por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 11/2023 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplementos de créditos financiados con cargo al Fondo de Contingencia
Número de edicto 11468 - Página 59371
Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de créditos núm. 11/2023, de suplementos de créditos financiados con cargo al Fondo de Contingencia, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento, a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Suplementos en aplicaciones de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos iniciales | Suplementos de Crédito | Créditos finales | |
Progr. | Económica |
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323 | 13100 | Retribuciones básicas | 110.231,36 | 1.773,20 | 112.004,56 |
323 | 13102 | Retribuc. Complementarias | 99.293,84 | 1.720,06 | 101.013,90 |
323 | 15100 | Gratificaciones | 14.000,00 | 5.000,00 | 19.000,00 |
323 | 16000 | Seguridad Social | 149.000,00 | 1.152,78 | 150.152,78 |
342 | 13100 | Retibuciones básicas | 47.601,54 | 2.000,70 | 49.602,24 |
342 | 13102 | Retibuc. Complementarias | 48.473,91 | 2.398,44 | 50.872,35 |
342 | 15100 | Gratificaciones | 6.000,00 | 2.000,00 | 8.000,00 |
342 | 16000 | Seguridad Social | 140.000,00 | 1.451,72 | 141.451,72 |
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| TOTAL |
| 17.496,90 |
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Esta modificación se financia con cargo al Fondo de Contingencia, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en concepto de gastos
Aplicación | Descripción | Créditos disponibles | Bajas o anulaciones | Créditos finales | |
Progr. | Econòmica |
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929 | 500 | Fondo de contingencia | 30.041,70 € | 17.496,90 | 12.544,80 |
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| TOTAL |
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Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Documento firmado electrónicamente (27 de noviembre de 2023)
El alcalde Vicent Roig Tur